Por fin después de 15 años, los seis defensores del agua de Tlanixco fueron liberados. Ésta es la ruta legal que la defensa tuvo que seguir para lograr que después de tres lustros las autoridades reconocieran su inocencia
Texto: Lydiette Carrión
Fotografía: Archivo /Ximena Natera
El pasado 17 de febrero, fueron liberados tres de los seis presos defensores del agua en Tlanixco, Estado de México. La defensa, la familia, las autoridades que daban seguimiento al caso calculaban que Pedro Sánchez Berriozábal, Rómulo Arias Mireles y Teófilo Pérez González –quienes llevaban 15 años presos– saldrían en un par de semanas.
La realidad es que pasó más de un mes, unos 40 días que fueron pasados con mucha angustia por sus familiares, ya que existía la posibilidad de que no salieran. Finalmente fueron liberados el pasado 5 de abril, y sólo a unas horas de ello, las autoridades por fin confirmaron que saldrían, dejando con ello descansar a sus familias.
En un contexto de conflicto entre pobladores de San Pedro Tlanixco y floricultores, debido a que Conagua ofreció a los empresarios el agua que originalmente era de la comunidad indígena, los seis presos de Tlanixco fueron acusados de homicidio en contra de Alejandro Isaak Basso, líder empresario, el 1 de abril de 2003.
A pesar de que Pedro, Rómulo y Teófilo sufrieron las mismas inconsistencias y fabricación de pruebas que Marco Antonio, Lorenzo y Dominga, en el caso de los primeros la lucha legal estaba prácticamente extinta, debido a que su sentencia había sido confirmada; y los recursos de apelación, agotados. Su último recurso lo perdieron en 2013.
Marco Antonio, Lorenzo y Dominga sí ganaron una apelación a inicios de 2019. Eso les permitió que un juez obligara a reponer de nueva cuenta todo el proceso. En este momento del proceso fue que la Fiscalía del Estado de México se desistió de la causa penal derivada de los hechos ocurridos el 1 de abril de 2003, el día de la muerte de Isaak Basso.
Este desistimiento otorgó una carta en blanco para abrir la posibilidad de libertad de los otros tres.
El abogado defensor, José Antonio Lara Duque, del Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero, tenía un solo camino para liberar a los otros tres: interponer un recurso de revisión extraordinaria.
El recurso de revisión extraordinaria se utiliza cuando hay modificaciones a la ley, o cuando aparecen documentos o pruebas nuevas que acrediten la inocencia del condenado.
Lo primero que la defensa hizo fue recabar el Recurso de desistimiento que la Fiscalía del Estado de México hizo respecto de la acción penal en contra de Marco Antonio, Lorenzo y Dominga. En este documento, la agente del ministerio público reconoció la serie de inconsistencias en el proceso: fabricación de testigos, falta de perspectiva de justicia indígena, inconsistencias graves. Por todo ello se desistió de la causa penal sobre “los hechos ocurridos el 1 de abril de 2003”.
Con ese documento, la defensa interpuso su recurso de revisión extraordinaria: si la Fiscalía se desistió de la causa penal del 1 de abril de 2003, entonces, no existe la causa por la que Pedro, Rómulo y Teófilo fueron detenidos, y sentenciados, y cuya condena fue confirmada.
Los seis, Pedro, Rómulo, Teófilo, Marco Antonio, Lorenzo y Dominga –así como dos personas que hasta la fecha seguían perseguidos por la justicia– son legalmente inocentes.
Sólo que pasaron 15 años para que la Fiscalía del Estado de México lo reconociera.
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