30 agosto, 2020
La participación de la ONU en las indagatorias por desaparión forzada es un avance importante para presionar a México a resolver los casos y avanzar en la justicia y contra la impunidad. Sin embargo, estos mecanismos internacionales son sólo complementarios, advierten defensores de derechos humanos
Texto: Reyna Haydeé Ramírez
Foto: Archivo / Andro Aguilar
Que la Organización de las Naciones Unidas pueda conocer, pedir información o intervenir en casos de desaparición forzada y derechos humanos será una especie de palanca de peso para presionar al gobierno mexicano para avanzar contra la impunidad, pero no resuelve de fondo el problema.
Representantes de organizaciones civiles han buscado por años, incluso por la vía legal, que la ONU intervenga en México, que sea invitada, ante los cerca de 75 mil casos de desaparición forzada acumulados en el territorio nacional desde la década de los años sesenta. Hoy ven un gran avance.
El lunes 24 de agosto, a pregunta de este medio, sobre la Impunidad que prevalece a 10 años en el secuestro y asesinato de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas, y que continúa la desaparición de personas en esa región -y el país- el presidente informó que ese mismo día enviaría el documento al Senado donde por fin el gobierno mexicano acepta la intervención de la ONU.
“Una aprobación del Ejecutivo, es decir, nuestra aceptación para que en los temas de desaparición forzada o forzosa, en todo lo que es la violación de derechos humanos pueda intervenir sin ninguna limitación la ONU. Eso no se había aceptado por parte de México”, precisó el presidente Andrés Manuel López Obrador en la conferencia matutina.
El documento de seis hojas fue enviado al día siguiente por la Secretaría de Gobernación, oficio SG/UE/230/1337 /20, y está pendiente para discutirse y en su caso aprobarse, posiblemente en el periodo de sesiones del Senado de la República que inicia este martes 1 de septiembre.
De aprobarlo ser aprobado por el Senado, la ONU podrá intervenir en casos particulares en México.
«El reconocimiento de la competencia será un catalizador para la prevención, investigación y esclarecimiento de casos, al tiempo que contribuirá a impulsar la reconciliación con base en la verdad, la justicia, la sanción, la reparación y la garantía de no repetición, de los delitos en materia de desaparición forzada de personas”, destaca el documento presidencial”, se destaca en el documento.
La Comisión Nacional de Búsqueda registra 75 mil 67 personas desaparecidas y no localizadas al 30 de agosto del 2020, que representan el 41 por ciento de las 180 mil 756 personas desaparecidas en México del 15 de marzo de 1964 al 30 de agosto de 2020.
Desde el 2010 se buscaba que la ONU pudiera intervenir, incluso hacer visitas de reconocimiento en México, para ver lo que estaba pasando con los miles de muertos y desapariciones que se empezaron a acumular en México con la llamada guerra contra el narcotráfico.
Se ratificó la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, adoptada en 2006, vigente para México desde el 23 de diciembre de 2010, pero no se aceptó la intervención directa de la ONU en casos particulares. Esto llevó a una lucha social y legal de familiares de las víctimas.
María Luisa Aguilar, internacionalista del Centro Prodh, explica que México se negaba a aceptar la competencia de la ONU, incluso ya iniciada esta administración, pese al compromiso público de López Obrador el 30 de agosto de 2019. Contra la instrucción presidencial, el titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, no se allanó en el recurso de revisión que seis meses antes había interpuesto para frenar la competencia de la ONU.
“Desde 2010 el Estado mexicano decía que estaba en consulta, para ver si aceptaban, en 2015 llegaron varias recomendaciones de que se aceptara y el Estado siempre decía estamos en consulta, literalmente diez años después las consultas no terminaban”, recuerda.
“El presidente, si lo recordamos desde hace un año, el 30 de agosto del 2019, en una de las instrucciones que da, dice que se abra México al escrutinio internacional, y que el Comité pueda recibir los casos individuales, y las visitas”, expone.
En 2018, el Centro Prodh tomó como suyo el caso de María Herrera, una madre con cuatro hijos desaparecidos en Guerrero y Veracruz, y promueve un amparo.
“María Herrera, desde hace más de 12 años, dos de sus hijos desaparecieron en 2008 y otros dos de sus hijos en 2010, interpuso un amparo acompañada por el Centro Prodh para exigir que la Cancillería (mexicana) culminara el proceso que ellos llamaban de consulta”, explica Aguilar.
María ganó el amparo en primera instancia en febrero del 2019, en marzo entra el recurso de revisión de la Cancillería y el caso se va a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
“El recurso de revisión lo interpuso Ebrard centrado en que el Poder Judicial no podía dictar la política exterior de México…(sic) pero la política exterior tiene que estar guiada por los tratados internacionales, dada la crisis de desapariciones”, señaló Aguilar.
“Las organizaciones insistimos mucho desde los colectivos de familias, en qué momento se va a materializar la instrucción del presidente, casi cerca de un año y no se había instrumentado, que era porque seguían las consultas, los procesos internos, pero la realidad es que nunca se dio una respuesta concreta de por qué no se cumplía la instrucción”, añadió.
El proceso aún está vigente en la Corte.
“Lo cierto es que al día de hoy el proceso central no está en la Corte sino en el Senado… el Senado tiene que hacer una evaluación y sólo después de eso el Ejecutivo puede depositar la declaración”, dijo Aguilar.
En algunas instituciones como fiscalías, la Cancillería o Sedena, sigue habiendo mucha resistencia a que México se abra al escrutinio internacional, explica Aguilar.
“Esas resistencias vienen de espacios como las propias fiscalías estatales, Fiscalía General de la República o algunos de sus integrantes porque ven estos espacios con un poco de resquemor.
“La propia Cancillería ha dicho que México está sobreevaluado, y hay un escrutinio muy amplio; y también de las fuerzas armadas, porque muchos de los casos de que han llegado a organismos internacionales son donde están involucradas las fuerzas armadas.
Una esperanza, un logro, un nuevo ente internacional para demandar justicia, un avance importante, una palanca para presionar a México a resolver casos de desaparición forzada y avanzar en la justicia y contra la impunidad. Así lo ven y lo celebran los organismos defensores de derechos humanos.
Edgar Cortez Morales, coordinador de proyectos del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Imdhd), expone que esta medida servirá para presionar, insistir frente a la autoridad para que investigue, avance.
“Será una palanca de presión más frente a las instituciones del Estado, para que hagan lo que se han dejado de hacer, o no han querido, o no han podido, en los casos de desapariciones forzadas.
“El Comité indagará, pedirá información al Estado, a la víctima, y con la información que reciba podrá plantear que hubo una desaparición y que el Estado no está haciendo lo necesario para esclarecer el caso”, precisa Cortez.
Que México permitiera a la ONU intervenir en casos de desaparición forzada es una petición que se había hecho por varios colectivos de familiares de desaparecidos, desde 2018.
“En noviembre de 2018, en una reunión el Comité de la ONU en Ginebra Suiza, en esa ocasión el subsecretario de Derechos Humanos, ya se anunciaba que sería Alejandro Encinas, se comprometió a que el Estado reconocería esta competencia particular a la ONU.
Este reconocimiento tiene un alcance limitado, pero no deja de ser importante, indica el también abogado en Imdhd.
“Es un avance, pero un avance que lamentablemente no tiene en sí mismo un resultado directo en justicia para las víctimas y la razón es que los mecanismos de Naciones Unidas no sustituyen a los órganos de impartición de justicia, sólo son complementarios”, advierte Cortez Morales.
Históricamente México abrió como país sus puertas a la ONU desde el año 2000, en decenas de tema tortura, violencia contra mujeres, niños.
“Pero no la competencia para revisar casos en lo individual, eso es la novedad, es una nueva herramienta, que puede serle útil a las familias con personas desaparecidas.
¿Por qué no se avanza en encontrar a desparecidos?
Hay varias causas, explica Edgar Cortez. Una es porque no han logrado desarrollar una metodología más rigurosa de investigación de los delitos.
En muchos casos se mantiene la investigación de las desapariciones una por una, aisladas, cuando algunos casos tienen patrones comunes o son realizadas por el mismo grupo delincuencial, delitos que tienen que ver con un mismo posible responsable.
En muchos casos son desapariciones que ya tienen muchos años atrás. No es que no sea posible encontrarlos, señala, pero el nivel de complejidad es mayor.
También porque nuestras fiscalías están rebasadas, cuando uno piensa en más de 75 mil desaparecidos, parece imposible que se pueda resolver en lo individual, por eso se ha planteado hacer más investigaciones con patrones que puedan llevar a rastrear elementos para un conjunto de casos.
El Comité, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, no son mecanismos que suplan a la justicia de nuestro país, ayudan, cooperan, y plantean, pero en el fondo la solución al fondo está en lo que se pueda hacer con las instituciones. Y eso es lo que lamentablemente no ha sucedido.
Lo que no hemos hecho es realmente empezar a modificar la manera de trabajar, la metodología, que debe seguir la Fiscalía federal, las fiscalías de los Estados, o las comisiones de búsqueda.
El gran tema es cómo desarrollar metodologías para investigar conjuntos de desapariciones que puedan tener características similares. Hoy cada ministerio público hace su investigación aislada.
“La realidad es que las fiscalías siguen investigando como lo han hecho toda la vida, y realmente no han innovado. Una nueva metodología la tienen que hacer las fiscalías, federal y estatales, en conjunto quienes, un posible manual”, advierte.
Lo segundo, añade, es desarrollar capacidades no sólo para ministerios públicos, también para policías de campo, policías que tengan capacidad para investigar. Buscar perfiles para investigar información de gabinete, patrones, procesar información. Eso significa contratar más personas. Y una inversión en Servicios Periciales para poder avanzar en la identificación de restos.
El Presidente podría animar a implementar un plan federal, con la Fiscalía General de la República y las fiscalías de los Estados.
Cortez Morales puso de ejemplo que en 2019, en la conferencia nacional de secretarios de Seguridad Pública se aprobó un programa nacional con policías de proximidad, dijeron que de un renglón del presupuesto que va de los recursos para los municipios le iban a dedicar cuando menos 40 por ciento de ese presupuesto para ese programa. Pero el Ejecutivo lo mandó en cero recursos.
“El Ejecutivo tiene que proponer, pero luego asegurar que haya recursos, porque planes sin recursos solo son buenos deseos.
El activista señala que hay que insistir en recursos y metodología, porque atender la desaparición forzada es un problema que no tiene solución inmediata.
“Ese es un gran problema: haces ese plan, inviertes dinero, los resultados no los va a capitalizar un presidente, tal vez un gobernador, otro presidente, ese es un problema, porque los políticos lo que quieren es tener el crédito político y estos caso parece difícil porque todos son problemas viejos”.
Aguilar coincide en que la decisión de aceptar la Comisión no resuelve la crisis de desapariciones en México.
“Pero no va a haber una sola acción del gobierno fedderal que resuelva la crisis de desapariciones”, advierte.
Para el Centro Prodh significa que México está abierto a una nueva instancia de escrutinio internacional en casos de desaparición forzada. Y para los mexicanos una oportunidad más de acudir a la justicia internacional.
Otro pendiente, que esperan se resuelva una vez que el Senado apruebe la petición de Presidencia, es que se programe o se invite al Comité de la ONU a visitar México, lo que han solicitado más de cinco veces. Pero se requiere el consentimiento del Estado.
“Que puedan hacer una visita podría darles mucho más elementos para poder generar esquemas de cooperación y de asistencia”, puntualizó Aguilar.
La Convención contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas establece:
“Se trata del arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de la libertad que sea obra de agentes del Estado, o personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la Ley”.
Es decir cuando la privación ilegal de la libertad la cometen funcionarios públicos, policías, etcétera, o cuando la cometen terceros civiles y las autoridades los solapan, consienten, ayudan o son negligentes en castigar a los responsables o en negarse encontrar a las personas desaparecidas.
Una vez que un gobierno permite la intervención de la ONU en el tema de la desaparición forzada y derechos humanos, tendrán autorización para atender y acompañar casos individuales de familiares que consideren que el Estado no está haciendo lo suficiente para encontrar a la persona desaparecida.
En el documento enviado por el gobierno de México al Senado, se destaca que el Comité está integrado por diez expertos, que deben ser honorables e imparciales.
Entre otras acciones, el Comité puede examinar, de manera urgente, toda petición presentada por los allegados de una persona desaparecida, sus representantes legales, sus abogados o las personas autorizadas por ellos, así como todo aquel que tenga un interés legítimo, a fin de que se le busque y localice.
Con este reconocimiento de su competencia, el Comité podrá recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentren bajo su jurisdicción o en nombre de ellas, que aleguen ser víctima de violaciones a las disposiciones contenidas en el tratado firmado con la Convención.
Y podrá declarar admisibles las comunicaciones individuales cuando el peticionario haya agotado los recursos internos, en este caso en México, a menos que éstos excedan los plazos razonables.
“Una vez recibida la comunicación y antes de decidir sobre el fondo, el Comité puede dirigir al Estado Parte en cuestión, una solicitud para que adopte las medidas cautelares necesarias, con miras a evitar posibles daños irreparables a la víctima o las víctimas de la supuesta violación”, se precisa.
La facultad del Comité, se añade, no prejuzga o sobre la admisibilidad o sobre el fondo de la petición individual. Si la comunicación es admitida, el Comité la transmite al Estado Parte interesado, el cual contará con un plazo determinado para proporcionar observaciones y comentarios. Posteriormente, el Comité informará al peticionario la respuesta proporcionada por el Estado Parte, sesionará a puerta cerrada para examinar el caso. Al término del procedimiento, el Comité comunica su dictamen al peticionario y al Estado Parte.
Destaca que la Convención es un primer instrumento internacional que contempla de manera integral el derecho a la reparación del daño que va desde la restitución, la readaptación, satisfacción y las garantías de no repetición.
Así como la indemnización rápida, justa y adecuada de las personas afectadas; el derecho a denunciar los hechos ante las autoridades competentes para que éstas examinen rápida e imparcialmente la denuncia, así como la protección del denunciante, los testigos, los allegados de la persona desaparecida y sus defensores, contra cualquier maltrato o intimidación derivado de ello.
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