23 octubre, 2022
En los próximos días un tribunal decidirá sobre una suspensión definitiva que permitiría a las poblaciones afectadas por el peor derrame tóxico de una mina poder protegerse de la contaminación de sus aguas.
Lydiette Carrión
El 27 de mayo de este año, diez habitantes interpusieron un juicio de amparo contra la Profepa. Eran ocho adultos y dos niños de diversos municipios afectados por el peor derrame minero del país, en 2014, por la empresa Buenavista del Cobre, en Sonora.
El amparo fue porque desde meses atrás habían solicitado medidas cautelares a la Profepa, para asegurar su derecho a la salud, pero la Profepa les desatendió.
Las personas afectadas solicitaron una suspensión para que se salvaguarde su vida e integridad a través de acciones en materia de salud y de medio ambiente que protejan a la población de las fuentes de exposición a contaminantes mineros.
Concretamente exigieron que se asegure la calidad del agua en las escuelas a lo largo del Río Sonora, y que la Profepa active sus facultades y atienda lo relativo a las fuentes de contaminación, ya que de lo contrario, aunque las personas tengan acceso a servicios médicos, las niñas y niños de estos municipios, así como sus familias, continuarán en riesgo.
Además, exigieron a la Profepa una evaluación actualizada del río, en el cual fueron derramados miles de metros cúbicos de metales pesados y sustancias tóxicas. Y además, que Profepa informe de forma puntual y transparente.
Justo estos últimos puntos son los que Profepa no realizó.
Actualmente el caso se encuentra en el Juzgado Decimotercero de Distrito en el estado de Sonora bajo el número de expediente 718/2022. Casi de inmediato el Juzgado ordenó a las autoridades de los tres niveles de gobierno implementar medidas para la atención de la salud, las cuales incluyen transporte gratuito a los centros hospitalarios más cercanos, y proveer de agua limpia a las escuelas.
Luego hubo otra impugnación parcialmente resuelta, pero seguía pendiente que la Profepa se pronunciara por la exposición a los metales pesados. Pero el Tribunal se limitó a decir que esto se podía resolver en un incidente de suspensión.
Por lo tanto, las personas afectadas solicitaron la apertura del incidente y lograron que el Juzgado abordara el principio de precaución en materia ambiental, concediendo una suspensión provisional para que:
Las autoridades adopten medidas preventivas para preservar la vida y la salud de las personas afectadas e informen sobre las medidas adoptadas para mitigar las fuentes de riesgo de contaminación por el derrame minero de 2014;
La Profepa realice una evaluación actualizada, con la mayor información científica posible sobre los daños ocasionados por el derrame.
Y, para garantizar los derechos a la información y a la participación en materia ambiental, la Semarnat y la Profepa informen a la parte quejosa las medidas ambientales llevadas a cabo con motivo del derrame, así como las posibles consecuencias en su salud y la forma en que se pueden prevenir estos efectos nocivos, retomando las preocupaciones y aportaciones de las personas afectadas.
En los próximos días está previsto que se resuelva si la suspensión pasa de provisional a definitiva. Es necesario estar atentas y atentos para que el tribunal haga justicia a los Comités de la Cuenca río Sonora. Han pasado ocho años desde que las personas de ese lugar no pueden ni siquiera beber un vaso de agua sin temor.
Lydiette Carrión Soy periodista. Si no lo fuera,me gustaría recorrer bosques reales e imaginarios. Me interesan las historias que cambian a quien las vive y a quien las lee. Autora de “La fosa de agua” (debate 2018).
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