27 mayo, 2022
Un tribunal colegiado ratificó este jueves la sentencia dictada en marzo del 2021 en contra el sacerdote por violación y abuso sexual. Se hace justicia a la víctima, dice activista; defensa de sacerdote interpone juicio de amparo contra nuevo fallo.
Texto: Blanca Carmona / La Verdad Juárez
Foto: La Verdad Juárez
CIUDAD JUÁREZ. – La sentencia condenatoria en contra del sacerdote Aristeo Trinidad Baca Baca, por los delitos de violación y abuso sexual en contra de una niña que formaba parte de su feligresía, se confirmó este jueves por un tribunal de segunda instancia.
El 2 de marzo de 2021, un Tribunal de Enjuiciamiento sentenció a Aristeo a 34 años cinco meses y 10 días de prisión; esto, por tres delitos probados en contra de una niña: dos violaciones y un abuso sexual. Casi 15 meses después, este 26 de mayo, un tribunal colegiado confirmó la sentencia condenatoria y también la pena; incluida la reparación del daño.
Sin embargo, el sacerdote continúa en prisión domiciliaria, en el domicilio que él proporcionó a la autoridad.
Ante esta nueva decisión judicial, el sentenciado y sus abogados defensores interpusieron un juicio de amparo; as informó este jueves el vocero del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Chihuahua Israel Hernández Domínguez.
El abogado defensor, Maclovio Murillo, calificó el fallo condenatorio contra su representado como inconstitucional y transgresor del estado de derecho; consideraron que se emitió por magistrados que no están ratificados y por ello, dijo, no garantizan la imparcialidad, son carentes de autonomía e independencia.
Elia Orrantia, coordinadora de “Sin Violencia”, la organización civil que participó como coadyuvante de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) que a su vez representó a la menor ofendida, explicó que la ratificación del fallo se dio debido a que tanto la defensa legal del sacerdote como la Comisión Ejecutiva apelaron la sentencia. El primero por considerar que su cliente es inocente y la Comisión respecto a la reparación del daño.
Luego de conocer sobre la ratificación de la sentencia, Orrantia explicó que este viernes 27 de mayo podrá conocer a detalle la última resolución judicial. Asimismo, informó que se tendrá una reunión con los padres de la víctima para explicarles este fallo judicial.
“Estamos contentas y reconocemos el trabajo del aparato judicial; que se haya ratificado los 34 años que le habían dado; aunque va a continuar en prisión domiciliaria como parte de los derechos que le asisten según la ley por la edad y el estado de salud. Nosotros vamos a revisar para cuáles son los posibles escenarios que siguen”, declaró Orrantia.
La activista también consideró que la confirmación en segunda instancia es muy relevante y emblemática; esto, porque Baca es un sacerdote con mucho poder al interior de la iglesia católica y por ello pelearon contra todo un sistema.
Este caso es considerado emblemático; pues se hizo justicia a una niña que se enfrentó, con el respaldo de su familia, a un religioso católico encumbrado desde el poder eclesial, económico y político. También, porque Aristeo Baca es el primer sacerdote de la Diócesis de Ciudad Juárez sentenciado por delitos de índole sexual.
“El mayor logro es que la víctima tuvo justicia en el sentido de que se le creyó; fue defendida; se demostró la culpabilidad, tomando en cuenta todo lo que representa él porque tiene, a nivel eclesiástico, un poder dentro del sistema. Este fallo es muy relevante, emblemático, implica que las víctimas pueden tener acceso a la justicia. Rescatamos que las niñas; las mujeres o cualquier víctima de violencia, debe saber que hay un aparato que las puede respaldar más allá de quién sea el agresor”, agregó.
En un comunicado emitido la noche de este 26 de mayo; el abogado del sacerdote, Maclovio Murillo, señaló que, con más de un año de retraso, un grupo de magistrados confirmó el fallo condenatorio contra su representado. Esto, dijo en el comunicado, se considera una vulneración a los principios de justicia pronta y expedita, así, como al debido proceso.
El litigante también refirió que, los magistrados que emitieron la resolución, en su mayoría están encargados de sala; porque son provisionales y, por tanto, no son inamovibles.
Esto, expresó: “no garantizan el respeto a la imparcialidad, autonomía e independencia que debe tener todo juzgador en el ejercicio de sus funciones”.
“Esa sentencia, ya fue impugnada hoy mismo a través del juicio de amparo directo; con la especial finalidad de que, un tribunal colegiado de circuito, integrado por tres magistrados federales, proceda a revisar el proceso y esa resolución; que a todas luces es inconstitucional y transgresora del estado de derecho”, dio a conocer Murillo.
El litigante también dijo que Aristeo Baca quedó a disposición del tribunal colegiado; el cual deberá resolver el juicio de amparo, en cuanto a la libertad; y por ello seguirá sujeto a la medida de prisión preventiva domiciliaria.
“Esperamos que magistrados federales dotados de auténtica imparcialidad, autonomía e independencia, le hagan justicia a nuestro defendido y concedan la protección y amparo que se solicita contra la inconstitucional sentencia de segunda instancia”, añadió.
La detención del sacerdote fue el 9 de febrero de 2019. El juicio oral en contra de Aristeo inició el 25 de enero de 2021 con la declaración de la víctima. Ese día la víctima dijo que, durante tres años, cada domingo y antes de las misas matutinas, el párroco la agredió sexualmente.
Durante el juicio oral, Aristeo Baca sostuvo que es inocente. El 4 de febrero del 2021, por primera vez declaró ante el Tribunal. Afirmó que las acusaciones formuladas por el Ministerio Público “son totalmente falsos, yo no he hecho lo que dicen”.
Además, el sacerdote consideró que el móvil de la denuncia en su contra era el manejo del dinero de las limosnas y diezmos; los cuales, llevaban los padres de la víctima a la parroquia de Santa María de la Montaña. Los padres eran tesoreros de ésta.
En aquella ocasión, el presbítero dijo que su sospecha se basaba en el aumento de los ingresos de esa comunidad religiosa. En ese entonces los padres de la víctima dejaron de desempeñarse como tesoreros.
El 29 de enero la víctima testifica en juicio oral.
El 3 de febrero el cura nombró como abogado a Maclovio Murillo Chávez, entonces secretario del Ayuntamiento de Juárez con licencia. Seis días después, el 9 de febrero, Maclovio renunció a la Secretaría del Ayuntamiento; esto, después de una polémica que hubo por la defensa que él inicio a favor de Aristeo.
El 22 de febrero del 2021, un Tribunal de Enjuiciamiento dio por acreditado que Aristeo Trinidad Baca cometió el delito de violación. Esto fue a finales de diciembre del 2015. El tribunal también acreditó un abuso sexual, presuntamente sucedido en septiembre del 2016; también confirmó otra violación ocurrida el 28 de enero del 2018.
Estos delitos, sostuvieron, ocurrieron en la casa parroquial de la iglesia presidida por Aristeo, la iglesia de Santa María de la Montaña. Los delitos acontecieron cuando la víctima servía como monaguilla en esa parroquia.
El 2 de marzo del 2021, el mismo Tribunal condenó a Aristeo a 34 años, cinco meses y 10 días de prisión. El tribunal estuvo conformado por los jueces Carlos Jaime Rodríguez García, Florina Coronado Burciaga y Arnulfo Arellanes Hernández.
Además de la pena corporal, el Tribunal obligó al párroco reparar de forma integral el daño que, presuntamente, ocasionó a la víctima. Le sentenció a asegurar 5 figuras legales: la restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición. Todas estas medidas están contempladas en la Ley General para Víctimas.
En cuanto a la restitución, al clérigo se le condenó a pagar de forma genérica, y ante el juez de Ejecución de Penas, los daños ocasionados en la aplicación de las medidas de protección. Estas medidas se implementaron a favor de la víctima y de sus padres. Entre las obligaciones contempladas están el arrendamiento de una casa, la manutención de la familia y el ingreso de la víctima a otra escuela. Hasta la fecha, estos gastos los ha realizado el Gobierno del Estado.
Respecto a la rehabilitación para la víctima, El Tribunal ordenó a Baca a pagar 52 terapias psicológicas, cada una con un costo de 800 pesos. Por lo que el monto total es de 41 mil 600 pesos.
El Tribunal también instruyó a que el clérigo debe cubrir los gastos de atención psicológica para los padres de la ofendida, pues son consideradas víctimas indirectas.
Referente a la compensación por el perjuicio, sufrimientos y pérdidas económicas evaluables, el Tribunal de Enjuiciamiento dijo que la Ley General de Víctimas señala que dicha compensación no debe enriquecer a la parte ofendida; sino que responde a la gravedad del daño. El tope financiero de esta medida es de 500 veces el salario mínimo mensual de la Ciudad de México. En este caso se tasó en 40 mil 300 pesos y debe entregarse a favor de la víctima.
El pago de la reparación del daño y las medidas antes señaladas no se han materializado; esto, debido a que la sentencia aun no esta firme. Aún queda pendiente resolver el juicio de amparo que este 26 de mayo interpuso la defensa legal de Baca.
*Esta nota fue realizada por LA VERDAD JUÁREZ, integrante de la alianza de medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes leer la original.
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