20 mayo, 2022
Luego de tres años de estar en las manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esta resolución implica un gran paso para la Ley Migratoria en el país; ya que sienta un precedente en la libre circulación y la seguridad de las personas mexicanas y migrantes.
Texto: Aletse Torres Flores / ZonaDocs
Foto: Mario Marlo
JALISCO.- Autoridades mexicanas no podrán realizar revisiones migratorias en carretera, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo declaró inconstitucional. Asimismo reiteró el respaldo a los derechos de las personas al tránsito y residencia libre, como el derecho a la no discriminación.
En la sentencia, los ministros reconocen que estas “revisiones” en carreteras, autobuses; o incluso en aeropuertos para vuelos domésticos; son lesivos a los derechos de las personas; sea cual sea su nacionalidad. El motivo: se basaban en la apariencia de las personas para determinar si cuentan o no con nacionalidad mexicana.
Este 18 de mayo de 2020 la Corte aprobó el proyecto de sentencia del Amparo en Revisión 275/2019; lo cual marca un precedente muy importante sobre la discriminación a la población mexicana y migrante por parte de agentes del Instituto Nacional de Migración (INM). Estos actos son recurrentes durante las revisiones migratorias en carretera.
Esta resolución, asegura el Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI), fue el resultado de 10 años de documentación; siete años de litigio; seis diferentes proyectos de sentencia; y tres años de trabajo en la Primera Sala de la SCJN.
Las revisiones en carretera se llevaron a la SCJN en el 2019 para ejemplificar el nivel de discriminación y racismo institucionalizado que sufrían; un ejemplo de ello ocurrió en Querétaro en 2015. En ese entonces, agentes migratorios detuvieron a dos mujeres y un hombre pertenecientes a la comunidad indígena de tzeltales de Chiapas. La razón: “no parecían mexicanos”.
Este fue un ejemplo de cómo la discriminación y el racismo juegan un papel importante en las decisiones de las autoridades migratorias; con lo que se fomentan las violencias hacia la población migrante que reside en México.
“Es un tema estructural o un tema de fondo y es muy molesto como la propia comision pone a sus agentes a violar la propia constitución de México y no obtienen una sanción por violar la ley, al contrario, se benefician”, expuso Gretchen Kunher, directora del Insituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI), en entrevista con ZonaDocs.
Sin embargo, estas prácticas ya no se permitirán en ninguna parte del país. Con la resolución del proyecto, las autoridades decidieron “apoyar” a todas las personas en movilidad alrededor de México; quienes habían sufrido violaciones a derechos humanos desde hace años.
Después de un largo camino de procesos administrativos y jurisdiccionales ante diferentes instancias … Creemos que esta resolución sienta un importante precedente positivo para garantizar el derecho al libre tránsito de las personas por el país, migrantes o mexicanas, y desterrar las prácticas de detenciones por ”apariencia de las personas”, constantes desde hace años, así como la permanente violación a la Constitución mexicana ante estas prácticas” declaró IMUMI.
Luego de esta resolución – y previos trámites de ley – se tendría que dar aviso al Poder Legislativo a efecto de realizar las modificaciones necesarias para que las revisiones migratorias salgan de la Ley de Migración.
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Este trabajo fue realizado por ZONA DOCS, que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes consultar el original
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