¿Para qué una reforma judicial?

4 agosto, 2024

Hay que construir una reforma que garantice la verdadera independencia de las autoridades encargadas de la administración e impartición de justicia y que se encamine a resolver los vacíos y obstáculos que existen para que todas las personas puedan gozar efectivamente de su derecho a un medio ambiente sano

Por Gustavo Alanís Ortega*

En México, el acceso a la justicia y el fin de la impunidad continúan siendo una aspiración.  

A pesar de avances sustanciales alcanzados en las últimas décadas, la inseguridad y la violencia prevalecen; derechos humanos, como el derecho a un medio ambiente sano, están lejos de ser garantizados. 

Nuestro país cuenta con un sólido marco legal en materia ambiental.  En la legislación de la que nos hemos dotado las y los mexicanos ya se encuentran muchas de las claves para construir una sociedad de paz, con un futuro sustentable, donde podamos alcanzar el bienestar social con respeto al patrimonio natural del que depende nuestra sobrevivencia. Históricamente, los obstáculos para su observancia y cumplimiento los encontramos en los intereses políticos y económicos que se han colocado por encima del bienestar de los ecosistemas, de los derechos humanos de las personas y comunidades, así como de la tierra y territorio en que éstas habitan.  

El proceso de reforma judicial que ha iniciado a nivel nacional constituye una gran oportunidad para corregir esta situación y para hacer que el país acelere su paso hacia la consolidación del Estado de Derecho donde imperen la justicia y el respeto a las personas, a los pueblos y las comunidades y al planeta que habitamos todos.  

Un futuro prometedor para México será aquel donde el  acceso a la justicia esté garantizado como un derecho fundamental; donde todas las personas tengan posibilidad de acudir a las autoridades para obtener protección de sus derechos, ser tratados con igualdad y no discriminación en todos los procesos, y donde cuenten con las herramientas y mecanismos legales necesarios para buscar la resolución de sus conflictos de manera justa e imparcial.

Lo anterior requiere que actores -tanto privados como públicos- cumplan la ley y acaten los límites, cauces y lineamientos que imponen la Constitución y las normas que de ella derivan, lo cual hoy en día en muchos casos no sucede. Se requiere también que el poder judicial sea dotado de total independencia en todos sus niveles y de mayores recursos y capacidades. También será fundamental eliminar trabas y alinear procedimientos para hacer más fácil la impartición expedita de justicia.

En México, el acceso a la administración e impartición de justicia enfrenta barreras legales y prácticas que deben ser resueltas. Las barreras legales incluyen reglas y procedimientos que impiden, dificultan o retrasan la justicia administrativa y judicial.  Las barreras prácticas se refieren a las situaciones y condiciones que desaniman a las personas a defender sus derechos y afectan el funcionamiento de los sistemas de justicia.

Una reforma que garantice la verdadera independencia de las autoridades encargadas de la administración e impartición de justicia y que se encamine a resolver los vacíos y obstáculos que existen para que todas las personas puedan gozar efectivamente de su derecho a un medio ambiente sano, debe incorporar de forma integral los siguientes aspectos:

1. Acceso a la justicia administrativa.  

  1. Garantizar que las autoridades administrativas con atribuciones para otorgar permisos, concesiones, autorizaciones y licencias en materia ambiental realicen esto  con apego a los derechos humanos, de manera que se garantice la protección del medio ambiente y los territorios de las comunidades.
  2. Contar con personal suficiente, profesional y capacitado en las fiscalías a fin de que investiguen de forma adecuada y eficiente la comisión de delitos ambientales. 
  3. Dotar de recursos materiales y humanos suficientes a las instancias responsables de llevar a cabo la inspección y vigilancia del cumplimiento de la legislación ambiental. Esto incluye a las dependencias que forman parte del poder ejecutivo como son la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y sus contrapartes a nivel local.
  4. Fortalecer la supervisión del cumplimiento por parte de las autoridades del marco legal vigente, con el objetivo de evitar daños ambientales, prevenir riesgos de desequilibrio ecológico, así como remediar la contaminación de los ecosistemas.

2.    Acceso a la justicia judicial. 

  1. Incorporar procedimientos y sistemas para asegurar que los jueces, tanto federales como locales, a través de una capacitación constante, cuenten con los conocimientos idóneos en materia ambiental para juzgar los casos, así como para emitir sentencias apegadas a los principios del derecho ambiental y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos y cambio climático. 
  2. Retomar el gran pendiente de crear juzgados especializados en materia ambiental, de conformidad con las obligaciones establecidas en el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú). Para ello, se deben destinar recursos económicos para la capacitación adecuada del personal encargado de administrar justicia en asuntos socio ambientales, con especial énfasis en una perspectiva de derechos humanos.
  3. Adoptar una vocación transformadora a fin de materializar los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) mediante el actuar jurisdiccional. Lo anterior se puede manifestar, ya sea mediante la implementación de medidas afirmativas que garanticen la igualdad material en los procedimientos o bien, mediante sentencias que amplíen la progresividad de los derechos humanos involucrados y/o que establezcan mecanismos de cooperación con otros poderes para la materialización de los mismos. (Ver publicación)
  4. Recurrir al juicio de amparo, el cual, a pesar de ser el mecanismo más garantista para el acceso a la justicia en asuntos ambientales, aún puede minimizar obstáculos regulatorios e institucionales para lograr el pleno goce del derecho de acceso a la justicia, poniendo un especial énfasis en los relacionados con la suspensión y el cumplimiento efectivo de sentencias. 

3. Personas defensoras de los derechos humanos.

  1. Poner en el centro de la cadena de impartición de justicia a las personas defensoras de los derechos humanos, incluidos los ambientales. Esto implica la adopción de medidas adecuadas para la prevención y protección de quienes defienden el medio ambiente, la tierra y el territorio.
  2. Generar e implementar plenamente instrumentos de política pública que cuenten con los recursos materiales y humanos suficientes para garantizar un entorno seguro y propicio para las personas defensoras. Como ejemplo está el Mecanismo de Protección para personas Defensoras y Periodistas.

Así las cosas, se espera que con altura de miras, voluntad política y pensando en un México más justo para todos, estás y muchas otras sugerencias y recomendaciones que se han hecho con respecto a la reforma al Poder Judicial sean tomadas en consideración e incorporadas en el texto final que apruebe el poder Legislativo. No es tiempo de venganzas, no es momento de anteponer, una vez más, los intereses personales y de unos cuantos sobre los de la mayoría de los mexicanos. Tiempo al tiempo.

*Director Ejecutivo del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) en exclusiva para el portal Píe de Página.

Portal periodístico independiente, conformado por una red de periodistas nacionales e internacionales expertos en temas sociales y de derechos humanos.