Periodistas de Yucatán se unen contra la censura penal

21 enero, 2022

Por increíble que parezca, hasta hoy día se abren carpetas de investigación en la Fiscalía con la intención de castigar hasta con dos años de cárcel a quienes supuestamente cometieron difamación. Sin duda estamos ante una normativa ridícula, arcaica y obsoleta.

Herbeth Escalante

A pesar de que desde el 2007 el Congreso de la Unión aprobó diversas reformas para derogar del Código Penal federal los delitos contra el honor en México, en Yucatán se sigue persiguiendo y castigando con cárcel la difamación, lo que sin duda representa un obstáculo para la libertad de expresión y una herramienta de censura para las y los periodistas.

Por increíble que parezca, hasta hoy día se abren carpetas de investigación en la Fiscalía de Yucatán con la intención de castigar hasta con dos años de cárcel a quienes supuestamente cometieron difamación. Sin duda estamos ante una normativa ridícula, arcaica y obsoleta.

En el artículo 295 del Código Penal de Yucatán se establecen penas que van de los tres días a dos años de prisión, o de 20 a 200 días de multa por dicho delito. Para muchos periodistas yucatecos, esto significa que en nuestra entidad prevalece la censura penal en contra de nuestra actividad profesional.

Como me dijo un compañero recientemente: Un periodista no difama; el que difama, no es periodista. Partiendo de esta premisa, no podemos seguir permitiendo que existan regulaciones que inhiban nuestro ejercicio de libertad de expresión; o lo que es peor, que la sancione.

Ante un escenario complicado en el que los periodistas se enfrentan a la censura que le aplican los propios medios de comunicación en los que laboran, o ante las constantes presiones de los gobernantes en turno para tratar de callar voces críticas, es urgente reformar Códigos que, actualmente, resulten violatorios de derechos humanos.

En los municipios del interior del estado, principalmente, se han reportado casos de alcaldes y funcionarios que amenazan a comunicadores con denunciarlos penalmente cuando publican alguna nota periodística que evidencia irregularidades en sus acciones públicas. Por supuesto, hay quienes sí han cumplido sus amenazas. 

Pero en general, las y los periodistas yucatecos constantemente son intimidados con ser denunciados por personajes públicos cuando éstos son cuestionados o criticados en notas, reportajes o artículos periodísticos. Lo hacen con la intención de censurarlos, amedrentarlos y hostigarlos.

Esta situación pone en estado de vulnerabilidad a las y a los periodistas; pues aunque difícilmente procederían estas denuncias penales, la realidad es que es el Código local tiene abiertas las puertas para que prevalezca la intimidación.

Por tal razón, periodistas de Yucatán nos estamos organizando para entregar una solicitud formal al Congreso del Estado –cuando inicie el próximo periodo ordinario de sesiones- para que las y los diputados impulsen reformas de ley para derogar el delito de difamación en la entidad.

Hemos creado una plataforma de Internet en el que se profundiza sobre las razones por las que se debe modificar el Código Penal local para garantizar el ejercicio pleno de nuestra actividad periodística, como lo han solicitado organismos internacionales de derechos humanos.

No estamos solicitando nada del otro mundo. Únicamente hay que armonizarse con la normativa federal, pues, insisto, desde hace 14 años que se eliminaron los delitos contra el honor en nuestro país. Yucatán es de los siete estados que aún no lo ha hecho.

Y por supuesto, hay que dejarlo claro, derogar el delito de difamación no será un cheque en blanco para las y los periodistas, ni mucho menos una licencia para “atacar” políticos o ciudadanos;  pues para proteger la reputación de todas las personas existen las sanciones civiles.

La propia Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) lo señala:

“Principio 10.- Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público.  Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas”.

Por lo pronto, las y los periodistas yucatecos estamos recabando firmas entre nuestras compañeras y compañeros que se están sumando a esta iniciativa, para que en breve se la entreguemos al Legislativo. De igual forma, asociaciones civiles defensoras de derechos humanos han manifestado su  interés por respaldarla.

Para conocer más a fondo la propuesta e incluso firmarla, se puede consultar en el sitio www.iniciativaperiodismo.com.

Portal periodístico independiente, conformado por una red de periodistas nacionales e internacionales expertos en temas sociales y de derechos humanos.