Réplica a análisis de la sección Defensoría de Audiencias

5 mayo, 2023

Esta es una réplica al análisis que presentó Gerardo Albarrán en nuestra sección Defensoría de Audiencias el pasado 19 de abril de 2023 respecto a una controversia derivada de la publicación de una columna en Pie de Página

Por: Juan Pablo Pardo-Guerra

Agradezco el trabajo detallado de Gerardo Albarrán de Alba que, en su reciente análisis, abordó las quejas presentadas por lectores de Pié de Página sobre el aparente uso indebido de citas por parte de uno de los columnistas de esta publicación. Las conclusiones que Albarrán nos ofrece son claras: a su juicio, el columnista de Pie de Página no cometió ni delito ni falta ética al haber usado, sin autorización explícita, comunicaciones privadas que tuvo con el periodista David Agren, excolaborador del periódico británico The Guardian.

Las conclusiones de Albarrán son producto de un análisis deontológico. ¿Qué significa esto? La deontología es una teoría normativa que explica el valor ético de las acciones con base en las responsabilidades y deberes morales que prevalecen en un ámbito específico. Un análisis deontológico parte de primero entender cuáles son estas responsabilidades morales para después evaluar acciones con respecto a estos estándares. Los imperativos categóricos Kantianos son un ejemplo de estos estándares morales.

¿Cómo es relevante la deontología para entender las acciones del columnista de Pie de Página? En el análisis de Albarrán, la traición a la confidencialidad de fuentes por parte del columnista no existe pues Agren “no aclaró que estaba compartiendo información off the record”. Dado que esto era un diálogo entre periodistas, nota Albarrán, la expectativa de privacidad tiene un menor alcance que entre el público general. Como escribe, “entre gitanos no nos leemos la mano”. Entre gitanos no hay imperativos. No hay regla que se rompió.

Encontramos aquí un problema en la justificación del comportamiento del columnista de Pie de Página: un análisis deontológico no pone en contexto las acciones reportadas. Una aproximación desde la ética aplicada, que toma en consideración las múltiples facetas de los agentes morales en sus campos de acción, arroja conclusiones muy distintas.

Específicamente, el argumento de Albarrán se basa en asumir que existen un conjunto de reglas claras y compartidas que definieron los límites éticos de la conversación entre Agren y el colaborador de Pie de Página. Los dos son periodistas, escribe Albarrán. Los dos son gitanos.

Sin embargo, uno de estos gitanos es también un académico. Bajo esa otra identidad, está sujeto a otro conjunto de normas y expectativas sobre el uso y atribución de materiales y que, en el caso de su columna, fueron violadas. En su identidad académica, el colaborador de Pie de Página suscribe necesariamente a tres principios éticos de investigación: consentimiento informado, beneficio social sin riesgo a los participantes de una investigación, y confidencialidad. Estos tres principios no son meramente sugerencias sino obligaciones contractuales de los empleados de muchas universidades. Son reglas que, en el caso de la columna, fueron claramente quebradas.  

Claro está, existe un posible argumento de que el trabajo periodístico del colaborador de Pie de Página y su trabajo académico están absolutamente divorciados. La evidencia indica lo contrario. Todas las columnas escritas por el colaborador incluyen su afiliación institucional y, en muchos casos, forman parte del proyecto de investigación que mantiene en su universidad británica. No existe evidencia de una separación práctica entre el trabajo periodístico que el columnista hace para Pie de Página y su trabajo académico.

Esto nos lleva a conclusiones muy distintas a las alcanzadas por Albarrán. Cualquier investigación, sea o no revisada por pares, sea o no publicada en una revista científica, debe respetar estas normas esenciales y básicas de privacidad. Careciendo de claridad sobre sus papeles, una perspectiva de ética aplicada sugiere que al ignorar una norma básica de la investigación académica (es decir, la obligación de minimizar riesgos y obtener consentimiento informado) el columnista atentó contra los derechos de privacidad de Agren. El uso de los textos de Agren resulta particularmente preocupante pues era, de hecho, innecesario: el argumento habría sido indistinguible si Agren hubiera sido anonimizado o referenciado en lo general como “un excolaborador de The Guardian”. Una transgresión ética evitable, aún en un marco deontológico, es simplemente inaceptable. Una reflexión básica habría revelado esta posibilidad. Desafortunadamente, tal reflexión no fue parte del proceso creativo del columnista de Pie de Página.

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