¿Por qué el derecho a cuidar debería ser un derecho humano?

20 marzo, 2024

 Ipas LAC y el Centro de Derechos Reproductivos, solicitaron una audiencia pública a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que se reconozca el derecho a cuidar como un derecho humano fundamental y se revise su interelación con el derecho a la autonomía reproductiva de las mujeres y las personas con capacidad de gestar

Texto: Ana Paula Carbonell Díaz / Zona Docs

Fotos: Zona Docs

JALISCO. – En América Latina, según datos de Ipas LAC, las mujeres pasan alrededor del 20% de su día en tareas relacionadas con el cuidado (en la gran mayoría de los casos de forma no remunerada), mientras que, los hombres, sólo un 7%. La carga desproporcionada del cuidado en las mujeres afecta de forma negativa la manera en la que pueden ejercer el resto de sus derechos humanos.

Mientras la carga del cuidado continúe siendo una labor no reconocida, sin marcos legales que garanticen que sea repartida de forma equitativa, las mujeres continuarán teniendo obstáculos para adentrarse en el mercado laboral formal. Esto significa que la brecha salarial de género seguirá creciendo, al tiempo que las mujeres permanecerán lejos de ocupar espacios de toma de decisiones, advirtieron Ipas LAC y el Centro de Derechos Reproductivos en su comunicado. 

¿Qué es cuidar?

Según Ipas LAC, se considera como cuidados aquellas tareas necesarias para sostener la vida productiva y reproductiva de todas las personas. Esto incluye el autocuidado, el cuidado a terceros (infancias, personas con discapacidad, personas de la tercera edad), el cuidado directo (por ejemplo, ayudar a alguien a trasladarse) y cuidado indirecto (se refiere a las tareas intrínsecas en la rutina de alguien, como cocinar, limpiar, etc). 

El derecho a cuidar se entiende como el derecho a cuidar, ser cuidadx y autocuidado, se vincula con sus derechos a la vida digna, a la autonomía y a la salud, incluida la autonomía y salud reproductiva, entre otros. Esta definición también incluye los siguientes las siguientes consideraciones :

  • Derecho de cuidar de otrxs y autonomía reproductiva: reconocimiento de la persona que cuida a otra, el acceso a la información y a los servicios de salud reproductiva y el derecho a la autonomía corporal.
  • Derecho a cuidar en igualdad: que se desarrollen iniciativas desde la interseccionalidad que contemplen la complejidad del tejido social.
  • Derecho a ser cuidadx:  las infancias y adolescencias deben tener derecho a un cuidado de calidad con los recursos necesarios para llevarlo a cabo.
  • Derecho al autocuidado y autonomía reproductiva: el autocuidado definido como las capacidades de las personas, las familias y las comunidades de promover y mantener la buena salud, prevenir, controlar y enfrentar enfermedades; rehabilitarse; y abordar discapacidades con o sin la intervención de profesionales o instituciones de salud. Incluye el derecho a llevar a cabo un aborto seguro si es necesario.

Los cuidados y la autonomía reproductiva llegan a la Corte Interamericana

Reconociendo lo anterior,  Ipas Latinoamérica y el Centro de Derechos Reproductivossolicitaron una audiencia pública a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que se reconozca el derecho a cuidar como un derecho humano fundamental y su interelación con el derecho a la autonomía reproductiva de las mujeres y las personas con capacidad de gestar. 

Esta solicitud se centra en evidenciar la importancia de garantizar el acceso universal a los derechos y servicios de salud reproductiva, entre ellos, el aborto seguro y legal. 

La propuesta considera el cuidado como un servicio necesario para el bien comunitario y para la vida reproductiva. Esto significa que las personas deben tener los recursos para tomar la decisión sobre gestar, o no, y los cuidados que conlleva la maternidad, sin que interrumpa su desarrollo personal.

“Cada año, ocurren 33 millones de embarazos no deseados en el mundo. Cada uno de estos embarazos, es una maternidad impuesta que afecta, entre otros derechos, el derecho a cuidar de las mujeres y personas con capacidad de gestar y el derecho de las infancias a ser cuidadas” señaló Fernanda Díaz de León, subdirectora de Ipas LAC. 

En ese sentido, la petición considera la necesidad de garantizar el acceso a recursos económicos que permitan a las personas elegir libremente cuándo y cómo gestar, además de que si deciden llevar los servicios de cuidado de otra persona, sea de manera digna y acompañada. Para ello, señalaron las organizaciones el Estado debe proveer información y un sistema de salud también digno e ideal.

De esta manera, en el marco del 165° Periodo Ordinario de Sesiones en San José, Costa Rica, las organizaciones plantearon las siguientes demandas:

  • El reconocimiento del derecho a cuidar como un derecho humano ligado con la autonomía reproductiva.
  • La implementación y sanción de políticas de cuidado desde una perspectiva de derechos, interseccionalidad e interculturalidad.
  • La legalización del aborto.
  • Remover las barreras para el acceso a un aborto seguro.
  • La implementación de servicios para niñas y mujeres con discapacidad intelectual o psicosocial para que puedan tomar una decisión informada sobre el aborto.
  • Aprobar la mifepristona y el misoprostol como medicamentos de uso obstétrico y ginecológico, para facilitar e laborto autogestionado, junto con guías de información para su manejo.

“La Corte Interamericana tiene una oportunidad única para consagrar el derecho al cuidado como un derecho humano autónomo, destacando su íntima conexión con la autonomía reproductiva. Necesitamos ejercer el cuidado, en todas sus dimensiones, de forma libre y no coaccionada”, mencionó Carmen Cecilia Martínez, directora asociada de Estrategias Legales para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos.

En su comunicado las organizaciones plantearon diversas propuestas sobre cómo los Estados pueden comenzar a volver esto una realidad. Entre ellas se encuentran las licencias parentales pagadas, las transferencias de ingresos, los servicios e infraestructura adecuados y otras políticas que busquen reconocer, redistribuir y reducir la carga desproporcionada de cuidados en mujeres.

El derecho al cuidado emerge como un factor determinante para abordar las desigualdades de género y promover el bienestar integral de mujeres y niñas en todo el mundo, se menciona en el último párrafo de la solicitud. Debe ser intercultural, interseccional y con la comprensión de que, históricamente, ha sido un derecho que se ha dejado a un lado para que las mujeres lidien con las consecuencias y la carga por su cuenta.

Puedes consultar el documento de la solicitud de opinión consultiva que Ipas Latinoamérica y el Centro de Derechos Reproductivos hicieron a la corte en este enlace

Esta nota fue publicada originalmente en ZONA DOCS, que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes ver la publicación original.

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