SEDEMA enfrenta ultimátum por desacato en CDMX

13 septiembre, 2026

Clausura de la construcción de un edificio en avenida Cuauhtémoc en la alcaldía Benito Juárez. Pobladores del pueblo de Santa Cruz Atoyac acusan que los desarrolladores pertenencen al cartel inmobiliario y que no han dado la cara para negar las acusaciones. FOTO: VICTORIA VALTIERRA/CUARTOSCURO.COM

Santa Cruz Atoyac pidió a SEDEMA garantizar sus derechos ante megaproyectos que puedan afectar su territorio. La negativa de la dependencia llevó al pueblo a los tribunales y ahora mantiene a sus titulares bajo un ultimátum por incumplir la sentencia

Texto: Camilo Ocampo

Foto: Victoria Valtierra / Cuartoscuro

CIUDAD DE MÉXICO. – La Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (SEDEMA) tiene hasta el 22 de septiembre para cumplir en su totalidad una sentencia de amparo a favor del Pueblo Originario de Santa Cruz Atoyac, ubicado en la Alcaldía Benito Juárez.

De no hacerlo, su titular, Julia Álvarez Icaza Ramírez, y la responsable del área jurídica, Ana Martha Hernández Escobedo, podrían enfrentar multas y un procedimiento que, en caso de persistir el rechazo voluntario a cumplir las órdenes de un juez, podría culminar con su separación inmediata del cargo y una consignación penal.

El ultimátum fue emitido por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, que determinó que la dependencia incurrió en un “cumplimiento defectuoso” de la sentencia que protege los derechos del pueblo originario.

El acuerdo judicial, fechado el 31 de agosto, advierte que si las funcionarias no cumplen con lo ordenado, se les impondrá una multa y el expediente será remitido al Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa para continuar con el procedimiento de inejecución previsto en la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución Política.

Ese proceso señala que la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorga un plazo razonable para acatar la sentencia, el cual puede ampliarse a petición de la autoridad. En caso de que termine el plazo sin cumplir o si el incumplimiento es injustificado, la misma dependencia puede proceder a separar de su cargo a la titular de la autoridad responsable y a consignar penalmente ante el juez correspondiente.

El inicio del conflicto

En el pueblo de Santa Cruz Atoyac, la comunidad y el Consejo del Pueblo tienen contabilizados al menos cinco megaproyectos y grandes desarrollos inmobiliarios, junto con la creación de aproximadamente 2,400 nuevas viviendas en la zona.

En ese contexto, la disputa comenzó dos años atrás, cuando Santa Cruz Atoyac pidió a la Secretaría algo que para el pueblo es fundamental para proteger su territorio: que sus derechos fueran tomados en cuenta antes de que la dependencia emitiera una Manifestación de Impacto Ambiental relacionada con megaproyectos que pudieran afectarlo.

En 2024, el Pueblo Originario entregó a SEDEMA un oficio acompañado del Acta de Asamblea del Pueblo y su Declaración General. En el documento solicitó que, dentro de las atribuciones de la Secretaría y del personal bajo su responsabilidad, se respetaran y garantizaran sus derechos frente a proyectos que pudieran modificar su territorio.

La respuesta de la dependencia fue distinta a lo que esperaba el pueblo. SEDEMA respondió mediante un oficio en el que señaló que no tenía competencia para atender la petición.

Santa Cruz Atoyac llevó entonces el caso a los tribunales. En octubre de 2024 promovió un juicio de amparo al considerar que la Secretaría había incumplido con sus obligaciones, dentro del ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos del pueblo originario.

La disputa llegó hasta el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, que el 14 de mayo de 2026, al resolver el Amparo en Revisión 770/2025, dictó una resolución favorable al pueblo.

Entre otras medidas, el tribunal ordenó a la Secretaría determinar expresamente qué puede hacer, dentro de sus propias atribuciones, para “promover, respetar, proteger y garantizar” los derechos invocados por Santa Cruz Atoyac en el ámbito de actuación administrativa de la dependencia y de su personal.

Pero para el juzgado que vigila el cumplimiento del amparo, la respuesta de SEDEMA no fue suficiente. El acuerdo del 31 de agosto concluyó que la Secretaría había omitido acatar de fondo la totalidad de los lineamientos establecidos en la sentencia y que, por ello, había incurrido en un “cumplimiento defectuoso”.

Julia Álvarez Icaza Ramírez, titular de SEDEMA, y Ana Martha Hernández Escobedo, titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, quedaron directamente vinculadas al cumplimiento de la resolución. Ambas fueron notificadas de las consecuencias jurídicas de no acatar dentro del nuevo plazo establecido por el juzgado.

Antes del 22 de septiembre, la SEDEMA tendrá que emitir una resolución favorable en pro del pueblo de Santa Cruz Atoyac. De lo contrario, el caso podría escalar del incumplimiento administrativo a un procedimiento que ponga en riesgo la permanencia de sus titulares en el cargo.

Camilo Ocampo