Al menos cuatro gobernadores recurren al uso de la fuerza pública para restringir el tránsito de los pobladores como medida contra la expansión de contagios de covid-19. El Centro Diocesano por los Derechos Humanos Fray Juan de Larios denunció que este tipo de decisiones son inconstitucionales
Texto: Redacción Pie de Página
Gobernadores de distintos estados del país establecieron toque de queda y sanciones para lograr el confinamiento de los habitantes en sus casas.
El 10 de abril en su cuenta de Twitter el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez, informó que en una reunión con sus homólogos de Coahuila y Tamaulipas, Miguel Riquelme y Francisco García Cabeza de Vaca, respectivamente, acordaron la restricción de tránsito.
“Aumentaremos la fuerza pública en la calle, para que la gente que ande en la calle sea sólo por una emergencia, todo aquel que quiera salir a pasear de los tres estados será regresado a su casa.
“Se puso en marcha el programa ‘Paisano, quédate en casa’ en la que invitamos a nuestros paisanos a no venir a visitar a sus familiares en estas vacaciones para evitar el contagio”, informó Jaime Rodríguez en su cuenta de Twitter.
El gobernador de Jalisco Enrique Alfaro fue más allá. El 19 de abril advirtió a la población de ese estado que quien no cumpla con el aislamiento social será sancionado por la fuerza pública.
“El gabinete de salud y el de seguridad en conjunto con las autoridades municipales hemos tomado la decisión de que a partir de este lunes las medidas de aislamiento social tendrán el carácter de obligatorio y quien no las cumpla será sancionado, la fuerza pública tendrá la encomienda de hacerlas cumplir. No es justo que quien sí está acatando estas medidas pague porque unos no los hacen. Lo que está en juego es la vida de todos. El mensaje es claro por el bien de todos: Tolerancia cero”, dijo en un mensaje publicado en sus redes sociales.
En el Periódico Oficial del Estado de Jalisco se publicó que “quien incumpla las medidas de salud sanitaria podrá ser sancionado con una amonestación, apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva e, incluso, un arresto de hasta 36 horas”.
En caso de que algún ciudadano o comercio no acate las medidas, las autoridades sanitarias podrán hacer uso de los medios legales necesarios. Esto incluye el auxilio de la fuerza pública para lograr las visitas de verificación, sanciones y medidas de seguridad que procedan según el caso.
Alfaro informó que las medidas de seguridad sanitarias estarán vigentes hasta el día 17 de mayo de 2020. Sin embargo, podrían ampliar su vigencia en caso de ser necesario.
Por otra parte, el gobernador Alfaro precisó que a partir de este lunes también se colocaron puntos de control en las entradas del estado. Buscan evitar que ingresen personas contagiadas a Jalisco. Pone especial atención en los ingresos que provienen del Valle de México (lugar en el país con mayor número de contagios).
El 16 de mayo, el gabinete de salud y el de seguridad evaluarán los resultados de estas medidas. Con base en ellos tomarán decisiones sobre los pasos siguientes, esto dependiendo de la evolución de la pandemia.
Enrique Alfaro, además, explicó que las decisiones anunciadas por su gobierno se basaron en un informe de la Universidad de Guadalajara. El documento explica que el nivel de eficacia en el periodo vacacional estuvo por debajo del 40%.
Si este escenario se mantuviera igual en las siguientes tres semanas, aseguró, Jalisco tendría a mediados de mayo más de 60 mil contagios, con una tasa de letalidad de 4 mil muertes.
“Tenemos que eliminar la posibilidad de este escenario cueste lo que cueste”, puntualizó el mandatario estatal.
El Centro Diocesano por los Derechos Humanos Fray Juan de Larios emitió un comunicado el pasado 15 de abril. La organización denunció la incostitucionalidad de estas decisiones de los gobernadores. Desde las multas, retenes, toques de queda y limitación a los derechos de libre tránsito, a través del uso de la fuerza pública.
“La crisis sanitaria que vivimos no faculta a los gobernadores o presidentes municipales a implementar medidas de restricción a los derechos humanos y garantías. Mucho menos da carta abierta a que autoridades puedan hacer uso del a fuerza de manera desmedida o discrecional, por lo tanto dichos actos son inconstitucionales”, dice la organización de derechos humanos.
Asimismo, es deber de las autoridades evitar acciones que estigmaticen y discriminen a la población que está sufriendo por el contagio de covid-19.
En la Constitución en el artículo 29 se señala que la única persona autorizada para decretar estas medidas de Estado de excepción es el presidente de la República. Con aprobación del Congreso de la Unión.
El Fray Juan de Larios señaló que en caso de que se decrete un Estado de excepción por la autoridad facultada se tiene que informar de las restricciones, la duración de éstas. Además, garantizar su difusión masiva y en todos los idiomas indígenas del país, lenguaje de señas para garantizar que se informe a la población.
La Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos estableció las Directrices para incorporar la perspectiva de Derechos Humanos en la atención a la pandemia por covid-19, además de la Guía de Derechos Humanos para las medidas por covid-19 dadas a conocer por Segob.
Parte de este trabajo fue publicado originalmente en ZONA DOCS que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes consultar la publicación original.
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