5 diciembre, 2020
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos atendió su primera audiencia en el caso de Ernestina Ascencio, una mujer indígena nahua que, denuncian organizaciones civiles, murió tras sufrir abuso sexual de militares. Una polémica de 13 años que se ve difícil de solucionar
Texto: Alberto Nájar, con información de Daliri Oropeza
Foto: Rubén Espinosa / Archivo de Cuartoscuro
Ernestina Ascencio Rosario fue encontrada muerta en un paraje de la Sierra Zongolica de Veracruz, en el sureste de México.
Era una mujer de 73 años de edad, indígena nahua que toda su vida enfrentó pobreza. Su cuerpo fue localizado en febrero de 2007.
Las primeras investigaciones apuntaron a una muerte por desangramiento después de sufrir abuso sexual. No fue todo: en ese momento las autoridades estatales acusaron a militares de perpetrar el crimen.
Pero luego cambió la versión. Oficialmente la anciana falleció por la pérdida de sangre debido a una úlcera gástrica, que se complicó por un viejo padecimiento de anemia.
El viraje desató una polémica que no cesa. Más de 13 años después no está claro qué provocó la muerte de Ernestina Ascencio, ni tampoco existe investigación o sanciones a posibles responsables.
El caso, uno de los más emblemáticos en la historia de abusos a derechos humanos cometidos durante la llamada guerra contra el narcotráfico, tuvo un nuevo capítulo este 4 de diciembre.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) atendió una primera audiencia sobre el tema, para escuchar los primeros alegatos y pruebas de las partes en litigio.
Organizaciones civiles y familiares de Ernestina insistieron en la responsabilidad de militares que abusaron sexualmente de la mujer nahua.
Los representantes del Estado Mexicano, especialmente el enviado por la Fiscalía de Justicia de Veracruz, defendieron la tesis inicial.
“El Estado considera que no se cometieron violaciones a derechos humanos en el marco de la investigación por la muerte de la señora Ernestina”, dijo el representante de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, Hernán Cortés Hernández.
La respuesta de los enviados oficiales desató una nueva controversia. Ofrecieron, sin embargo, entregar los datos que sustentan la investigación del caso.
La audiencia de este viernes es el inicio de un proceso donde la Comisión Interamericana analiza las pruebas presentadas por las partes en litigio.
No es un juicio sino la revisión de las implicaciones del caso, especialmente en las eventuales faltas a los protocolos y convenios firmados por México ante la comunidad iberoamericana de derechos humanos.
Del análisis de los argumentos iniciales y los que deberán presentarse en los meses –o años- venideros, se espera una determinación final de la CIDH.
Legalmente sus determinaciones no se refieren a un gobierno, presidente o político en específico, sino al Estado mexicano.
¿Cuáles fueron los argumentos en la primera audiencia de la CIDH?
Los representantes legales de Ernestina Ascencio y sus familiares insistieron en que fue víctima de violencia sexual por parte de elementos militares, asignados a la Sierra Zongolica de Veracruz como parte de la estrategia desatada por el entonces presidente Felipe Calderón.
Exhibieron la contradicción del Estado mexicano en las pesquisas para aclarar el caso, especialmente los peritajes forenses de la entonces Procuraduría de justicia de Veracruz, ahora Fiscalía General.
Y reclamaron: se tiene que garantizar la verdad, justicia y reparación integral del daño a familiares y a las personas que han defendido el caso. Pero sobre todo, la certeza de la no repetición.
Los representantes de la víctima afirmaron que cuentan con dos testimonios que confirman la hipótesis de que Ernestina Ascencio murió a consecuencia de un abuso sexual.
Por su lado los representantes del gobierno mexicano, especialmente el fiscal Cortés Hernández, insistieron en la versión inicial que en 2007 fue avalada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
“Se acreditó científicamente que la muerte de la señora Ernestina fue ocasionada por una anemia aguda por sangrado de tubo digestivo secundario”, leyó el funcionario.
El dictamen, en ese momento, fue “el no ejercicio de la acción penal” en contra de los militares señalados entonces.
“El 30 de abril de 2007 se concluyó que los dictámenes tomados en cuenta de manera contundente, determinaron que la señora Ernestina Ascencio no fue víctima de violación ni falleció a consecuencia de causas externas”.
La decisión “quedó en firme” al no haberse presentado una apelación por parte de los abogados de Ernestina. Es, de hecho, el sustento de las autoridades de Veracruz para cerrar el caso.
Una versión que rechazó la familia de Ernestina Ascencio. La abogada de las víctimas, Carmen Herrera, lamentó la decisión del Estado mexicano de acudir ante la CIDH sólo para confirmar una verdad histórica” en el caso.
Por lo pronto la Comisión Interamericana determinó que las partes tienen hasta el 3 de enero para entregar la información solicitada en la primera audiencia.
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