La Confederación de Cámaras Industriales y el Consejo Coordinador Empresarial se ampararon ante las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana 052 que establece que los productos comestibles dañinos para la salud deben incluir un etiquetado de advertencia
Texto: Arturo Contreras Camero
Foto: Arshad Pooloo / Unsplash
Todo estaba listo para que a inicio de este año la comida altamente procesada incluyera en su etiqueta unos octágono negros que advierten a sus consumidores que son nocivos a la salud por su alto contenido de grasas, azúcares u otros ingredientes, sin embargo, representantes de los empresarios alimentarios detuvieron el proceso.
El domingo por la noche, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin) anunciaron que el 26 de febrero interpusieron un amparo para frenar la aplicación de esta norma, la cual aseguran, causará que sus ventas se reduzcan 25 por ciento.
“Están retrasando el inicio de la aplicación de una norma, y están evitando que la ciudadanía acceda a esta información”, acusa Paulina Magaña, coordinadora de alimentación de El Poder del Consumidor, una de las organizaciones civiles que promovieron la aplicación de esta medida.
Entre los motivos que enumera la industria para ampararse en contra de la publicación de la medida es que su creación no se hizo de manera adecuada, ni tampoco se respetó su derecho a un proceso participativo y transparente.
Desde agosto de 2019, sin embargo, cuando inició el proceso de modificación de la NOM-051 (la norma en cuestión) las empresas jugaron un papel activo y participaron en todos los procesos de su modificación. Desde los foros de consulta en los que se debatió cómo se tenía que modificar la norma, hasta su publicación, el pasado 24 de enero.
Esta norma se tenía que haber modificado desde 2014, cuando se aprobaran algunas reformas a la Ley General de Salud, entre las que se mandató la creación de un etiquetado que advirtiera los altos contenidos de ciertos ingredientes de forma clara y precisa.
“Estos argumentos han sido los mismos que se han puesto en la mesa desde 2014”, asegura Paulina Magaña. Explica que este tipo de argucias legales, en las que recurren al poder judicial para detener normas que van en contra de sus negocios están presentes desde la ley que pretendía la prohibición de comida chatarra en las escuelas, así como en la de la aplicación de un impuesto especial a bebidas azucaradas.
De momento, la suspensión entregada por el juez es temporal, por lo que el próximo miércoles 4 de marzo se deberá determinar su permanencia o no. Al respecto, Quetzalli Ramos, abogada especializada en salud que ha acompañado el proceso de la norma, augura que es muy probable que no se acepte.
“Uno de sus argumentos para ampararse es decir que el proceso de modificación no fue legítimo, que no fueron transparentes, y por eso promueven la suspensión, pero ahí estuvo la industria y todo se llevó conforme a derecho”, asegura.
La industria se está amparando en contra de una ley que aún no existe, por eso ataca el proceso con el que se modificó dicha norma, sin embargo, la suspensión concedida no puede prosperar si afecta el interés social. En este caso, la salud pública de las personas, al tratarse de una medida que busca prevenir, por medio de la información, el sobrepeso y la obesidad.
“Tiene que estar sustentada y tener motivos de peso”, dice Quetzalli sobre la decisión del juez. “Ahora la tarea que tiene el juzgado séptimo, es eso, sopesar qué tenemos de un lado: la salud, o los intereses de la población mexicana, con un procedimiento que se siguió conforme a la ley y por otro lado los intereses de una industria con argumentos que parecen contradictorios”.
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