19 enero, 2022
La Suprema Corte pospuso la discusión, prevista para este miércoles, de un amparo que interpuso la comunidad nahua de Tecoltemi, en Puebla, en la cual se argumenta que la Ley Minera viola los derechos de los pueblos indígenas y la Constitución. Los pobladores han reunido más de 10 mil firmas para avalar su demanda
Texto Aranzazú Ayala Martínez / Lado B
Foto: Marlene Martínez
Actualización: 19 de enero de 2022
PUEBLA.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tenía previsto discutir este miércoles el Amparo en Revisión 134/2021 interpuesto por la comunidad de Tecoltemi, Ixtacamaxtitlán, en contra de la Ley Minera, por considerar que ésta viola los derechos de los pueblos indígenas y el artículo 2 de la Constitución Mexicana.
Sin embargo, durante la sesión, el Ministro Ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo, informó a la Sala que el asunto quedaría en lista, es decir, que la discusión será pospuesta. El ministro no explicó por qué y por el momento, sin fecha prevista.
El martes pasado, comunidades de la Sierra Norte de Puebla protestaron frente a la Suprema Corte en la Ciudad de México, en demanda de que la Primera Sala falle a favor de la demanda. Además, entregaron 40 cartas de autoridades comunitarias y 10 mil 698 firmas que piden declarar inconstitucional la Ley Minera.
En entrevista para LADO B, Diana Pérez, abogada del Consejo Tiyat Tlali, explicó que hace casi siete años la comunidad de Tecoltemi, interpuso una demanda de amparo contra la Secretaría de Economía, el Congreso y la Presidencia por las concesiones mineras otorgadas a Minera Gorrión —filial de la canadiense Almaden Minerals—
La comunidad exige la cancelación de los permisos otorgados con base en la Ley Minera, pues van en contra de algunos artículos de la Constitución Política y viola los derechos de los pueblos indígenas.
Este recurso legal es parte de una lucha que lleva casi una década. Las comunidades buscan que no se realice el proyecto de explotación de una mina de oro a cielo abierto que traería daños irreversibles al medio ambiente, además de otras afectaciones, como enfermedades en animales y falta de agua.
En este amparo que pide que se cancelen las concesiones mineras en Ixtacamaxtitlán. También se analizan varios artículos de la Ley Minera, particularmente el 6, 10, 15 y 19, tomando como base la perspectiva de derechos humanos.
La abogada explicó que en la revisión de la legislación se encontró que dichos artículos van contra la posibilidad de reproducción de la vida de los pueblos originarios. Por ejemplo, el artículo 6 dice que las actividades mineras son de utilidad preferente y pública sobre cualquier otro uso que se le dé al territorio.
El artículo 15 dice que las concesiones pueden durar hasta 100 años. En ese periodo, quien las posea tiene derecho a explotar y controlar la tierra, recursos y vida dentro de los polígonos.
Por otra parte, el artículo 19 da derecho a los titulares de las concesiones a expropiar u ocupar los terrenos que sean necesarios, además de usar el recurso hídrico no sólo para los trabajos de minería sino para otras cosas, dando preferencia al extractivismo sobre las demás actividades.
La Ley Minera, publicada en 1992, abrió a México a un sector minero, dando como resultados que, al día de hoy, cerca del 8.5 por ciento del territorio nacional está concesionado específicamente a la minería. La abogada de Tiyat Tlali dijo que si bien esta legislación no regula la vida de los pueblos indígenas, sí los afecta directamente.
La propia Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) emitió un comunicado el 13 de enero en el que destacó que la Ley Minera privilegia el extractivismo por encima del cuidado del territorio y del agua.
La dependencia federal expresó su interés en el caso, reiterando que “la preferencia establecida por la Ley para la minería es contraria a la preferencia que tiene el derecho al medio ambiente sano, así como al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades indígenas”.
A la par, las organizaciones Tiyat Tlali y Fundar, quienes han acompañado el proceso de lucha legal de las comunidades de Ixtacamaxtitlán, han lanzado una campaña en la plataforma Change.org para recabar firmas —al momento llevan 10 mil 718 de las 15 mil que buscan— y pedir que la SCJN declare inconvencional e inconstitucional la Ley Minera.
Esta nota fue publicada originalmente por LADO B, que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes consultar la publicación original
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