Organismos internacionales han reconocido que en Oaxaca existe un patrón de detención arbitraria y tortura con el que el Estado busca obstaculizar la legitima defensa del territorio y los movimientos sociales. Los activistas indígenas Pablo López y Damián Gallardo son dos ejemplos de graves violaciones al debido proceso y el posterior encarcelamiento por defender derechos comunitarios
Texto: Karen Rojas Kauffmann / El Muromx*
Fotos: Antonio Mundaca
OAXACA.- Los defensores indígenas Pablo López Alavez y Damián Gallardo Martínez fueron encarcelados varios años por delitos que no cometieron. Los arrestaron de forma ilegal, sin orden de aprehensión, los incomunicaron y desaparecieron antes de ser puestos a disposición de un juez. En sus detenciones sufrieron violaciones graves al debido proceso. Durante el trayecto al ministerio público y en las instancias penitenciarias fueron amenazados, confinados y los dos fueron víctimas de tortura.
Los casos de estos dos activistas oaxaqueños son paradigmáticos e ilustran el uso indebido y sistemático del derecho penal contra individuos, grupos o colectivos que ejercen la legítima defensa de sus derechos civiles y comunitarios. Forman parte de un fenómeno de criminalización de defensoras y defensores de derechos humanos sistemático, regional y creciente en México, y que en Oaxaca, ha sido identificado como un modus operandi asociado a detenciones arbitrarias y prolongadas, de acuerdo con los informes de asociaciones civiles consultadas para este reportaje.
Pablo López Alavez es un campesino indígena zapoteco y defensor del medio ambiente que permanece preso desde hace 11 años tras ser acusado de homicidio calificado luego de denunciar la tala ilegal en San Isidro Aloapam, una pequeña comunidad de la Sierra Juárez. Al momento de su detención contaba con una trayectoria de 20 años al servicio de la defensa del bosque y la conservación de manantiales. Fue el primer topil no armado de su comunidad y desempeñó diversos puestos de representación social.
El 15 de agosto de 2010, López Alavez fue detenido de manera arbitraria en las inmediaciones del Río Virgen por un grupo de 15 hombres encapuchados y fuertemente armados. Antes de ser secuestrado, los hombres golpearon al defensor y amenazaron a su familia; luego lo mantuvieron incomunicado durante varias horas hasta que fue entregado a elementos de la policía estatal quienes lo pusieron a disposición del Ministerio Público de Villa de Etla, a 2 horas de su comunidad.
Aunque el defensor comunitario fue detenido a mediados de agosto, le fue dictado el auto de formal prisión hasta diciembre de 2010, esto indica que tuvieron que pasar cinco meses consecutivos para que los cargos contra el López Alavez fueran notificados formalmente mediante una acusación, lo que constituye una violación del derecho a ser informado oportunamente de los cargos. Además, durante siete años permaneció sin sentencia hasta que en septiembre de 2017 fue condenado a 30 años de prisión.
En el informe Detención Prolongada de Personas Defensoras de Derechos Humanos, que presentaron las organizaciones sociales Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca (Consorcio Oaxaca), Front Line Defenders y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) en agosto de 2021 en Oaxaca, y que la Relatora Especial Mary Lawlor presentará en diciembre a la Asamblea General de las Naciones Unidas, se asegura que en la sentencia de López Alavez “el juez no valoró las contradicciones en los testimonios de los testigos de cargo, las inconsistencias en los diversos dictámenes periciales, las discrepancias en los horarios de las diversas diligencias y su contraposición con las testimoniales”, y explicó que en 2018, la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, confirmó la sentencia del defensor “básicamente replicando los argumentos utilizados en la primera instancia, al grado de replicar los mismos errores ortográficos”.
Diversas organizaciones de la sociedad civil oaxaqueña, comités de familiares de defensores, presos políticos y organizaciones nacionales o internacionales expertas en acompañamiento, documentación y protección a defensores, coinciden en la existencia de este patrón que busca desarticular y deslegitimar el rol o la participación que las y los defensores de derechos humanos tienen en la consolidación de las luchas comunitarias.
Yésica Sánchez Maya, integrante del equipo directivo de Consorcio Oaxaca, y quien le ha dado acompañamiento legal al defensor comunitario, explicó que frente a la sentencia, en febrero de 2019, se interpuso un juicio de Amparo Directo que fue admitido por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en San Bartolo Coyotepec, con el número 511/2019.
Un año después, el mismo tribunal resolvió otorgar el amparo para efectos de reponer el procedimiento por las graves violaciones procesales detectadas, pues al momento de su detención el defensor no contó con un intérprete ni con una defensa que avalara su experticia; de esta manera, las autoridades encargadas de administrar la justicia determinaron reponer el proceso para que López Alavez rindiera su declaración preparatoria 10 años después, y que en esta ocasión sí tuviera garantizado el acceso a un intérprete y a un abogado acreditado.
Las graves violaciones cometidas contra el defensor y su familia han sido reconocidas a nivel internacional. En junio de 2017 el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas emitió la opinión 23/2017 en la que determina que la detención de Pablo López Alavez fue arbitraria y exhorta al Estado mexicano a adoptar las medidas necesarias para la reparación del daño y exige que ponga inmediatamente en libertad al defensor medioambiental. Sin embargo, a cuatro años de emitido el documento, el Estado sigue sin acatar la opinión de la ONU.
La familia de López Alavez, encabezada por su esposa Yolanda Pérez Cruz, ha emprendido una serie de acciones por la liberación del defensor comunitario. Las circunstancias la convirtieron en activista de derechos humanos y desde el arresto de su esposo ha sido blanco de amenazas, hostigamiento y víctima de desplazamiento forzado. A consecuencia de estas graves amenazas, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) solicitó medidas cautelares a su favor sin que hasta ahora se hayan cumplido.
Para Yolanda, Pablo es un preso político. Desde la década de los 90 emprendió junto a su esposo una lucha intensa contra la invasión y el saqueo de su territorio por parte de empresas madereras. Hoy es integrante del Consejo Indígena Popular Ricardo Flores Magón (CIPO), formado por 26 diferentes comunidades en resistencia, principalmente indígenas, de los pueblos chatino, mixteco, chinanteco, cuicateco, zapoteco, mixe y triqui. En CIPO promueve, difunde y defiende derechos humanos, territoriales, económicos, sociales, políticos y culturales desde la acción no violenta y organizada desde la comunidad. Además de las movilizaciones sociales, Yolanda participa activamente en asambleas informativas, encuentros, huertos comunales y radios comunitarias.
Tras el arresto de Pablo, la labor de defensa de Yolanda adquirió otro sentido. Ella no hablaba español -su lengua materna es el zapoteco-, y a medida que avanza su exigencia de justicia se ha ido reconociendo a sí misma como defensora y cabeza de familia.
Para ella, como para muchas mujeres que han visto amenazado su entorno por la construcción de diferentes megaproyectos en el país, la defensa de la tierra no es una opción, es una urgencia que impacta también directamente en su familia. “La madre tierra nos da todo, agua, animales silvestres, comida, leña, de todo. Es normal luchar por ella. Sin ella cómo lo vamos a hacer. ¿No lucharías por tu madre?”, dijo en la presentación del informe.
Otro caso paradigmático de criminalización en Oaxaca es el de Damián Gallardo Martínez, indígena ayuujk, originario de Santa María Tlahuitoltepec, en la zona mixe. Es profesor, comunero y muy tempranamente se involucró en la defensa de la educación popular y a favor de los pueblos indígenas. El 28 de diciembre de 2018, Damian Gallardo Martínez fue liberado ante la presión internacional que exhibió su caso después de casi 6 años de estar en prisión preventiva en un penal de máxima seguridad.
Hoy continúa su exigencia de justicia desde la dirigencia del Comité Damián Gallardo Martínez, que trabaja en el acompañamiento y defensa de presos políticos.
Gallardo Martínez fue detenido en su domicilio en mayo de 2013, sin flagrancia y sin orden de aprehensión, en un contexto donde la criminalización a la protesta social en Oaxaca se incrementaba gravemente como respuesta a la oposición que mantenía el magisterio a las reformas estructurales del gobierno del entonces presidente Enrique Peña Nieto, específicamente en contra de la Reforma Educativa que atentaba directamente contra los derechos laborales de los trabajadores de la educación, y abría una brecha para la privatización de la educación pública en México.
Damián fue extraído con lujo de violencia de su casa por un grupo de siete agentes que portaban armas de uso exclusivo del ejército. Para entrar a su vivienda los hombres forzaron la puerta. Entre los captores se encontraban agentes policiales, funcionarios de la Procuraduría General de la República (PGR) y civiles. La detención habría sido ordenada por la Subprocuraduría Especializada en Investigación de la Delincuencia Organizada (SEIDO), sin embargo, los agentes no mostraron orden de detención ni de allanamiento.
Estuvo secuestrado e incomunicado por más de 30 horas antes de ser trasladado al penal de máxima seguridad de Puente Grande en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, ubicado a más de 15 horas de su comunidad de origen. Fue torturado para que se autoinculpara y señalara a otros líderes magisteriales de delitos que no cometieron, aseguró en entrevista realizada vía telefónica.
Damián Gallardo dijo que durante el interrogatorio fue golpeado repetidamente, particularmente en la zona genital, en el estómago y en los pies, y recibió amenazas de violación y asesinato de sus familiares. También fue obligado a permanecer en posición de cuclillas por un tiempo prolongado y a observar la tortura de otros líderes magisteriales detenidos.
“Una semana después de mi detención fui acusado de delincuencia organizada y secuestro, y permanecí privado de la libertad. Estuve sin sentencia durante 5 años, 7 meses y 10 días, sometido a tratos degradantes, tortura y aislamiento extremo”, recordó.
En 2017 el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU, emitió la opinión 23/2014 en la que reconoció que la detención del activista magisterial fue arbitraria, y exigió su liberación inmediata e incondicional y la implementación de medidas reparatorias. Además destacó la existencia de un patrón de detenciones arbitrarias contra personas defensoras en México y su particular preocupación por el patrón específico en el estado de Oaxaca (24/2017).
Esta resolución fue parte de una larga batalla legal que emprendió Gallardo Martínez, quien denunció ante distintas autoridades nacionales y estatales e internacionales el allanamiento a su domicilio, la desaparición forzada, la tortura y el abuso de autoridad que padeció durante el internamiento; todas sin resultados significativos hasta que el 23 de enero de 2014, al resolver el recurso de apelación 241/2013 interpuesto por la defensa del defensor ayuuk, la Magistrada del Cuarto Tribunal Unitario del Tercer Circuito de Jalisco ordenó su liberación, al comprobar las violaciones al debido proceso en los expedientes integrados por el Ministerio Público federal.
La resolución ordenó la revocación del auto de formal prisión y la reposición del proceso hasta antes de la diligencia de declaración preparatoria, pues la juez federal no hizo saber al detenido las garantías que otorga el artículo 20 constitucional, no le hizo saber los hechos delictivos que se le imputaban ni los nombres de quienes le acusaban ni de las personas que habrían declarado en su contra. Gallardo Martínez no fue sin embargo liberado.
El opositor a la Reforma Educativa explicó que “la lección que también ha aprendido el Estado -aparte de desarticular el movimiento social con el desplazamiento de liderazgos y la modificación de los objetivos de lucha- es que éste ha evolucionado sus formas de criminalización para también evitar asumir un costo político por la persecución. La criminalización también es una manera que el Estado tiene para disminuir el costo de ser represor y no garantista de los derechos humanos”.
La prisión prolongada es un “proceso bastante fuerte”, expuso tranquilo, pero tenso ante las preguntas sobre su experiencia en la cárcel. “Es una forma de tortura continuada porque se van sumando diferentes prácticas que en su conjunto son violatorias de los derechos humanos: el encierro extremo, la forma de internamiento indigno, porque no hay servicios de salud, no hay servicios de alimentación adecuada, de acceso a la educación”, prosiguió.
Afectado por casi seis años de encierro ilegal, precisó que los penales de máxima seguridad en México, forman parte de una red de cárceles que siguen el modelo norteamericano de penales como Guantánamo, diseñados para quebrantar la voluntad humana reduciéndote a un objeto, en el que no puedes hacer ni pensar ni construir ninguna posibilidad de desarrollo o de reintegración a la sociedad.
Para él su encierro tuvo que ver con un sistema coercitivo, violatorio donde lo que prima es el aislamiento: “está prohibido mirar al oficial, hablarle al compañero, compartir comida, está marcada la ruta que vas a seguir en el pasillo con una línea de la que no te debes salir, es un lugar que te deteriora físicamente, la vista, la movilidad pero también espiritualmente, la falta de contacto con personas también atrofia la estructura psicosocial de los defensores, que siempre estamos acompañados y tan vinculados con las comunidades”, explicó.
En febrero de 2020, el defensor presentó una solicitud de reparación integral del daño ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), aunque todavía no se cuenta con ningún tipo de avance al respecto; y desde marzo de 2020 el caso se encuentra también en estudio ante el Comité Contra la Tortura de la ONU.
El pasado 29 de octubre Damián Gallardo fue notificado por la Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Tortura de la Fiscalía General de la República (FGR), que la denuncia que interpuso contra los policías que lo aprehendieron ilegalmente, y que pertenecían al grupo operativo táctico de la Policía Federal Preventiva, con número de averiguación previa 738/UEIDDAPLE/DT/8/2014, fue rechazada. En la notificación le informaron que el Lic. Pedro Gerardo Álvarez del Castillo, Juez Noveno de Distrito en el Estado de Oaxaca, resolvió en la causa penal 1/2021, “que no ha lugar a liberar orden de aprehensión contra los policías”, negándole una vez más la garantía del acceso a la justicia y reparación integral del daño.
Según el informe de Consorcio Oaxaca el patrón de criminalización y de detención arbitraria se ha ido ‘refinando’. El documento afirma que si bien históricamente los delitos de los que se acusa a personas defensoras eran los de terrorismo, sabotaje o conspiración, a partir de 2012 y del gobierno de Enrique Peña Nieto se empezó a imputar a las personas defensoras delitos como secuestro, delincuencia organizada, lavado de dinero, asociación delictuosa y portación de arma de fuego, y las detenciones arbitrarias empezaron a ser justificadas por delitos típicamente relacionados con la protesta social, como ataque a las vías de comunicaciones.
Organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su reporte Criminalización de la labor de las defensoras y los defensores de derechos humanos publicado en diciembre de 2015, observó que “a través del uso indebido del derecho penal, que consiste en la manipulación del poder punitivo del Estado”, las personas defensoras se ven obligadas a enfrentar una serie de denuncias infundadas o manipuladas a través de la sujeción a procesos penales prolongados y mediante la aplicación de medidas cautelares con fines no procesales”, y ha advertido que “la manipulación del derecho penal se ha convertido en un obstáculo que amerita la atención prioritaria por parte del Estado Mexicano”, pues tiene por efecto “controlar, castigar o impedir el ejercicio del derecho a defender derechos humanos”.
La CIDH también ha reconocido que la detención arbitraria se utiliza “como una herramienta para acallar voces disidentes, movimientos sociales y estudiantiles, u opiniones críticas contra funcionarios públicos y otros actores estatales”, y se caracteriza por múltiples y diversas violaciones que se destacan por la aplicación de detenciones sin órdenes judiciales, por la participación de militares, el hostigamiento judicial, la fabricación de cargos con pruebas falsas, la prolongación excesiva de los tiempos que duran los procesos penales, las condiciones inhumanas de detención -la mayoría de las veces en penales de máxima seguridad- y sin la atención legal o médica adecuada.
Una vez hacinados, sin embargo, el hostigamiento no se detiene. La tortura y los malos tratos dentro de las instalaciones penitenciarias y las amenazas contra familiares y abogados son recurrentes. La mayoría de estas violaciones graves a los derechos humanos permanecen totalmente impunes porque las autoridades judiciales no investigan, no procesan ni sancionan a los responsables.
Consulta la Opinión 23/2017 del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas, sobre Pablo Alavez.
Consulta la Opinión 23/2014 del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas, sobre Damián Gallardo.
*Este trabajo fue realizado por El Muromx. Lo reproducimos con su autorización.
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