En el 2019 se aprobó una reforma la Ley Federal del Trabajo que beneficia a las y los jornaleros agrícolas del país. Sin embargo, hacer realidad los derechos aún es tarea pendiente: la población jornalera carece de contratos que les permitan acceder a las prestaciones que por ley son acreedores, trabajan para diferentes empleadores a través de las temporadas de cosecha, no acumulan antigüedad y no tienen acceso a seguridad social
Por María Elena Camiro, Claudia García* / Alianza Campo Justo
“Los derechos no se piden, se exigen” resume la situación por la que atraviesa la población jornalera en México. Como hemos dicho con anterioridad desde la Alianza Campo Justo, las personas jornaleras han sido invisibilizadas históricamente por el Estado y a pesar de las reformas al marco normativo que buscan beneficiarles, su implementación no ha logrado el acceso a condiciones de vida y laborales dignas por parte de esta población.
A pesar de que la reforma a la Ley Federal del Trabajo del 2019 busca garantizar seguridad social, un salario profesional mínimo y antigüedad para las personas trabajadoras del campo, esto sigue sin ser una realidad en los campos agrícolas, como expresó en entrevista Lorenzo Rodríguez, secretario general del Sindicato Independiente Nacional Democrático de Jornaleros Agrícolas (SINDJA). Además, dicha reforma no parece retomar el contexto de movilidad, así como los obstáculos que esto representa para la agremiación y la informalidad del sector.
Si bien la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, expresó con respecto a la reforma la importancia de la contratación colectiva para poder mejorar los salarios y las condiciones de trabajo, continúa siendo una interrogante el cómo garantizar el derecho a la asociación y la libertad sindical. Para Lorenzo, la brecha educativa es uno de los mayores obstáculos, ya que en mucho de los casos las personas trabajadoras agrícolas no tuvieron la oportunidad de aprender a leer y a escribir, por lo que acceder a derechos básicos sigue siendo una realidad lejana.
La aprobación de una norma jurídica no tiene impactos automáticos en la garantía de derechos, no incide directamente en la realidad de las personas. Aún más cuando estas normas no son creadas acorde a los contextos que vive la población a las que están dirigidas. A poco más de un año de su aprobación, nos es importante problematizar cómo se verá implementada la Ley Federal del Trabajo tomando en cuenta que, en gran medida, la población jornalera carece de contratos que les permitan acceder a las prestaciones que por ley son acreedores, a que trabajan para diferentes empleadores a través de las temporadas de cosecha, imposibilitando acumular antigüedad que realmente les prevea seguridad, y a que viven al día por lo cual el acceder a servicios de salud del seguro social si se accidentan o enferman, así como tener periodos de incapacidad, sea un lujo que no pueden tomar, pues les es descontado ese día de sus salarios.
Regular y garantizar los derechos de las y los trabajadores del campo tiene muchos obstáculos, y es necesario que desde las instancias gubernamentales obligadas a hacerlo trabajen de la mano con las personas jornaleras y las organizaciones que les acompañan para conocer de viva voz estas problemáticas y atenderlas de manera efectiva.
Se necesita que las instancias cuyo mandato es proteger a las personas trabajadoras vigilen a las empresas y ranchos que emplean trabajadores estacionales, ya que muchos de estos están fuera de la ley lo que hace del abuso una práctica común. Además, deben asegurarse de que los centros de trabajo lleven registros verídicos que permitan calcular la antigüedad en el trabajo y las prestaciones, así como que las condiciones mínimas de higiene y salubridad les sean previstas a las personas jornaleras y sus familias.
Para todo lo anterior, un andamiaje institucional fuerte y capacitado es necesario, que contemple las necesidades de la población. Desde la Alianza exhortamos de nueva cuenta al gobierno mexicano a que promueva la articulación entre dependencias para trabajar por los derechos, no sólo laborales, de una población históricamente discriminada y que este proceso incluya una visión intercultural y de género.
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