Senado aprueba proyecto para prohibir terapias de reorientación sexual 

12 octubre, 2022

TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 20OCTUBRE2020.- Integrantes de la comunidad LGBTTTIQ+ acudieron a la Cámara de Diputados local, en donde se aprobó en el pleno la iniciativa para prohibir y sancionar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género en la entidad. Convirtiéndose en el segundo estado en penalizar estas prácticas hasta con 3 años de prisión. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

El Senado mexicano aprobó un dictamen plantea penas de hasta seis años de prisión a quien realice las terapias de reorientación sexual, conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig). El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados

Texto: Redacción Pie de Página

Fotos: Crisanta Espinosa / Archivo Cuartoscuro 

CIUDAD DE MÉXICO.- Este martes el Senado de la República aprobó el dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, con el objetivo de prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual.

El documento que prohibe los llamados Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género, Ecosig, fue aprobado con 69 votos a favor, dos en contra y 16 abstenciones. Propone sancionar con dos a seis años de prisión y multas de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona. 

Si estas conductas son realizadas contra personas mejores de 18 años o con alguna discapacidad, las sanciones se aplicarían al doble. Sin embargo, si las personas que las realizan son padre, madre o tutor de la víctima, se les aplicarán sanciones de amonestación o apercibimiento, a consideración del juez. 

Las sanciones también aumentarán al doble cuando las personas que caigan en estas prácticas tengan con la víctima relaciones laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación. De la misma manera, cuando se valga de una función pública para cometer el delito o emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima. 

Para determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad de la víctima, se plantea que se soliciten los dictámenes necesarios para conocer su afectación.

Al personal de salud que realice este tipo de prácticas se le aplicarán las mismas penas; además, de ser suspendidos hasta por tres años. En caso de reincidencia, se les cancelaría el registro de su cédula profesional. 

El proyecto de decreto fue remitido a la Cámara de Diputados para su valoración.

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