Texto: Daniela Rea.
Fotografía: Mónica González
Cuando la Asamblea del Distrito Federal despenalizó el aborto, reconociendo el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y permitía realizarlo antes de las 12 semanas de gestación, la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos intentaron echar para atrás la reforma.
Eduardo Medina Mora, entonces titular de la PGR y ahora ministro de la Corte, y José Luis Soberanes, cada uno por su parte, presentaron una acción de inconstitucionalidad por la reforma, alegando que una norma, en este caso la legislación del DF, no podía permitir la privación de la vida del producto de la concepción, ni discriminar su protección por tener cierto tiempo de gestación.
La CNDH apeló también al derecho a la paternidad y procreación de todo hombre y argumentó que no es admisible que una sola persona, en este caso la mujer, decida sobre el producto de la concepción.
“El derecho fundamental de la mujer para decidir de manera libre y responsable se ejerce antes de la concepción, a partir de este momento, se generan obligaciones para la mujer y derechos para el padre progenitor, pues de otro modo se privaría al padre de su derecho a tener descendencia. Esta desigualdad se aprecia más si la mujer está casada”, argumentó el entonces ombudsman.
Medina Mora argumentó en un comunicado de la PGR, que los criterios que impulsaban la acción de inconstitucionalidad eran técnico –jurídicos, no morales.
La Corte reconoció el derecho de la asamblea de la Ciudad de México a legislar sobre el tema, pero no revisó a fondo la constitucionalidad del aborto.
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