19 agosto, 2024
El Poder Judicial da por válida la consulta indígena que avaló la planta de amoniaco de la empresa Gas y Petroquímica de Occidente, la cual se hizo con pueblos originarios que no se verían afectados en caso de un desastre
Texto: Marcos Vizcarra / Revista Espejo
Foto: Luis Brito
SINALOA. – El Poder Judicial de la Federación ha dado el favor a la empresa Gas y Petroquímica de Occidente (GPO), para que esta inicie la construcción de una planta de amoniaco en la bahía de Ohuira, Topolobampo, al norte de Sinaloa.
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“En consecuencia, al resultar infundados los conceptos de violación en estudio, y no advertirse queja en su deficiencia que deba suplirse de oficio, en términos del artículo 79, fracción IV, inciso b), de la Ley de Amparo, lo procedente es negar la protección constitucional solicitada por los quejosos en su carácter de miembros de la comunidad indígena Mayo-Yoreme, con asiento en el campo pesquero Lázaro Cárdenas, Ahome, Sinaloa”, señaló José Francisco Pérez Mier, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa.
El pueblo Mayo-Yoreme de Lázaro Cárdenas solicitó que se revisara la consulta indígena que se llevó a cabo en XXXX de XXXX, la cual se extendió a 15 comunidades. En la demanda se afirmó que dicha consulta se hizo con “vicios que no fueron atendidos por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental al emitir la autorización de impacto y riesgo ambiental.
Sin embargo, el juez desestimó la queja, confirmando el resultado de la consulta, la cual tuvo cuatro pueblos en contra: Lázaro Cárdenas, Ohuira, Paredones y Juan José Ríos. Entre todos los pueblos Mayo-Yoreme consultados, esos cuatro, más Cerro Cabezón, son los únicos que se encuentran alrededor de la bahía de Ohuira.
El juzgado afirmó que la consulta fue realizada de manera correcta, bajo un método acompañado por distintas dependencias, entre ellas la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Gobernación, Marina, el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, la Comisión Nacional del Agua, así como también el gobierno municipal de Ahome.
En la demanda que promovió el pueblo de Lázaro Cárdenas se cuestionó el impacto en el medio ambiente, sobre todo por posibles riesgos de contaminación.
Sin embargo, para dar trámite a los cuestionamientos, el juzgado contrató a dos peritos, cuyos nombres fueron testados en la versión pública de la sentencia, los cuales concluyeron que construir una planta para producción de amoniaco no generará un daño al medio ambiente, no violará lo establecido en la Convención sobre los Humedales (Sitios Ramsar) y tampoco pone en riesgo a los pueblos alrededor de la planta.
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“En su primer concepto de violación, los quejosos argumentan que no debió hacerse autorizado dicho proyecto, puesto que los cilindros de reserva de producción de amoniaco se encuentran ubicados dentro del polígono del humedal Ramsar, violándose con ello los artículos 35, fracción III, inciso a) de la Ley General de Equilibrio Ecológico y 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre, pues al autorizar el proyecto se permitió la degradación y perdida del humedal”, se lee en el juicio.
“(…) este perito considera que tanto el Convenio sobre la Diversidad Biológica como la Convención de Ramsar no son un obstáculo o impedimento para la construcción y operación del proyecto ‘planta de amoniaco 2200 TMDP en Topolobampo, Sinaloa”.
El pueblo de Lázaro Cárdenas ha sido uno de los principales opositores a la planta, con la que se pretende producir 2 mil 200 toneladas diarias de amoniaco. Dicha producción serviría en un 80 por ciento para la exportación, de acuerdo con datos otorgados por la empresa GPO.
Los pueblos Lázaro Cárdenas, Ohuira y Paredones han señalado tener miedo por un posible colapso de la planta, así como el desgaste de la bahía, de la cual subsisten más de 500 familias con la pesca de especies como jaiba, lisa, mojarra, róbalo y camarón.
Los peritos aseguraron al juez que la bahía ya tiene un alto grado de deterioro ambiental, el cual se debe a las descargas de aguas negras que canalizó el Ayuntamiento de Ahome y por las aguas contaminadas por agroquímicos.
“Se obtiene que la bahía de Ohuira ya observa un alto grado de deterioro ambiental por las descargas de aguas negras y restos de fertilizantes e insecticidas que desembocan por drenes a la bahía, refiriéndose que con las medidas de prevención, remediación y mitigación propuestas propuestas se evitará que la Bahía siga siendo afectada de manera irremediable por las descargas de aguas negras y por los restos de fertilizantes e insecticidas que, diariamente, desembocan a través de los canales de drenaje y los drenes de cultivo, y cuyos problemas ecológicos no los provocará la construcción de la obra autorizada ni su futuro funcionamiento, sino el sistema hidráulico”, se indicó por uno de los peritos.
El juez aseguró en la sentencia haber analizado cada uno de los puntos que se demandaron y que se respondieron todas las interrogantes planteadas por el pueblo de Lázaro Cárdenas.
También leyó los planteamientos de la empresa GPO sobre un plan de mitigación, como se estableció en la Manifestación de Impacto Ambiental que promovió ante la Semarnat. Su conclusión es que la empresa es segura.
“La Planta de producción de amoniaco en Topolobampo, Sinaloa, se considera una empresa de Riesgo por la cantidad de almacenamiento de amoniaco anhidro, sin embargo, debido a todos los sistemas y dispositivos de seguridad y a los programas de capacitación y simulacros, se puede calificar como una EMPRESA SEGURA”, afirmó el juez en la sentencia.
Además, el juez Pérez Mier tomó en consideración un dato más, relacionado con la producción de amoniaco y la capacidad de producción agroalimentaria en el país. Su argumento fue que con dicha planta se logrará tener insumos para fertilizantes a un costo menor al actual, por lo tanto se permitiría ampliar la siembra de alimentos con mayores ganancias.
“Se estima que la construcción y operación de la Planta de Amoniaco debe considerarse como un proyecto prioritario para alcanzar la soberanía alimentaria”, aseguró el juez.
Claudia Susana Quintero, mujer Mayo-Yoreme que ha encabezado la lucha en el pueblo de Ohuira, dijo lamentar la decisión del juzgado, pero que este, a su vez, permitía avanzar en otros niveles jurídicos.
“Lo que sigue ahora es acudir ante la Corte Interamericana, mientras también se resuelven otras tres demandas que se promovieron”, dijo en entrevista telefónica.
Los otros tres procesos legales son el amparo en revisión 251/2014, una inconformidad con número 14/2023 y la denuncia PFPA/31.7/2C ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
A esos procesos legales se sumará una demanda contra el Estado Mexicano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en contra de la sentencia del Juzgado Séptimo en Sinaloa que resolvió el juez José Francisco Pérez Mier sobre el amparo 561/2023.
Quintero mencionó que el trabajo jurídico ha sido acompañado por asesores jurídicos fuera de Sinaloa, debido a que el abogado que ha acompañado a los pueblos Mayo-Yoreme contra la planta de amoniaco ha recibido amenazas.
“Estamos desde el año pasado sin el acompañamiento de abogado en los Mochis por amenazas del crimen organizado con los funcionarios involucrados en el municipio”, afirmó Quintero.
Esta nota fue publicada originalmente en REVISTA ESPEJO, que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes ver la publicación original.
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