7 julio, 2022
El IMSS presentó los requisitos y pasos a seguir para que los empleados del sector privado puedan obtener una incapacidad “sin salir de casa”. Los trabajadores recibirán un subsidio del 60% de su salario durante los días cuarto y quinto de incapacidad y no es necesario realizarse una prueba de covid
Texto: Redacción Pie de Pagina
Foto: IMSS
CIUDAD DE MÉXICO.- Ante el aumento de contagios de covid-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reactivó este 6 de julio su servicio digital para tramitar la incapacidad de trabajadores sin salir de casa.
El Permiso covid-19, versión 4.0, se podrá tramitar a través de un Código QR que estará disponible en www.imss.gob.mx, en la aplicación IMSS-digital para teléfonos inteligentes, así como en todas las unidades médicas.
Los trabajadores podrán ingresar sus datos y recibir por correo la confirmación de su permiso, que funciona como cualquier otra incapacidad temporal. No tienen que ir al médico ni hacerse una prueba.
“La idea es que nos quedemos en casa, minimicemos las cadenas de contagio y así vayamos reduciendo este quinto pico de transmisión que tenemos en México”, explicó Mauricio Hernández Ávila, director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS.
1. Ingresa al portal: imss.gob.mx/covid-19/permiso. O a la aplicación IMSS Digital en el apartado “permiso covid-19”.
2. Captura tu clave CURP, tu Número de Seguridad Social (NSS) y el código postal.
3. Responde los cuestionarios y adjunta una prueba covid-19 con diagnóstico positivo (aunque esto no será condicionante para el otorgamiento del permiso).
4. Registra tus datos: correo electrónico, teléfono, domicilio y una cuenta CLABE de 18 dígitos.
5. Recibirás el permiso covid-19 por cinco días en tu correo electrónico.
6. Recibirás el pago del 60 por ciento del salario registrado a partir del cuarto día de convalecencia como cualquier otra incapacidad por enfermedad general.
7. Notifica el trámite en tu centro de trabajo para justificar la ausencia. Una vez realizado no se puede cancelar.
Para completar el trámite deberás adjuntar los siguientes documentos:
Identificación oficial vigente: credencial para votar expedida por el INE o IFE, o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriories. Es necesario cargar la imagen completa del documento, por ambos lados y legible.
En caso de ser asegurado extranjero, deberás identificarte con tu pasaporte vigente acompañado de cualquiera de los siguientes documentos vigentes:
-Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
-Visa de residencia temporal con permiso para realizar actividades remuneradas.
-Visa de residente temporal estudiante con permiso para realizar actividades remuneradas.
-Visa de residencia permanente.
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