16 noviembre, 2022
El Tribunal Unitario Agrario declaró la nulidad de contratos de empresa eólica filial de Renovalia Energy. Es el segundo triunfo de la comunidad zapoteca de Unión Hidalgo contra empresas eólicas trasnacionales. La empresa Demex deberá desocupar y regresar parte de los terrenos que ocupó para su parque eólico Piedra Larga
Texto: Pedro Matías / Página 3
Foto: Prodesc
OAXACA.- Luego de nueve años de lucha legal y resistencia de la comunidad de Unión Hidalgo, el Tribunal Unitario Agrario declaró la nulidad definitiva de contratos de arrendamiento de tierras de comuneros zapotecas.
Ahora la empresa Demex, filial de la firma española Renovalia Energy, deberá desocupar y regresar parte de los terrenos que ocupó para construir el parque eólico “Piedra Larga”.
Así lo dio a conocer Juan Antonio López, coordinador de justicia transnacional del Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC).
Resaltó que con esta sentencia, es la segunda, que el Tribunal Unitario Agrario del distrito 22, con sede en la ciudad de Tuxtepec, Oaxaca, declara la nulidad definitiva de contratos de arrendamiento de tierras de comuneros a empresas eólicas transnacionales.
Cabe destacar que esta sentencia se da luego de un largo periodo de 9 años en los que la comunidad zapoteca y ProDESC comenzaron la defensa del territorio.
La lucha fue ante los despojos concretados por Demex en 2006 y 2011 durante los cuales, representantes de la empresa Demex llegaron a la comunidad de Unión Hidalgo para convencerlos de rentar sus tierras para la instalación del parque eólico Piedra Larga.
De acuerdo con la sentencia, la filial mexicana Demex está obligada a desocupar algunos de los terrenos del parque eólico Piedra Larga, ubicados en tierras comunales de Unión Hidalgo, en el Istmo de Tehuantepec, en el sur de México.
Esta nueva victoria demuestra que se avanza en la defensa del territorio de las comunidades agrarias del país ante el despojo de empresas transnacionales coludidas con funcionarios corruptos.
Con el fallo en contra de Desarrollos Eólicos Mexicanos S.A de C.V. (Demex), el Tribunal reconoció el carácter comunal y agrario de las tierras donde levantaron su complejo de generación de energía que la compañía indebidamente “rentó” como propiedad privada.
Juan Antonio López manifestó que “esta sentencia no solo beneficia a los comuneros de Unión Hidalgo o del Istmo de Tehuantepec, sino que tiene repercusiones en todo el país.”
“Lanza el precedente para que cualquier comunero del país pueda, en el futuro, declarar la nulidad de los contratos en caso de que hayan sido autorizados de manera individual y no mediante acuerdo de una Asamblea General de Comuneros”.
Insistió en que la sentencia demuestra que se puede avanzar en la defensa del territorio de las comunidades agrarias ante el despojo por parte de grandes empresas transnacionales, coludidas con funcionarios públicos.
Esta nueva sentencia se da luego de que en septiembre de 2022 el tribunal otorgó a 11 comuneros de Unión Hidalgo la nulidad de los contratos de arrendamiento de tierras con los que una empresa opera este complejo eólico en Juchitán de Zaragoza, Oaxaca.
El fallo en contra de Desarrollos Eólicos Mexicanos S.A de C.V. (Demex) estableció que las tierras donde levantaron su complejo de generación de energía son tierras comunales y no propiedad privada como las consideraron.
*Esta nota fue realizada por PÁGINA 3, parte de la alianza de medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes leerla.
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