12 febrero, 2025
Deja exfiscal estado con récord en violencia contra mujeres; sentencia debe ser precedente para atender casos: activistas
Texto: Melissa Esquivias / Pop Lab
Ilustración: Pop Lab
GUANAJUATO. – En una entidad en la que la Fiscalía General del Estado se ha empecinado en clasificar las muertes violentas de mujeres como homicidios dolosos, sin investigar con perspectiva de género, el caso de Milagros Monserrat Meza, asesinada en la vía pública por un completo desconocido en agosto de 2023, concluyó con una sentencia condenatoria de 50 años por feminicidio contra el agresor, Miguel Octavio de Jesús Olivares Córdova, dictada por un Tribunal Unitario de Oralidad Penal de Guanajuato.
En el juicio, el trabajo de representación de la FGE dejó un precedente para que, de ahora en adelante, las autoridades involucradas en los procesos penales garanticen una vida libre de violencia a las mujeres en Guanajuato.
Además, el feminicida deberá pagar a las víctimas indirectas 518 mil 700 pesos por la reparación del daño a la madre de Milagros, quien dependía económicamente de ella; 120 mil pesos por concepto de daño moral, 39 mil y 47 mil 250 por concepto de atención psicológica a dos de las víctimas indirectas, así como una multa de 31 mil 102 pesos.
En las audiencias celebradas el pasado martes 4 de febrero y este 11 de febrero, el Juez Luis Lona, sostuvo que la Fiscalía estatal cumplió con el criterio de investigar con perspectiva de género, y que, de acuerdo con la mecánica del hecho, Miguel Octavio atentó contra la dignidad de Milagros y vulneró su derecho a una vida libre de violencia. La defensa de Miguel de Jesús anunció al cierre de la última audiencia que impugnará la sentencia.
La condición de desventaja física entre la mujer y el agresor; nueve heridas de arma blanca, seis de ellas en el rostro y otra, la que provocó que Milagros muriera por una hemorragia en la arteria axilar y que se encuentra, de acuerdo con el Juez, en las heridas infamantes o degradantes causadas a la víctima que sugiere el tipo penal de feminicidio del Código Penal para el Estado de Guanajuato, fueron otros elementos que se consideraron al momento de dar lectura a la sentencia.
“Me parece que estamos ante un caso muy importante, porque la Fiscalía actuó como debería de actuar en todas las investigaciones, es decir, con perspectiva de género. Tenemos a una persona sentenciada que tuvo una buena defensa técnica, a unas víctimas que quisieron llegar hasta el final, y además a un juez que quiso impartir justicia con perspectiva de género”, señaló Paola Fernández, integrante del Centro Las Libres y asesora jurídica de la familia de Milagros Meza.
Para la abogada, la sentencia y el trabajo de la Fiscalía como representación legal de las víctimas indirectas del caso, son el claro ejemplo de que cuando existe la intención de hacer justicia, las autoridades en Guanajuato tienen un amplio margen de acción, sin importar si un caso es mediático.
En 2021, la Fiscalía inició 34 carpetas por el delito de feminicidio, mientras que en 2022 la cifra se redujo a 21 carpetas. En 2023 hubo un incremento, con 28 carpetas, mientras que 2024 tuvo una drástica reducción con 16 causas penales. De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) registró al menos 337 mujeres víctimas de homicidio doloso sólo en 2024.
Milagros Monserrat fue privada de la vida por Miguel Octavio de Jesus el 10 de agosto de 2023. El crimen ocurrió el día del cumpleaños número 40 de la víctima, a pocas cuadras de su domicilio en la ciudad de León cuando ella se dirigía a su trabajo en una tienda de conveniencia. Desde que el agresor se entregó a las autoridades, un día después de que terminó con la vida de Milagros, la Fiscalía General del Estado buscó que Miguel fuera imputado por el delito de feminicidio.
Aunque, con base en entrevistas la Fiscalía no acreditó que existiera algún tipo de relación entre Milagros y Miguel de Jesús, la parte acusadora solicitó de manera excepcional un perfil criminal del hecho, realizado por la psicóloga perito Elena Santos. En su informe, que fue determinante para la sentencia, la experta calificó el ataque como un crimen “cargado de actividad machista y misógina”.
“Milagros fue una víctima de oportunidad para que Miguel descargara sus necesidades de poder y control. No la mató por ser Milagros, la mató por ser mujer. Las heridas eran innecesarias y mostraron desprecio por la figura femenina”, señala el dictamen de la perito, y que fue retomado por el Juez al momento de leer la sentencia condenatoria por feminicidio.
El video del momento del crimen, tomado de una cámara de videovigilancia y que circuló en medios nacionales, tuvo un papel trascendental en el caso. Aunque la defensa de Miguel de Jesús intentó que este dato de prueba fuera tomado en cuenta para sostener la línea del intento de robo -y así buscar una sentencia por homicidio simple- el Juez del Tribunal Unitario del Poder Judicial de Guanajuato sostuvo que no hay elementos para demostrar que el agresor causó en Milagros múltiples heridas para despojarle de sus pertenencias.
La condición de desventaja física entre la mujer y el agresor; nueve heridas de arma blanca, seis de ellas en el rostro y otra, la que provocó que Milagros muriera por una hemorragia en la arteria axilar y que se encuentra, de acuerdo con el Juez, en las heridas infamantes o degradantes causadas a la víctima que sugiere el tipo penal de feminicidio del Código Penal para el Estado de Guanajuato, fueron otros elementos que se consideraron al momento de dar lectura a la sentencia.
“Es importante el análisis del caso por caso, no importa si no cumplen las razones de género (del tipo penal), lo importante es ver lo más complejo y más amplio, que es un derecho a una vida libre de violencia y la dignidad de las mujeres, y la condición y el contexto en el que fue asesinada Milagros y creo que hoy el Juez lo explicó de manera magistral”, declaró en entrevista Verónica Cruz Sánchez, directora del Centro Las Libres.
De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se considera violencia feminicida “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas, producto de la violación de sus derechos humanos y del ejercicio abusivo del poder, tanto en los ámbitos público y privado, que puede conllevar impunidad social y del Estado. Se manifiesta a través de conductas de odio y discriminación que ponen en riesgo sus vidas o culminan en muertes violentas como el feminicidio, el suicidio y el homicidio, u otras formas de muertes evitables y en conductas que afectan gravemente la integridad, la seguridad, la libertad personal y el libre desarrollo de las mujeres, las adolescentes y las niñas”. (Artículo 21).
Al no tener ningún tipo de relación con su victimario ni existir antecedentes de violencia de género cometidos por el feminicida -y que son consideradas como razones de género por el Código Penal de Guanajuato- el caso de Milagros resulta atípico entre los casos de feminicidio. No obstante, para Vernónica Cruz, la escalada de violencia contra las mujeres, que ha llegado al asesinato en la vía pública, hace de la sentencia un precedente.
“Me parece que lo que escuchamos del juez fue sumamente pedagógico y que deberíamos decírselo a la población. Explicó puntualmente que simplemente se violó su derecho a una vida libre de violencia, por qué no todos los casos de feminicidio tienen que investigarse con el protocolo, y él lo dijo muy bien, los protocolos no son una receta”, explicó.
De la ínfima cantidad de casos de muertes violentas de mujeres que la FGE persigue como feminicidios, existen aquellos en los que fallas en el proceso interrumpen el acceso a la justicia de las víctimas. En 2022, Sergio Antonio Villanueva, entonces presunto feminicida de la joven leonesa Lupita Rodríguez, fue liberado luego de que un juez determinó que el agresor fue detenido sin una orden de aprehensión.
Aunque finalmente en 2024 Sergio fue aprehendido y condenado a 34 años de cárcel por terminar la vida de su pareja, la incertidumbre para la familia de Lupita se extendió durante más de tres años.
“La sentencia del caso de Milagros deja una sensación de justicia para difundir un mensaje claro: que la violencia hacia las mujeres, por un odio desmedido y misógino, por el simple hecho de que somos mujeres, no será tolerado”, declaró la abogada Ángeles Márquez Carreón, quien también fungió como asesora de la familia de Milagros.
En ese sentido, la abogada Paola Fernández reiteró que, además de los años que Miguel de Jesús pasará en la cárcel, el esclarecimiento de la verdad que forma parte de la justicia que alcanzó la familia de Milagros, es un mensaje para exigir a las autoridades “de cómo hacer bien su trabajo”.
“En este caso pudo explicarse cómo es que la violencia feminicida puede trascender a las mujeres que, incluso pueden no conocer a su agresor, y de cómo se pueden ir estableciendo ciertos estándares, desde la investigación hasta el desahogo de oficio”, concluyó.
Esta nota fue publicada originalmente en POP LAB, que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes ver la publicación original.
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