Ríos y cenotes deben ser sujetos de derecho

19 junio, 2023

Todos deberíamos poder defender el territorio que habitamos, para que nuestras hijas e hijos hereden un planeta habitable y no el infierno que vamos camino de dejarles. Los Estados del mundo deberían reconocer al planeta como persona jurídica con urgencia y sin titubeos, para que todos podamos defenderlo y que todos estén obligados a respetarlo

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Así, en abstracto, todo mundo coincide con que hay que defender el medio ambiente. Las discrepancias surgen cuando se aterriza en casos concretos. ¿Quién tiene derecho a defenderlo? ¿Cuánto hay que defender, y cuándo, con qué costos? Está a debate, por ejemplo, si los únicos que pueden acudir al poder judicial para defender un paraje o un entorno marino son quienes viven cerca de ellos, o si, por el contrario, todos podemos actuar en su defensa. Hay una salida a esta discusión que es muy clara y, de hecho, importantísima para otro largo listado de problemas: hay que reconocer al planeta en sus distintos componentes como sujeto de derecho en sí mismo.

Esto es algo por lo que, como informaba en Pie de Página mi compañero Alejandro Ruiz, ha luchado desde hace ya varios años la comunidad maya de Homún, de Yucatán, aunque limitándose a dar personalidad jurídica a los cenotes de la región. Si triunfaran se sumarían a la creciente lista de países que han avanzado en esa dirección. Ahí está Nueva Zelanda, por ejemplo, donde el río Whanganui ha sido reconocido como persona jurídica con derechos propios por el Estado, en el marco de las negociaciones con los maorís.

Ambos casos, sin embargo, están limitados por el hecho de que se reconocen derechos a un elemento natural en función de la relación de un grupo en particular con él —en el caso de los cenotes se trata del pueblo maya; en el del río Whanganui se trata de los maorís— y no por sí mismo. Esto limita las posibilidades de todos los que no pertenecemos a un pueblo originario de establecer una nueva relación con los lugares que habitamos y de protegerlos a cabalidad. Lo mismo pasa, por ejemplo, con la defensa del territorio: son los pueblos indígenas quienes pueden exigir una consulta sobre lo que se hará en sus tierras, pero las comunidades mestizas o recién llegadas lo tienen mucho más difícil.

¿Un grupo de ejidatarios llegados con la reforma agraria a una zona no tienen derecho de exigir que se respete su vocación y la relación que han construido con la tierra? ¿Ellos no pueden construir nuevos vínculos con ella? Esfuerzos como los de los mayas y los maorís deberían de ser la punta de lanza no solamente para otros pueblos originarios, sino para toda la humanidad. Todos deberíamos poder defender el territorio que habitamos, para que nuestras hijas e hijos hereden un planeta habitable y no el infierno que vamos camino de dejarles. Los Estados del mundo deberían reconocer al planeta como persona jurídica con urgencia y sin titubeos, para que todos podamos defenderlo y que todos estén obligados a respetarlo.

A esto, entre otras cosas, se refería el filósofo francés Bruno Latour cuando llamaba a “tomar partido por Gaia”, y respondía con inteligencia a quienes le acusaban de antropomorfismo que tenían razón, que por supuesto que su propuesta era antropomorfista: defendiendo a Gaia se daría una nueva forma al ser humano.

En este sentido apunta también la idea de tipificar el ecocidio en la Corte Penal Internacional y en los sistemas jurídicos de distintos países. Según la definición que ha propuesto un panel de expertos, el crimen sería la destrucción de hábitats naturales y recursos biológicos, la contaminación de agua, suelo y aire, la captura o caza de especies protegidas, u otros factores que causen desastres ambientales, cometidos con conocimiento del daño que harían.

La activista Ángela Guerrero, coordinadora general del Centro de Estudios y Acción por la Justicia Social, ha puesto sobre la mesa la muy relevante pregunta de si tipificar el delito no reproduciría la lógica punitivista con la que hasta ahora ha actuado el Estado —y que, como ella señala con razón, no ha llevado nunca a la reducción de la tasa de crímenes y delitos—. La importancia de la tipificación del ecocidio, sin embargo, no está tanto en la pena que se imponga, sino en llamar a las cosas por su nombre y en hacer de los atentados contra la naturaleza una falta legal en sí misma, no por el daño a las personas que pueda implicar.

En todo caso, es un debate que urge tener, y que debería tener una participación amplísima y democrática.

Consultor ambiental en el Centro de Especialistas y Gestión Ambiental.