Ratificación de mandato

8 agosto, 2021

Confiado en su popularidad, y en la apatía y poca capacidad de convocatoria de sus opositores, López Obrador no está promoviendo un auténtico proceso de revocación, sino una consulta de ratificación de mandato

Twitter: @chamanesco

La pregunta ya ha sido redactada, y podría aparecer ante la ciudadanía en marzo de 2022: “¿Está de acuerdo con que se concluya de manera anticipada el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de confianza?”.

Si más de 38 millones de personas participaran en esa consulta y más del 50 por ciento de ellas votara “Sí”, el presidente Andrés Manuel López Obrador tendría que separarse definitivamente del cargo.

La diputada o diputado que en ese momento presida la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados sería presidenta o presidente interino, y el Congreso tendría 30 días para constituirse en colegio electoral y elegir de entre sus miembros a la persona encargada de concluir el sexenio.

Así de grave es el proceso de Revocación de Mandato, del que el propio López Obrador empezó a hablar la semana pasada, apenas concluidos los cómputos oficiales de la Consulta Popular del pasado 1 de agosto.

López Obrador quiere que la ciudadanía le ratifique el mandato que le dio el 1 de julio de 2018 con 30.1 millones de votos, y para ello azuza a sus opositores, críticos y detractores.

“El bloque conservador tiene la oportunidad de reagruparse”, dijo en su conferencia mañanera del martes 3 de agosto, “el pueblo va a decidir si me quedo o me voy, en marzo; ahora tienen otra oportunidad”.

En busca de ese objetivo político –una nueva manera de mantener movilizados a sus simpatizantes–, Morena y sus legisladores han empezado a operar.

El primer paso lo ha dado el senador Ricardo Monreal, quien sigilosamente presentó, el jueves 29 de julio, una iniciativa de Ley Federal de Revocación de Mandato.

Se trata de un paso fundamental, pues sin esa ley quedaría en entredicho la posibilidad legal de llevar a cabo tal ejercicio, y colocaría al Instituto Nacional Electoral en el incómodo escenario de generar los lineamientos para regular el artículo 35 de la Constitución, que desde 2019 prevé la figura de Revocación de Mandato.

Desde junio de 2020, al Poder Legislativo se le venció el plazo para emitir la ley secundaria en la materia, pero Monreal busca remediar esa omisión, empujando que esta ley pueda aprobarse incluso en el mes de agosto, durante un periodo extraordinario de la agonizante 64 Legislatura.

El proyecto de Monreal, de 20 páginas, seis capítulos, 55 artículos y dos transitorios, establece plazos, atribuciones de cada institución involucrada, prohibiciones y procedimientos. Detalla, en realidad, algunas de las cláusulas ya contempladas en el artículo 35. 

De ser aprobado, dará certeza a un proceso que desde hoy se antoja complejo y polarizante.

Primero, para que haya Revocación de Mandato ésta tendría que ser solicitada al INE por un número de ciudadanas y ciudadanos equivalente al 3 por ciento de la Lista Nominal, que actualmente tiene 93.6 millones de electores.

Las firmas de esas aproximadamente 2.8 millones de personas deberán provenir de al menos 17 entidades federativas, y tendrán que entregarse al INE en el formato que éste decida: muy probablemente, a través de una App como la empleada en años pasados para el registro de candidaturas independientes o para la formación de nuevos partidos.

Segundo, la Constitución establece que la solicitud ciudadana de Revocación de Mandato solamente podrá formularse en una ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de gobierno; en este caso, a partir del 1 de diciembre de 2021 y hasta el 28 de febrero de 2022.

Sin embargo, los transitorios de la reforma constitucional, y de la iniciativa de Monreal, acortan los tiempos: la recolección de firmas tiene que ocurrir durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre de este año.

La solicitud debe entregarse al INE entre el 1 y 15 de diciembre, y el INE tiene que revisar las firmas y en su caso emitir la convocatoria entre el 15 de diciembre y el 4 de enero.

La Constitución dice que la jornada de votación se llevaría a cabo 60 días después de expedida la convocatoria; esto es, el 6 de marzo de 2022.

Sin embargo, en la iniciativa de Monreal se plantea que la jornada sea 90 días después de emitida la convocatoria, probablemente anticipando que ésta se emita alrededor del 20 de diciembre, lo que llevaría la jornada de Revocación de Mandato al domingo 20 de marzo, que es la fecha cabalística –y juarista– que López Obrador ha marcado en el calendario político de la 4T.

Tercero, para que la Revocación de Mandato pueda celebrarse con todas las garantías de legalidad, equidad, transparencia y certeza (principios constitucionales de la función electoral), el INE ha dicho que ésta debería organizarse como si se tratara de una elección federal.

Esto quiere decir que deben instalarse el mismo número de casillas (162 mil 570 el pasado 6 de junio), con funcionarios provenientes de un proceso de insaculación y capacitación (1.4 millones en la pasada elección), observadores ciudadanos y materiales diseñados e impresos con todas las medidas de seguridad.

Para todo ello, el INE estará solicitando a la Cámara de Diputados una partida adicional a su presupuesto ordinario de 2022, tal como se lo sugirió la Suprema Corte de Justicia de la Nación en una sentencia de junio de este año.

Al entrar en vigor la convocatoria de Revocación de Mandato, se aplicarían las reglas del modelo de comunicación política establecidas en la Constitución: se deberá suspender toda propaganda gubernamental, quedará prohibida la contratación de espacios en radio y TV para hacer campaña por el Sí o por el No, y el presidente deberá suspender toda referencia a ese proceso, tanto en sus mensajes como en sus conferencias mañaneras. 

El único órgano facultado para promover la participación de la ciudadanía en el ejercicio será el INE, entre enero y marzo de 2022.

La experiencia de los comicios del 6 de junio y la Consulta Popular del 1 de agosto hacen prever que todo esto provocará nuevas tensiones entre la autoridad electoral, el gobierno, Morena y los voceros –formales e informales– del oficialismo.

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No será la primera vez que AMLO promueva un ejercicio de este tipo para demostrarle a sus opositores que “el pueblo” está con él.

En diciembre de 2002, como jefe de Gobierno, hizo una consulta en la que 691 mil personas participaron (10 por ciento del padrón del entonces DF) y una abrumadora mayoría le “refrendó” la confianza.

Dos años después, en diciembre de 2004, repitió el ejercicio, y en esa ocasión participaron 556 mil personas (7 por ciento del padrón), con el mismo resultado.

López Obrador ha evocado recientemente aquellos ejercicios, como una muestra de que está dispuesto a sujetarse a la máxima de que “el pueblo pone y el pueblo quita”.

Confiado en su popularidad, y en la apatía y poca capacidad de convocatoria de sus opositores, el presidente no está promoviendo un auténtico proceso de revocación, sino una consulta de ratificación de mandato.

La diferencia es que hoy la Constitución –y muy pronto la ley– ya regulan esta figura de democracia directa, y ésta es mucho más compleja y costosa que una simple y simbólica encuesta telefónica.

Sus repercusiones, legales y políticas, podrían ser mucho más serias de lo que dejan ver las declaraciones mañaneras.

Periodista desde 1993. Estudió Comunicación en la UNAM y Periodismo en el Máster de El País. Trabajó en Reforma 25 años como reportero y editor de Enfoque y Revista R. Es maestro en la UNAM y la Ibero. Iba a fundar una banda de rock progresivo, pero el periodismo y la política se interpusieron en el camino. Analista político. Subdirector de información en el medio Animal Político.