Recién estrenado la Legislatura en el Congreso de Jalisco, dos iniciativas de ley que buscan despenalizar el aborto fueron presentadas. Buscan acceso legal, seguro y gratuito
Texto: Dalia Souza / ZonaDocs
Foto: Leslie Zepeda / Zona Docs
JALISCO.- En México, cinco estados han despenalizado el aborto voluntario hasta las 12 semanas: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz y, recientemente, Baja California. Si bien, la puerta que han abierto los congresos locales a los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar es la materialización de la lucha que ha realizado el movimiento feminista, el actuar del Poder Legislativo y la voluntad política son indispensables para hacer cumplir estas exigencias y mandatos.
Avanzar hacia la despenalización legal y social del aborto es una tarea que involucra a cada integrante de la sociedad y determina los derechos humanos de más de la mitad de la población nacional.
El 1 de septiembre, Susana De la Rosa, diputada electa del partido Futuro, en un acto público a las afueras del Congreso de Jalisco, se comprometió a presentar una iniciativa en la materia. Dos meses más tarde, tras tomar protesta como diputada, presentó ante el pleno la iniciativa “Nos toca decidir”, cuyo objetivo es garantizar el acceso legal, seguro y gratuito al aborto voluntario.
En entrevista, De la Rosa explicó que la iniciativa parte del piso mínimo que estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a la despenalización del aborto, sin embargo, busca “ser una reforma integral para garantizar el acceso a la salud reproductiva de las mujeres y personas con capacidad de gestar”, de tal forma que “puedan acceder a un servicio gratuito y de calidad para la interrupción legal del embarazo”.
Explicó que la propuesta también plantea el establecimiento de límites para la objeción de conciencia, tal como lo ha sugerido la SCJN; además del reconocimiento del tema como un asunto de salud pública, para ello, se contempla implementar políticas públicas educativas y de prevención.
En el documento, el proyecto de decreto reforma, adiciona y deroga distintas disposiciones de leyes y códigos locales, entre estos: el Código Penal del estado de Jalisco, el Código de Asistencia Social del estado de Jalisco, la Ley de Salud, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, la Ley de Amnistía para las Mujeres Víctimas de Violencia de Género, la Ley de Educación, la Ley de Atención a Víctimas, la Ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes y la Ley para el Desarrollo Integral de las juventudes.
Específicamente, redefine el tipo penal “aborto” establecido en el artículo 227 del Capítulo VIII del Código Penal de Jalisco y propone el concepto de “Aborto no consentido o forzado” al que define como:
“La interrupción de un embarazo, sin el consentimiento o en contra de la voluntad de la mujer embarazada o persona gestante. Para efectos de este Código, el embarazo es la etapa del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del blastocito en el endometrio”.
Asimismo, al reconfigurar el tipo penal se deroga algunos párrafos del artículo 228 respecto a las sanciones que se establecen actualmente hacia mujeres y/o madres que practiquen, consientan o coadyuven en la práctica del aborto. De tal forma que, al eliminar el componente de criminalidad atribuido al concepto originalmente establecido en la ley, la normativa se enfoca en destacar aquellos casos donde “no exista consentimiento”, vaya en contra de la voluntad de la mujer o persona gestante o sea de manera “forzada”.
Además, excluye de cualquier penalidad los casos de urgencias médicas donde se encuentre en peligro o riesgo de vida la mujer o persona gestante, así como en caso de “incapacidad transitoria o permanente donde no pueda otorgar consentimiento ni cuente con algún familiar o representante legal”, en estas situaciones, advierte el documento “el prestador de servicios de salud procederá de inmediato para preservar la vida y salud de la usuaria, dejando constancia de esta situación en el expediente clínico”.
Entre otras modificaciones, a la Ley de Salud del Estado de Jalisco se adiciona el Capítulo IV sobre “Aborto Seguro” e incorpora el artículo 106 bis, el cual determinaría “la protección de la vida y la salud física y mental de las mujeres embarazadas o personas gestantes que decidan no continuar con su embarazo, o que se encuentran en la necesidad de interrumpirlo”.
A la par, añade otras disposiciones sobre responsabilidades y servicios que deberían ser garantizados en concordancia con esta normativa y al hacer valer este derecho, entre estos la anticoncepción de emergencia- así como, sobre las características y principios básicos de gratuidad y atención médica de urgencia.
Deroga el artículo 187 sobre Objeción de Conciencia y propone la creación de un capítulo en la materia que establece esta práctica como un derecho, los parámetros para su abstención y demás responsabilidades del personal médico y de enfermería.
Entre otros elementos, incorpora conceptos nuevos a las leyes locales, como: personas gestantes, salud sexual y reproductiva, así como el término mismo de aborto.
Respecto a las mujeres y personas gestantes que han decidido interrumpir su embarazo y han sido criminalizadas, penalizadas o sentenciadas, esta iniciativa contempla la adición del delito de aborto al artículo 1 de la Ley de Amnistía para las Mujeres Víctimas de Violencia de Género sobre la extinción de la acción penal y demás responsabilidades.
La reforma a la par busca modificar el delito de abuso sexual infantil por el de “violación a personas menores de edad” dentro del Código Penal del estado, reconociendo que, hasta ahora, su incompleta definición, interrumpe la aplicación de la NOM-046-SSA2-2005, respecto a garantizar el acceso a servicios de atención de emergencia en casos de violencia sexual, como: la interrupción del embarazo por violación o de anticoncepción, así como, sobre las sanciones a las personas responsables.
“En Jalisco no existe el término de “Violación a personas menores de edad” y eso también hace que se trabe el proceso jurídico con el caso de niñas y adolescentes que son abusadas, violadas sexualmente y eso que la NOM 046 de repente no se cumpla” explicó.
Habrá que advertir que ésta también ha sido una exigencia de las colectivas feministas en el estado de Jalisco. Y es que, de acuerdo con De la Rosa, para delinear esta iniciativa mantuvo comunicación con diversas organizaciones locales y nacionales, defensoras y activistas como: Ddeser Jalisco; Adriana Patlán; el Instituto Simone Beauvoir; Mexfam A.C; Marie Stopes México; el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE); Católicas por el derecho a decidir; y REDefineMex.
Otra de las iniciativas que pusieron sobre la mesa la posible despenalización del aborto en Jalisco fue presentada por la diputada Mara Robles del partido Hagamos junto con el diputado Edgar Enrique Velázquez. Según se anunció en un boletín de prensa, la propuesta plantea reformar el artículo 4 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, el cual “reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley”.
Esta ha sido una de las demandas más importantes de la Red de Defensoras de los Derechos de las Mujeres en Jalisco, al reconocer, como lo hicieron las y los ministros de la SCJN que resulta inconstitucional dicha determinación.
De acuerdo con el boletín de prensa, la y el diputado solicitan “modificar el Código Penal para eliminar la prisión preventiva del aborto; tipificar como delito la interrupción legal del embarazo después de la semana 12 de gestión, la sanción para este ilícito irá de 3 a 6 meses de prisión o 100 a 300 días de trabajo a la comunidad; y para quien practique el aborto la penalidad será de 1 a 3 años de prisión y una multa de 50 a 200 días de salarios mínimos”.
También pidieron “tipificar el aborto forzado cuando se practica a una mujer sin su consentimiento con una sanción de 5 a 8 años de prisión; y en caso de violencia física o moral la penalidad será de 8 a 10 años” explica el comunicado.
Si bien, De la Rosa explica que desde su bancada se han adherido a la iniciativa del partido Hagamos, encuentran que, en términos estratégicos, para la modificación del artículo 4 de la Constitución se requerirá una mayoría calificada, es decir, dos terceras partes del Congreso, igual a 26 votos de 38. En cambio, para la iniciativa “#NosTocaDecidir, se requiere una mayoría simple de 20 votos.
En ese sentido, señala que, pese a que resulta indispensable la modificación de la Constitución, es importante reconocer que estas disposiciones ya han sido delimitadas por las resoluciones de la SCJN, por lo tanto, en el ideal, los gobiernos locales tendrán que acatarlas.
De esta manera, para que cualquiera de las dos iniciativas, incluso, para que las dos lleguen a ser una realidad en Jalisco, se requiere que MORENA y Movimiento Ciudadano, como las bancadas más numerosas en el Congreso, se manifiesten a favor de esta agenda y las apoyen con sus votos a favor.
Sin embargo, en opinión de Susana De la Rosa, pareciera que, aunque la tendencia nacional de ambos partidos ha sido a impulsar este tema, “en Jalisco no hay una apertura o interés de seguir la agenda”, así que resulta indispensable la participación de la ciudadanía para que estas iniciativas se vuelvan una realidad.
Este trabajo fue realizado por ZONA DOCS, que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes consultar el original.
Periodista y apasionada de la radio. Productora de los programas Rumbo Al Norte, especializado en migración, y Hasta Encontrarlos, enfocado en desapariciones; ambos transmitidos por Radio Universidad de Guadalajara, en sus estaciones regionales de Ocotlán y Lagos de Moreno, respectivamente.
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