28 febrero, 2024
Antonio Zaleta Jiménez, un taxista que fue señalado como presunto asesino de la periodista veracruzana María Elena Ferral, saldrá libre en las próximas horas de este miércoles tras ganar un amparo liso y llano
Texto: Miguel Ángel León Carmona
Foto: Yahir Ceballos
XALAPA, VERACRUZ. -Antonio Zaleta Jiménez, uno de los 11 presuntos implicados en el crimen de la periodista María Elena Ferral -acribillada el 30 de marzo de 2020- será liberado este miércoles 28 de febrero. Una jueza federal concedió un amparo liso y llano al imputado tras concluir que la Fiscalía General de Veracruz no recabó pruebas, si quiera mínimas, para mantenerlo vinculado a proceso.
La jueza decimoprimera de distrito en el estado de Veracruz, con sede en Poza Rica, Natividad Regina Martínez Ramírez, instruyó en la sentencia de amparo 43/2023 dejar insubsistente el auto de vinculación a proceso contra Antonio Zaleta Jiménez, un hombre de 30 años, de oficio taxista, a quien la autoridad ministerial no logró acreditar que participó como “halcón” en el asesinato de María Elena Ferral Hernández.
María Elena Ferral Hernández, corresponsal del Diario de Xalapa y dueña del portal Quinto Poder de Veracruz, fue interceptada por dos hombres en motocicleta la tarde del 30 de marzo de 2020, al salir de una notaría en el municipio de Papantla. Allí recibió tres impactos de bala (calibre 45) que perforaron su abdomen y le provocaron la muerte horas después en el hospital regional de Poza Rica.
Por este caso cuatro hombres ya fueron sentenciados con 30 años de prisión, dos están prófugos, incluido Camerino Basilio Picazo Pérez, un político y cacique considerado autor intelectual del crimen, y cinco más permanecen detenidos. Uno de ellos es Antonio Zaleta, quien tras ganar este amparo, abre la posibilidad de que más acusados también sean liberados. Esta sentencia pone en jaque a la administración del gobernador morenista, Cuitláhuac García Jiménez, quien se comprometió a hacer justicia por la periodista veracruzana.
En cuanto al proceso judicial contra Antonio Zaleta, la jueza de distrito, Natividad Regina Martínez, determinó que la Fiscalía de Investigaciones Ministeriales (FIM) aportó las declaraciones de dos testigos por referencia de terceros (también conocidos como testigos de oídas), en las cuales hablan de una probable mecánica para asesinar a Elena Ferral, pero no mencionan el nombre de Zaleta como partícipe.
Uno de los testigos aportados por la Fiscalía es hermano del aún imputado. La otra es una joven que atendía una pastelería, identificada como testigo 006, quien tras rendir su declaración y “colaborar con la autoridad” desapareció. A la fecha su familia la busca y teme que su desaparición se haya dado en un contexto de violencia.
Con la sentencia de amparo 43/2023, que es pública, la jueza federal Natividad Regina Martínez instruyó al juez de control de Veracruz, José Luis Mapel Martinez, citar a audiencia este miércoles 28 de febrero, a las 8 de la mañana, donde deberá dejar insubsistente el auto de vinculación a proceso contra Antonio Zaleta y convocar inmediatamente a una nueva audiencia inicial en la que todo es adverso para la Fiscalía.
En esta nueva audiencia no habrá espacio para que la Fiscalía ni la defensa del taxista intervengan y el juez local deberá emitir un nuevo auto de vinculación (o no vinculación) a proceso por el delito de homicidio doloso calificado. Sin embargo, se advierte en la sentencia de amparo, el juez José Luis Mapel Martinez deberá considerar que, con los datos de prueba que ya aportó la Fiscalía, “no se acredita la probable participación del quejoso en los hechos materia de imputación”.
Esto significa que Antonio Zaleta Jiménez no podrá ser vinculado a proceso en la segunda audiencia de este miércoles y deberá ser liberado inmediatamente del penal de mediana seguridad de Papantla, Veracruz, donde permanece detenido desde 2020.
De acuerdo con la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales, para que exista un auto de vinculación a proceso debe existir una probabilidad razonable de que la persona participó en un delito, lo que la fiscalía no pudo demostrar en el caso de María Elena Ferral.
La sentencia de amparo en favor Zaleta ya fue ratificada por unanimidad en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito. La Fiscalía de investigaciones ministeriales presentó un recurso de inconformidad ante dicha resolución, pero sus argumentos fueron desechados por tres magistrados: Antonio Soto Martínez, José Saturnino Suero Alva y Perla Ivette Gordillo López, secretaria en funciones de magistrada.
A lo largo del último año, La Silla Rota ha vigilado el juicio por el crimen de María Elena Ferral como parte de un proyecto del Fondo de Resiliencia, de la Organización Global Initiative against Transnational Organized Crime (G.I.).
Durante este proceso judicial, se cuestiona por qué la Fiscalía no investigó el caso con perspectiva de género, ni solicitó al juez en las cuatro sentencias conseguidas hasta ahora considerar la agravante por tratarse de un delito contra la libertad de expresión, pues la propia fiscal general del estado, Verónica Hernández Giadáns, aseguró el 7 de mayo de 2020 que María Elena fue asesinada “por su labor periodística”.
Aunado a ello, fue documentado en este tiempo que la responsable de coordinar todas las investigaciones de este caso es Marcela Aguilera Landeta (Fiscal de investigaciones ministeriales), quien tuvo una relación política estrecha con el presunto autor intelectual de este asesinato: Camerino Basilio Picazo Pérez.
Ambos fueron políticos emanados del sector campesino del Partido Revolucionario Institucional (PRI). El 16 de marzo de 2016, cuando Marcela Aguilera desempeñaba su último año como diputada local por el PRI acompañó a Basilio Picazo a inscribirse por la diputación de Papantla. Ambos fueron retratados en las instalaciones del PRI estatal, en Xalapa. Ella vestía una camisa roja y levantaba el pulgar en señal de victoria, mientras Basilio la sujetaba del hombro. A ese evento también asistió la esposa de Picazo, Dolores Gutiérrez.
Antonio Zaleta Jiménez, quien manejaba el taxi número 1263, fue detenido en mayo de 2020 en el municipio de Papantla, aunque en esa ocasión no como probable responsable del asesinato de Elena Ferral, sino por ultrajes a la autoridad, un delito que fue declarado inconstitucional en febrero de 2022 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y mediante el cual al menos mil 33 personas fueron privadas de la libertad, según lo reconoció el propio gobernador, Cuitláhuac García.
El 14 de mayo de 2021, tras casi un año encarcelado por el delito de ultrajes, Antonio Zaleta fue liberado. Sin embargo, al salir del penal de Papantla fue aprehendido, esta vez, por el delito de homicidio doloso calificado cometido en agravio de María Elena Ferral Hernández. En aquella ocasión la defensa del acusado promovió un primer amparo contra lo que fue también una primera vinculación a proceso por ese delito.
Zaleta se amparó contra la Fiscalía de Veracruz por haber presentado como dato de prueba en su contra una declaración que él ofreció en calidad de testigo y donde se auto incriminó sin haber sido asistido por un abogado. La defensa del acusado consiguió el amparo de la justicia federal y con ello que fuera repuesto su procedimiento.
En una segunda audiencia inicial del 12 de diciembre de 2022, el juez de control desechó la declaración en la que Zaleta se auto incriminó por concluir que carecía de valor probatorio, pero volvió a vincularlo a proceso tomando como sustento las declaraciones del hermano del imputado, Ángel “N”, y de una testigo protegida identificada como 006, actualmente desaparecida.
La defensa de Antonio Zaleta volvió a promover un amparo contra esa segunda vinculación a proceso al considerar que esas dos declaraciones de Ángel “N” y de testigo 006 sólo relataron una probable mecánica del crimen contra María Elena Ferral, obtenida por referencia de terceros, donde incluso mencionaron a algunos partícipes del hecho, sin que ninguno fuera identificado como Antonio Zaleta.
Ángel “N”, declaró que el día 30 de marzo del año 2020, alrededor de las tres de la tarde, que su hermano Antonio Zaleta Jiménez le contó, vía telefónica, que Luis Ángel “N”, alias “La Güicha”, le había pedido participar en ese “jale” -el asesinato de María Elena Ferral- y le pidió que si los podía andar trayendo en el carro para no llevar la moto a lo que él se negó.
Por su parte, la testigo 006 declaró haber conocido a Jaime “N”, alias El ingeniero, quien a la fecha también es prófugo de la justicia por el crimen de María Elena Ferral. La testigo dijo que mantuvo una relación sentimental con “El ingeniero” y que, la noche del 30 de marzo de 2020, le dijo haber participado en ese crimen para hacerle un favor a su amigo Neto, de nombre Alfredo Ernesto “N”, otro imputado por ese caso.
La joven relató una probable mecánica del asesinato y declaró haber escuchado de Jaime “N» que “sí participó (en el crimen), pero que lo hizo para hacerle un favor a su amigo Neto, Alfredo Ernesto “N”, y que el trabajo lo había hecho “Neto” porque ellos se encargaban de cuidar el lugar (donde asesinaron a Ferral) y que no se acercara ninguna patrulla, que esto lo hizo con Carlos “N”, Alfredo “N”, Nicasio “N” y El Flaco que se llama Luis “N” (La Güicha) que eran los que estaban cuidando el área. La testigo 006 no mencionó a Antonio Zaleta como partícipe de esa operación.
Para la jueza décimo primera de distrito en el estado de Veracruz, Natividad Regina Martínez Ramírez, estas dos declaraciones carecen de valor probatorio pues lo único que demuestran, en todo caso, es que Antonio Zaleta tuvo conocimiento de los hechos y se lo comentó a su hermano, mientras que la testigo 006 conoció la mecánica en la que estos hechos se desarrollaron, pero de ninguno se obtiene un señalamiento de participación del quejoso.
“Consecuentemente, de los datos referidos por el juez responsable no se desprenden indicios razonables para suponer la probable participación del imputado en el hecho”, se lee en la sentencia pública de amparo 43/2023.
La Fiscalía de Veracruz intentó revertir esta decisión de la autoridad federal ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito al exponer los siguientes argumentos:
1.-Si Antonio Zaleta pudo contarle a su hermano cómo ocurrieron los hechos es porque sí tuvo participación, además de que su versión coincide con la versión de testigo 006, lo que se traduce en una suposición y que el estándar probatorio para dictar un auto de vinculación a proceso debe ser mínimo, es decir, que se acredite un hecho con apariencia de delito y que el imputado lo cometió.
2.-Que Antonino Zaleta tuvo conocimiento respecto al crimen de María Elena Ferral antes de que la policía tuviera conocimiento del asesinato de la periodista
3.-Que, si bien, no existe un señalamiento en contra de Antonio Zaleta, la participación se puede acreditar con la prueba indiciaria o circunstancial.
Al respecto, tres magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal concluyeron por unanimidad que tales argumentos de la Fiscalía resultan inoperantes, pues no combaten de manera frontal las consideraciones torales en las que la jueza de distrito Natividad Regina Martínez Ramírez basó su decisión de conceder el amparo a Antonio Zaleta.
“La Fiscalía omitió controvertir de manera puntual la consideración de la jueza federal en torno a que la acreditación “suposición razonable” no implicaba arbitrariedad, precisamente porque el juez de control debía fundar su decisión (al vincular o no a proceso a Antonio Zaleta) en la lógica, las máximas de la experiencia y los conceptos científicos; tampoco controvirtió que el conocimiento que tenía Antonio Zaleta del desarrollo del evento delictivo (crimen de María Elena), no implicaba que tuviera participación en los hechos delictivos, pues incluso el testigo de identidad resguardada señaló a diversas personas sin mencionar participación alguna de Antonio Zaleta Jiménez”, concluyen los tres magistrados.
El próximo 23 de mayo de 2024, Ferral cumpliría 56 años. A lo largo de 32 años de carrera concentraba las mejores fuentes en todo el norte de Veracruz lo que lo hacía una pluma incómoda en esa región. La directora del Quinto Poder de Veracruz anhelaba comprar una casa junto al río Tecolutla; lejos del estrés, gritos y presiones que son propias de “un oficio para neurasténicos”, como solía decir el periodista mexicano, José Pagés Llergo.
La mujer huraña condenaba enérgicamente abusos contra sectores abandonados y exigía justicia en los asesinatos de otros periodistas veracruzanos. Hoy esa justicia para ella y sus dos hijos parecen estar cada vez más lejanos.
Periodista en Veracruz
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