Así como fiscaliza el SAT, ¿protege los datos personales?

22 octubre, 2020

En cada miscelánea fiscal aumenta el acceso del gobierno a información sensible de los contribuyentes, así tendría que aumentar la protección de estos datos

Twitter: @vgarciadeleon

El fisco no quiere dejar ningún espacio al abuso, omisiones ni a errores. La miscelánea fiscal para 2021, que aprobaron los diputados y pasó ya a la Cámara de senadores esta semana, es muestra de ello.

El combate a la evasión fiscal será una de los mayores instrumentos del gobierno para contar el próximo año con mayores recursos que éste, pese a la crisis; lo dejó en claro el secretario de Hacienda, Arturo Herrera. Ni más ni menos, el gobierno espera que la mitad de sus ingresos sean tributarios.

Los cambios fiscales para el próximo año son calificados por expertos y la oposición como coercitivos, con castigos enérgicos, y medidas que ponen en riesgo los derechos humanos, con el objetivo de recaudar más. Y contrasta que no incluyan otros que puedan dar un respiro a los contribuyentes o que estimulen el gasto.

En una conversación con el fiscalista Manuel Toledo lo sintetiza así: “Sin incrementar impuestos, la autoridad modifica sus facultades, y ya con leer la disposición se asusta al contribuyente”.

Al parecer, la dureza será la tónica de este gobierno, el año pasado se aprobó considerar la omisión de pago de impuestos, a partir de cierta cantidad, como delincuencia organizada.

Pero la lógica también parece ser que paguen justos por pecadores. La rudeza va dirigida a cerrarle el paso a las empresas factureras, las que emiten facturas de operaciones simuladas o inexistentes, pero excesiva e innecesaria para el resto de los contribuyentes. Es verdad, como dice Toledo, quien es cumplido debe preocuparse menos, pero debe de todas formas padecer las molestias de una revisión excesiva.

Una de las reformas que más preocupan es la del artículo 45 del Código Fiscal, que permitirá que los agentes del SAT en sus visitas domiciliaras en las que verifican bienes y mercancías de los contribuyentes, usen herramientas como cámaras, grabadoras o teléfonos para recabar información para constatar lo que declaró el contribuyente y también para después hacer un embargo precautorio, si es necesario.

Las obligaciones del SAT

Hay un riesgo potencial para derechos humanos, en cuanto a la privacidad y la protección de datos aunque los legisladores hicieron cambios para precisar que la información quedará resguardada por el secreto fiscal y se adicionó el requisito de que los dispositivos de los visitadores debe proporcionarlos la autoridad y tener medidas de encriptación.

El tema es que de nuevo la vida privada e información sensible es tocada por la autoridad. Lo dice muy claro el consultor en Transparencia Alejandro Torres al que consulté: “En aras de la recaudación fiscal y de combatir la corrupción, los ciudadanos debemos ceder espacios de nuestro vida privada y ver afectada nuestra esfera de derechos humanos”.

El SAT tiene cada vez más acceso a información sensible y datos personales, ya cuenta con 100 millones de huellas dactilares, 20 millones de iris y 15 millones de rostros, según datos de la dependencia.

Otra disposición que aprobaron los diputados permitirá que el SAT pueda ser consultado por terceros para verificar la identidad de una persona a partir de su base de datos biométricos, solo afirmando o negando si es la persona.

Si bien se hicieron precisiones sobre el uso de herramientas tecnológicas, esta medida abre el tema para saber cómo hace y hará el SAT estas visitas.

“Una visita fiscal –menciona Alejandro Torres– puede dar pie a recabar información o datos personales que no son necesarios para la fiscalización. Los agentes deben tener cuidado con aquellos que pueden poner en riesgo la integridad de la persona o de terceros”.

Cabe preguntarse si el SAT capacita a su personal y lo sensibiliza respecto a este tema, aunque debería hacerlo al tener que cumplir con la Ley General de Protección de Datos Persones en Posesión de Sujetos Obligados.

En su opinión tiene que haber una normatividad complementaria que diga paso a paso cómo hacer visitas y recabar datos personales, en la cual podría involucrarse el INAI.

En las visitas domiciliarias los contribuyentes que son personas físicas deben conocer un aviso de privacidad para conocer qué datos se van a recabar, el tratamiento que van a recibir, y cómo pueden ejercer sus derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición) para saber qué hacer si hay un tratamiento inadecuado de sus datos y ante qué instancia ejercer sus derechos de protección.

Además, la autoridad está impedida por la ley a usar la información para fines distintos a lo que estrictamente justifica; tampoco puede compartirla con otras autoridades.

Es un hecho que el gobierno requiere de las mejores estrategias para tener recursos, pero sin que esto vaya en detrimento de los derechos humanos protegidos por nuestra Constitución.

Otras medidas

Existen otros cambios al Código Fiscal que llaman la atención por su dureza, como la posibilidad de embargo a “terceros relacionados” y no solo al contribuyente auditado y su responsable solidario, al parecer podrían ser clientes, empleados, y proveedores, y no solo en sus bienes si no también cuentas bancarias, algo nuevo también. “Falta la definición precisa de quiénes son los terceros relacionados, pueden ser trabajadores, bancos, acreedores o deudores de la empresa”. dice Toledo.

También está la cancelación de sellos digitales si no se acreditan las operaciones de los comprobantes fiscales en 10 días, o bien la imposibilidad de obtener un saldo a favor si el contribuyente no se localiza en su domicilio fiscal.

Entre otros.

Periodista independiente. Se especializó en temas económicos con la convicción de que el periodismo puede cerrar la brecha que existe hacia ellos, para entenderlos e, incluso, disfrutarlos. Ha sido editora y reportera en Expansión, Fortune México y conductora en RompevientoTV. Ayudó a fundar la red de Periodistas de a Pie.