De la Universidad Rosario Castellanos

6 septiembre, 2026

Pie de Página publicó dos notas con denuncias de docentes de la Universidad Nacional Rosario Castellanos denunciando trabas para que su sindicato fuera reconocido, así como diversas violencias. Las autoridades de la Universidad enviaron una carta, en ejercicio a su derecho de réplica

Respuesta a Pie de Página:

La Universidad Nacional Rosario Castellanos es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal que tiene por objeto impartir e impulsar la educación superior gratuita en México, con sentido humanista, fundada con valores cívicos y principios éticos.

Esta Casa de Estudios, promueve el ejercicio de los derechos humanos y los principios de igualdad sustantiva, interculturalidad, plurietnicidad, no discriminación, equidad, sustentabilidad, accesibilidad, diversidad, calidad, pertinencia y laicidad.

En relación con la nota periodística en la que se señala que el despido de docente en Universidad Rosario Castellanos desata conflicto sindical, la Universidad Nacional Rosario Castellanos, es preciso hacer las siguientes aclaraciones;

No existe ninguna situación de “confrontación” contra ningún docente de esta Casa de Estudios, la resolución de discrepancias o posibles conflictos se resuelven atendiendo a los principios como el respeto mutuo, la tolerancia, la comprensión, la justicia, la igualdad, la solidaridad, el diálogo, la inclusión y la diversidad. En este sentido, la Comunidad Universitaria cuenta con instrumentos normativos, como lo son el Estatuto de Gobierno, las Normas de Convivencia y el Código de Conducta, mediante los cuales se garantiza el desarrollo armónico de las actividades de estudiantes, docentes, personal administrativo y de estructura.

Sobre las declaraciones a su prestigiado medio, la Dirección de Asuntos Jurídicos, la Subdirección de Cultura de Paz y vida Saludable y el Comité de Ética de la Universidad Nacional Rosario Castellanos, no tienen ningún registro en estas instancias, relativo a denuncias o solicitudes del entrevistado, que permitan analizar la configuración de posibles actos u omisiones de funcionarios de esta Casa de Estudios que constituyan; “acoso laboral, académico, psicológico o de género” que determinen las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos que se describen.

De conformidad con el Decreto de Creación de la Universidad Nacional Rosario Castellanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2024, las relaciones laborales se rigen por el Apartado B del Art. 123 Constitucional su Ley Reglamentaria así como la normativa que se establece para toda persona servidora pública de la Administración Pública Federal, por lo que el cumplimiento de estas normas, no están sujetas al criterio de una persona, sino a la obligatoriedad de su cumplimiento.

El mismo Decreto de Creación establece que las personas servidoras públicas que laboren en la “UNRC” observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de transparencia, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.

Ninguna solicitud que en el ámbito laboral se realice y que tenga por objeto el cumplimiento de estos principios, puede ni debe considerarse “hostigamiento”, por el contrario, la constante negativa a su cumplimiento, transgrede y violenta los mismos.

La rendición de cuentas, es también un principio de la ética y responsabilidad en el servicio público, por lo que no se debe pretender que pertenecer a cualquier tipo de organización, otorga beneficios para evitar su cumplimiento.

El entrevistado, se negó sistemáticamente al cumplimiento de obligaciones establecidas y reguladas por normas federales, intentado utilizar la figura de una asociación como medio de presión para fines particulares. En cuanto a las actividades de quienes se autodenominaron como “organización sindical” en el año 2024 contaron con las facilidades logísticas para hacer uso de su derecho de libre asociación, sin embargo, no es facultad de esta Casa de Estudios el reconocimiento o acreditación de ningún sindicato ni tampoco se han presentado más docentes con acreditaciones de “afiliados”.

Al día de la fecha no se cuenta con información de la emisión de alguna resolución o toma de nota por parte del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) que notifique la constitución de alguna organización sindical al interior de esta Casa de Estudios.

En la UNRC se cumple de manera absoluta con los derechos laborales de las y los trabajadores, sin que esto represente la obligatoriedad de cumplir exigencias fuera de la norma y que tiene como finalidad un beneficio personal sobre el colectivo, pero, sobre todo, en perjuicio de la comunidad estudiantil.

Para el caso que nos ocupa, se cuenta con registros en los que el personal se ha negado a presentar informes de actividades de investigación u otras que complementaran su actividad, intentado hacer uso de la figura de la asociación que menciona como medida de presión, además de que proporcionó información falsa al declarar que no contaba con otro empleo en la Administración Pública Federal y ocultando otra plaza que desempeña en otra institución para evadir la entrega de su formato de Compatibilidad con Dictamen favorable que permite garantizar, para el caso de impartición docente, se cumpla a cabalidad con la atención del estudiantado de ambas instituciones.

Por otro lado, y en lo que se refiere a la restricción para realizar actividades, el Consejo Académico, integrado por representaciones docentes, administrativas y estudiantiles, es el Órgano Colegiado que, en el marco de sus atribuciones, establece las disposiciones generales encaminadas a la mejor organización y funcionamiento de la Universidad, por lo que a través de este Consejo, se establecen y aprueban los mecanismos para la autorización y desarrollo de actividades por parte del personal docente, debiendo cumplir con los requisitos para llevar a cabo los mismos. Ninguna persona u organización puede hacer uso de ningún espacio sin atender lo establecido.

Esta casa de estudios siempre estará abierta a la libre manifestación de las ideas, en el marco del respeto, veracidad y la disposición de diálogos que fortalecen a nuestra institución. Nuestro compromiso es con el país y con las generaciones presentes y futuras.

Finalmente, es importante reiterar que en la Universidad Nacional Rosario Castellanos convergen gran diversidad de pensamientos y concepciones culturales, que favorecen el pensamiento crítico, ética, libertad y respeto por todas las personas; por ello nuestras puertas y la de las instancias responsables de dar seguimiento y solución a situaciones que afecten la sana convivencia están abiertas.

A propósito del derecho de réplica solicitado por la Universidad Rosario Castellanos respecto a la nota publicada el 15 de agosto de 2026 “Trabajadores denuncian persecución laboral y de género en la Universidad Rosario Castellanos” y  la nota publicada el 29 de agosto de 2026 “Despiden a otro dirigente sindical en la Universidad Rosario Castellanos” consideramos necesario hacer algunas precisiones respecto al proceso por el cual se obtuvieron los datos, y aportar algunos elementos del conflicto laboral que atraviesan los trabajadores de la Institución. 

Repuesta de la reportera y la redacción

Antes de la publicación de la nota Trabajadores denuncian persecución laboral y de género en la Universidad Rosario Castellanos el medio buscó la postura de la Universidad Rosario Castellanos respecto de los hechos que serían abordados. El 12 de agosto de 2026, se estableció contacto con el área de atención ciudadana, bajo el cargo del Mtro. Arturo Jaime López, mediante correo electrónico a quien se le solicitaron responder las siguientes preguntas para conocer la postura de la Universidad antes del 14 de agosto debido al cierre editorial. 

Sobre la organización sindical

  1. ¿Cuál es la postura de la Universidad Nacional Rosario Castellanos respecto al proceso de organización de la Asociación Sindical Única de Trabajadores Educativos de la Universidad Nacional Rosario Castellanos (ASUTEUNRC)?
  2. ¿La Universidad ha recibido solicitudes de diálogo o comunicación por parte de integrantes de esta organización? En caso afirmativo, ¿cuál ha sido la respuesta institucional?
  3. ¿La Universidad ha intervenido de alguna manera en el procedimiento relacionado con la solicitud de reconocimiento de la dirigencia sindical ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje? En caso afirmativo, ¿de qué manera?
  4. ¿Cuál es la postura de la Universidad respecto al derecho de sus trabajadores a organizarse y constituir sindicatos?

Sobre las condiciones laborales

  1. Integrantes de la organización sindical han señalado que diversas inconformidades relacionadas con las condiciones laborales fueron uno de los motivos que impulsaron su organización. ¿Cuál es la postura de la Universidad frente a estos señalamientos?
  2. ¿Qué tipo de contratación tiene actualmente el personal docente de la Universidad y cuáles son las prestaciones laborales que corresponden a cada modalidad?
  3. ¿La Universidad ha recibido quejas o inconformidades de trabajadores relacionadas con sus condiciones laborales? En caso afirmativo, ¿qué mecanismos existen para atenderlas y cuál ha sido la respuesta institucional?
  4. ¿La Universidad cuenta con mecanismos de diálogo o representación para que los trabajadores puedan plantear colectivamente sus inconformidades laborales?

Cuando se dio el cierre del proceso de edición, no se había recibido respuesta por parte de la institución. La Universidad hizo llegar posteriormente su posicionamiento el 24 de agosto de 2026, nueve días después de la publicación de la nota. En su comunicación, la institución presentó un oficio donde se da respuesta a algunas de las preguntas mostradas previamente.

Sin embargo, dicha respuesta enviada por la Universidad incluía una leyenda confusa relativa al uso de la información en la que parecía advertir que el acceso, uso, divulgación, distribución o reproducción no autorizada del mensaje estaba prohibida y que su incumplimiento podría generar responsabilidades administrativas, civiles o penales. Ante esta advertencia, la información fue tratada bajo la consideración de que no podía ser reproducida. 

Unos días después de la publicación de la nota, el 18 de agosto de 2026, el profesor Javier Gaméz fue despedido, así que fue entrevistado. En la nota publicada el 29 de agosto, habla sobre la forma en la que lo despidieron, los motivos que le dieron para su despido y comentó situaciones que se vivieron dentro de la universidad y con otros miembros de la asociación sindical que también fueron cesados de la Universidad, frente a su despido, y bajo el contexto de aproximadamente 2 años de exigencias por parte de las y los profesores de que su sindicato sea reconocido. Los casos documentados no pueden ser tomados como hechos aislados, sino dentro de un proceso más amplio de organización por parte de los trabajadores de la Universidad Rosario Castellanos. 

Asimismo, esta redacción tiene conocimiento de al menos otro caso no señalado con el actual, en el que un profesor tuvo que dejar la Universidad, y quien alegó acoso laboral. La réplica de la Universidad busca garantizar que la institución pueda presentar su versión de los hechos y que las personas lectoras puedan conocer las distintas versiones involucradas. Al mismo tiempo, consideramos necesario ofrecer el contexto del proceso que se llevó a cabo para la cobertura, incluyendo las gestiones para obtener la postura de la Universidad antes de la publicación y los hechos ocurridos posteriormente. 

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