7 septiembre, 2021
Las mujeres mexicanas ya no serán encarceladas por abortar. En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la criminalización del aborto en Coahuila, una resolución que tiene impacto nacional y el criterio será obligatorio para todos los jueces que tengan en sus manos casos que intentan llevar a la cárcel a una mujer que aborte
Texto: Redacción Pie de Página
Foto: María Ruiz
Este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad de 10 votos que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. Por primera vez se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir.La Corte declaró inválido el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar con su consentimiento.
Si bien la Corte señaló que el producto de la gestación merece una protección a medida que avanza el embarazo, precisó que no se pueden desconocer los derechos de las mujeres. Por lo tanto, señaló que criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional.
Además, la Corte extendió su decisión al artículo 198, que impedía que la mujer fuera asistida por personal médico en un aborto voluntario. Asimismo, extendió la invalidez a porciones del artículo 199 que criminalizaban el aborto y limitaban a 12 semanas la posibilidad de abortar en caso de violación, inseminación o implantación artificial.
«A partir de ahora, al resolver casos futuros, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta, como lo son los tipos penales que no contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, o las normas que sólo prevean la posibilidad de abortar como excusas absolutorias, pues en esos supuestos la conducta se cataloga como un delito, aunque no se imponga una sanción», señaló la Corte en un comunicado.
Al finalizar la sesión, el Ministro Presidente Arturo Zaldívar destacó que se trata de una decisión histórica en la lucha por los derechos y libertades de las mujeres, particularmente de las más vulnerables.
Antes de este fallo, cuatro entidades habían legislado para despenalizar el aborto antes de las 12 semanas de gestación. Ciudad de México lo hizo desde 2007 y le siguieron recientemente Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. El pasado 7 de julio la Corte también declaró inconstitucional que haya un plazo para abortar cuando se trate de una violación, a partir de la normatividad de Chiapas.
El Grupo de Información en Reproducción Asistida, GIRE, celebró el falló de la corte y destacó que es el reflejo de la histórica lucha del movimiento feminista por el aborto seguro, legal y gratuito.
La determinación de la Corte invalida de manera inmediata la normatividad en Coahuila que imponía hasta tres años a las mujeres que interrumpían su embarazo de manera voluntaria.
Los jueces de todo el país deberán aplicar el mismo criterio en cualquier caso similar, sin embargo, queda la tarea de los congresos locales de modificar sus leyes acorde con la resolución de la Suprema Corte.
De 2007 a 2016, GIRE contabilizó 4 mil 246 denuncias por el delito de aborto en todo el país. Incluso, Ciudad de México, donde las mujeres pueden abortar voluntariamente antes de las 12 semanas de embarazo, concentra el mayor número de denuncias, una de cada cuatro.
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