Alessandra Rojo de la Vega impugnará anulación de elección en la Cuauhtémoc por violencia política de género

3 septiembre, 2024

Alessandra Rojo de la Vega. Foto: Galo Cañas / Cuartoscuro

Después de que el Tribunal Electoral de la ciudad de México anulara la elección en la Alcaldía Cuauhtémoc, la panista Alessandra Rojo de la Vega criticó la decisión que argumentó familismo en los discursos contra Catalina Monreal, un concepto criticado por abogados

Texto: Andrea Amaya

Foto: Galo Cañas / Cuartoscuro

CIUDAD DE MÉXICO.- Después de que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México anulara la elección de la Alcaldía Cuauhtémoc por violencia política de género, Alessandra Rojo de la Vega criticó la decisión del órgano electoral y anunció que impugnará el fallo.

En un mensaje difundido en redes sociales, y después de que ella y simpatizantes de la Alcaldía bloquearan Paseo de la Reforma, la política panista dijo que la decisión del Tribunal (la cual le quitó su victoria) fue “un intento de ganar a la mala, lo que no ganaron por la buena” de parte de Morena, representado por Caty Monreal.

De la Vega dijo que impugnará el fallo ante la sala regional del Tribunal Electoral Federal, aunque ésta no será la última instancia que definirá la contienda.

Esto, porque si el fallo lo impugna cualquiera de las dos candidatas, la decisión pasará a la sala superior del Tribunal, quien sí tendrá la facultad de validar o anular la elección.

Si el Tribunal se decanta por esta última opción, Rojo De la Vega no podrá participar en las elecciones extraordinarias que tendrá que convocar el Instituto Electoral de la Ciudad de México, las cuales tendrían que realizarse antes del 1 de octubre, cuando tiene que tomar posesión un nuevo Alcalde en la Cuauhtémoc.

Acto de compadrazgo

En su denuncia, Rojo de la Vega aseguró que la resolución de la autoridad electoral la motivó una relación personal del presidente del Tribunal, Armando Ambriz, con el padre de la candidata de Morena, Ricardo Monreal.

“Lo une una relación de compadrazgo con el padre de la candidata derrotada, Ricardo Monreal, y fue quien decidió la anulación de las elecciones”.

La critica de De la Vega estriba en que, el 31 de agosto, el Tribunal Electoral anuló la elección de la Alcaldía Cuauhtémoc con dos votos a favor, dos en contra y un voto de calidad de Armando Ambriz. El argumento: que la panista ejerció violencia política de género contra Caty Monreal, la candidata de Morena.

Su denuncia la respaldaron los concejales que también perdieron su constancia de mayoría en la elección: Eva Yahel Guerrero, Kevin Ríos, César Ramírez y Rosalía Villasana.

¿Qué argumentó el Tribunal?

En la sentencia, el Tribunal Electoral fundamentó su decisión en que la panista ejerció  “una violencia simbólica, invisibilización y familismo ejercida a través de diversas manifestaciones, efectuadas sistemáticamente, con base en un nexo familiar y utilizando estereotipos negativos de género, negó la individualidad de la entonces candidata Catalina Monreal y con ella el reconocimiento de sus derechos político-electorales, a lo que debe sumarse la violencia psicológica padecida por esta misma”.

El origen de la denuncia, interpuesta por Caty Monreal, estriba en que los comentarios de Alessandra Rojo De la Vega sobre Ricardo Monreal, padre de Caty Monreal, «limitaron, anularon y menoscabaron» los derechos políticos de la morenista.

Así lo explicaron los consejeros de Morena en la capital, quienes respaldaron la decisión del Tribunal y llamaron a la oposición a apegarse a la legalidad:

“Durante todo el proceso de campaña, la entonces candidata de la oposición, Alessandra Rojo de la Vega, condujo una serie de conductas que en su conjunto limitaron, anularon y menoscabaron el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de nuestra compañera Caty Monreal”.

Familismo, criterio cuestionable

La resolución del Tribunal Electoral fue debido a la forma en que Alessandra Rojo de la Vega se refería a Caty Monreal, siempre resaltando su pasado familiar, concretamente con Ricardo Monreal, su padre y exalcalde de la Cuauhtémoc. Esto, consideró el Tribunal, invisibilizaba a Caty Monreal como mujer y en su trabajo político.

Uno de los discursos que el Tribunal consideró para anular la elección fue cuando Rojo de la Vega se refería a Monreal como “La Señora Monreal, de la Familia Monreal, del Clan Monreal”. Así, derivó en considerar el «familismo» como un criterio aplicable en la violencia política de género.

Durante el programa Momentum, los abogados David Peña y Federico Anaya analizaron  la decisión del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, particularmente si es posible aplicar el criterio de violencia política de género.

En su intervención, David Peña dijo que en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Penal Federal y  la Ley Electoral se establece que “ciertas conductas dentro de una campaña, o fuera de la campaña, que estén dirigidas a restringir, menoscabar o a limitar el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres se puede constituir como un acto político de violencia política de género”.

Sustancialmente, explicó, la violencia política de género es cuando se le denigra, menoscaba o limita el acceso recursos a otra persona por su labor política, o se intenta reducir su trabajo político o accionar.

“No se trata solamente de una mención crítica hacia una mujer, eso está permitido y está protegido por la libertad de expresión. Este tema va dirigido a que se limite el ejercicio de los derechos o a que impidan el ejercicio de los derechos de una mujer”.

David Peña cuestiona este razonamiento, pues en su opinión, los comentarios sobre familismo que realizó Alessandra Rojo de la Vega no iban dirigidos a menoscabar, limitar o impedir el ejercicio de los derechos de Catalina Monreal.

“La expresión puede gustarnos o no, puede ser chocante u ofensiva, pero en el caso concreto, desde mi punto de vista, no considero que se constituya como violencia política de género”.

El abogado Federico Anaya coincidió con esta visión, y recordó que en campaña es válido que una persona haga referencia a un grupo específico, o un linaje familiar, para criticar posiciones. Esto, aseguró,  no podría ser considerado como violencia política de género.

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