Riesgo para todos, con protección sólo para algunos

9 julio, 2020

Cada día más trabajadores están expuestos a covid-19 ¿Cuántas personas en México están protegidas con servicios de salud frente el riesgo de contraer la enfermedad?

Twitter: @vgarciadeleon

Debido a la pandemia, salir a la calle es una actividad que conlleva un riesgo en sí misma, y con ello, todas las actividades que impliquen estar en contacto con otras personas, desde el trabajo mismo. 

¿Pero cuántas personas en México están protegidas con servicios de salud frente el riesgo de contraer la enfermedad?

La información en ese tema no es positiva: solo 10% de la población tiene un seguro de salud privado, y 72 millones de personas no cuentan con seguridad social, entre ella 31 millones de trabajadores que están en la economía informal y que por lo tanto no tienen acceso a servicios de salud públicos ni sus familias.

Peor aún, en este contexto de crisis de salud y económica, entre febrero y mayo un millón de trabajadores se han quedado sin seguridad social, ya sea porque sus jefes dejaron de pagar sus cuotas o bien porque fueron despedidos.

Con eso en mente, preocupa saber que desde el 1 de junio más y más personas están expuestas al riesgo de contraer el nuevo coronavirus al incorporarse a sus actividades laborales cotidianas.

Según cifras del IMSS, unos 2.5 millones de personas se reactivaron después de ese día, por trabajar en actividades no esenciales que podían dejar el confinamiento. Ellos se sumaron a los 10 millones que nunca dejaron de trabajar por estar en alguna actividad esencial. 

A ello se agrega quienes, dependiendo de la entidad en la que estén y el color del semáforo que ésta tenga, han retomado sus ocupaciones. En la Ciudad de México, con el semáforo en color naranja, 350 mil personas más han salido a trabajar a partir del 1 de julio según información del gobierno capitalino.

Pues bien, los 20 millones de trabajadores que cotizan en el Seguro Social, y que se han incorporado a la tan llamada nueva normalidad es importante que sepan si sus patrones están al día en el pago de sus cuotas de seguridad social, lo cual puede investigarse ante el IMSS con el número de seguridad social. 

Otra información relevante a saber es que bajo ciertos criterios, la covid-19 puede considerarse una enfermedad de trabajo, aunque no sea un padecimiento intrínseco a su actividad como lo sería para el personal de salud.

Paréntesis, quienes no están afiliados al IMSS pueden hacerlo de manera voluntaria para acceder a sus servicios de salud, consultas, medicinas, servicios quirúrgicos, pero deberán pagar una cuota anual que puede ir desde los 4 mil 500 pesos anuales, para quienes tienen menos de 19 años, hasta los 12 mil pesos para quienes tienen más de 80. No es cualquier cosa pero sí es algo a considerar, si no se tiene otro tipo de seguro de salud y si se está demasiado expuesto al contagio. 

¿Cuándo es enfermedad de trabajo?

Es buena noticia que sin ser per se una enfermedad laboral, como lo es  para los trabajadores de la salud, la covid-19 pueda acreditarse como tal. Esto sucedió a partir de una circular que el IMSS emitió el 3 de abril. 

“Puede volverse de trabajo cuando esta se produce o adquiere en razón del trabajo, que el daño se dé por la actividad que realices”, según la abogada laboral, doctora en Derecho y experta en Seguridad Social, Gloria Arellano. 

La diferencia entre enfermarse y obtener una incapacidad tradicional o por riesgo de trabajo es el monto de la indemnización: si es una enfermedad general es de 60% del salario base, y si se acredita como de trabajo, ésta es del 100% del salario, y la incapacidad puede extenderse hasta por un año.Igualmente, los familiares de quien fallece por covid-19 como enfermedad laboral recibirán una pensión mayor.

Entre los criterios que el Seguro Social toma a consideración están demostrar que el trabajador estuvo expuesto en ejercicio o con motivo de su trabajo a alguna persona con coronavirus.

Arellano no descarta que pueda tomarse como exposición el tener que salir y trasladarse para asistir al trabajo, y estar en contacto con otros. 

Otro criterio es el de latencia, debe haber de uno a 14 días entre la exposición laboral y el inicio del cuadro clínico en el trabajador. Si el regreso al trabajo fue el 1 de junio, y el trabajador se enfermó ese mismo día, no cumpliría ese criterio. 

Para las empresas, a partir de las frecuencia,  el número de casos de enfermedad laboral, y la gravedad de estos —si hubo fallecimientos por ese motivo o no— incrementará su riesgo de trabajo ante el IMSS o no. No es cosa menor, a partir de éste serán las cuotas que deba pagar como patrón. 

Pero más allá de los criterios del IMSS, hay algo claro, contraer covid-19 es un riesgo al que todos estamos expuestos pero no protegidos.

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De marzo a la fecha se han registrado 419 mil 746 incapacidades por sospecha o confirmación de covid-19.

En el siguiente cuadro se muestra el detalle por mes, con incapacidades y permisos especiales por contingencia covid-19 por separado.

Certificados de Incapacidad por Sospecha o Confirmación de covid-19:

Mes (2020)IncapacidadesPermiso covid-19Total
Marzo7,34512908635
Abril46,2165,76151,977
Mayo91,2738,63399,906
Junio19,182216,33120,8153
Julio45,7045,37151,075
Total 202027,267137,386419,746
Fuente: Datamart de Subsidios y Ayudas, consultado al 8 de julio de 2020.
Nota: Incluye trabajadores IMSS.

Periodista independiente. Se especializó en temas económicos con la convicción de que el periodismo puede cerrar la brecha que existe hacia ellos, para entenderlos e, incluso, disfrutarlos. Ha sido editora y reportera en Expansión, Fortune México y conductora en RompevientoTV. Ayudó a fundar la red de Periodistas de a Pie.