Texto: Daniela Rea.
Fotografía: Mónica González
Margarita Pino, de 41 años de edad, interpuso un amparo ante la Corte porque el ISSSTE le negó el derecho al aborto, pese a que su salud corría peligro por contar con hipertensión y diabetes.
El servicio le fue negado en la Ciudad de México donde el aborto es legal cuando se practique antes de las 12 semanas de gestación, con el argumento de que el ISSSTE es una institución federal y a nivel federal, en artículo 332 del Código Penal Federal, el aborto se castigará con seis meses a un año de prisión “a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurren estas tres circunstancias: que no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo y que éste sea fruto de una unión ilegítima. Faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le aplicarán de uno a cinco años de prisión”.
Margarita debió pagar los servicios de aborto en una clínica privada para practicarse el aborto.
GIRE, que acompaña judicialmente a la mujer, metió un amparo contra el ISSSTE por no atenderla, cuando la ley opera sobre el territorio (en este caso la que permite el aborto en el DF). El juez a cargo resolvió que no hay norma que aplicar, pues Margarita se practicó de todos modos el aborto. Así, GIRE decidió meter un recurso para que la Corte atrajera el caso.
El caso llegó a la Corte en el año 2015 y se discutió el pasado 29 de junio del 2016, los ministros de la Primera Sala desecharon el proyecto del Ministro Zaldívar quien proponía declarar discriminatorios e inconstitucionales los artículos 333 y 334 del CPF, por considerar que criminalizan a las mujeres al negarles el derecho al aborto legal c
Cuando su salud corre peligro. En pocas palabras, declaraba inconstitucional el delito de abortar.Los argumentos del rechazo fueron semejantes a los del juez, que ella se realizó el aborto en una clínica privada y por tanto, no era procedente analizar el caso.
En la discusión, Zaldívar defendió su proyecto, insistió en que el Código Penal es discriminatorio y estigmatizante, además de inhibir el uso y goce de los derechos sexuales y reproductivos, y ponderar por encima de la salud de las mujeres, el producto en gestación.
Ahora, el proyecto deberá ser reescrito por otro Ministro. GIRE señaló en un comunicado que los ministros decidieron no discutir el fondo del tema, que es la inconstitucionalidad de la penalización del aborto.
“Estamos esperando el proyecto del ministro Gutiérrez Mena, no será tan alto en sus estándares como el del ministro Zaldívar, pero esperamos que se pronuncie por el tema de salud, si abre la causal salud en el código penal federal, puede ser un argumento para que se permita en los 16 estados donde no lo es”, señaló Rebeca Ramos, de GIRE.
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