Cuatro sentencias de la CIDH en contra del Ejército mexicano

29 septiembre, 2022

Tatyi savi

La demanda de las madres y padres de los 43 normalistas de que los militares declaren ante un juez es una obligación que tiene México tras la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Ejército mexicano por los hechos ocurridos en Guerrero de 1974 a 1999

Twitter: @kausirenio

La desaparición forzada de los 43 normalistas de Ayotzinapa fue la gota que derramó el vaso en Guerrero. A partir de ahí la oscuridad se iluminó para visibilizar las atrocidades cometidos por elementos del Ejército mexicano en ese estado del Sur. Antes del 26 de septiembre de 2014, cuatro casos fueron resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 

El 25 de agosto de 1974, Rosendo Radilla Pacheco fue detenido por militares y llevado al Cuartel Militar de Atoyac de Álvarez, Guerrero, donde fue visto por última vez. La desaparición forzada de Radilla Pacheco por parte de elementos del Ejército mexicano. 

La CIDH emitió un sentencia en contra del Estado mexicano el 23 de noviembre de 2009, por violación de los derechos a la libertad, a la integridad personal, a la vida y al reconocimiento a la personalidad jurídica. Así como violación a los derechos a la integridad física y mental, las garantías judiciales y a la protección judicial de la familiares. La Corte consideró que el proceso llevado ante la jurisdicción militar no respetó los estándares en materia de debido proceso en el derecho internacional.

Un año después la CIDH condenó por segunda ocasión al Estado mexicano, de nueva cuenta miembros del Ejercito mexicano fueron señalados la señora Fernández Ortega por violación sexual. Estos hechos ocurrieron cuando los militares incursionaron en la comunidad Me’phaa (tlapaneco), Barranca Tecoani,  municipio de Ayutla de los Libres, Guerrero. 

La mujer me’phaa se encontraba con sus cuatro hijos cuando un grupo de once militares, vestidos con uniformes y armados ingresaron a la vivienda de Fernández Ortega, un militar le ordenó tirarse al suelo mientras la encañonaba. Cuando se encontraba en el suelo, el uniformado la tomó con una mano y la violó sexualmente mientras otros militares miraban la escena. 

A pesar de una amplia serie de recursos para sancionar a los responsables de los hechos, no hubo éxito. La Sentencia del 30 de agosto de 2010, fue un triunfo para las víctimas de los crímenes cometidos por el Estado durante la llamada Guerra Sucia. Durante años, las víctimas recurrieron a la instancia internacional para obtener justicia por violaciones sistemáticas y masivas a los derechos humanos. 

En el mismo municipio de Ayutla de los Libres, Guerrero, elementos del Ejército mexicano agredieron sexualmente a Valentina Rosendo Cantú, mujer indígena de la comunidad Me’phaa. Rosendo Cantú se encontraba en el arroyo cerca de su casa para bañarse, cuando llegaron ocho militares la rodearon, uno de ellos le apuntó con un arma, luego la interrogaron sobre hombres armados y encapuchados. 

Durante el interrogatorio le mostraron unas fotografías para que ella identificara a las personas que los uniformados buscaban. El militar que le apuntaba la golpeó, hasta tirarla al suelo, después un militar la tomó del cabello para insistir en la respuesta de los hombres armados. 

Al no conseguir que Valentina revelara la información que requerían, el militar que le apuntaba le quitó la ropa y la tiró al suelo luego la ultrajaron, por lo menos dos militares. Rosendo Cantú y su esposo presentaron una serie de denuncias por los hechos. Solicitaron que se realizaran las investigaciones necesarias para identificar y sancionar a los responsables. 

La investigación fue remitida a la jurisdicción penal militar, la cual decidió archivar el caso. Al realizarse la denuncia ante la CIDH se resolvió en favor de las víctimas.

El 2 de mayo de 1999, Rodolfo Montiel Flores se encontraba en el patio de su casa cuando con Teodoro Cabrera García en la comunidad de Pizotla, municipio de Ajuchitlán del Progreso, Guerrero, cuando 40 miembros del 40 Batallón de Infantería del Ejército Mexicano entraron en la comunidad. 

Cabrera García y Montiel Flores fueron sometidos a detención arbitraria, tratos crueles y degradantes por elementos de la fuerza castrense. Los campesinos fueron detenidos en calidad de prisioneros en la orilla del río Pizotla hasta el 4 de mayo de ese año. 

De ahí fueron trasladados a las instalaciones del 40 Batallón de Infantería en la ciudad de Altamirano, Guerrero. En las instalaciones militares fueron golpeados y maltratados durante la privación de la libertad. Y los acusaron de presunta portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, siembra de amapola y marihuana.

Por los cargos que militares presentaron en contra de los campesinos, el Juez Quinto de Distrito del Vigésimo Primer Circuito en Coyuca de Catalán, dictó sentencia el 28 de agosto de 2000. La pena privativa de libertad por seis años y 8 meses para Cabrera García y 10 años a Montiel Flores. 

Así las cosas, cuatro casos de violaciones graves a los derechos humanos en el que está involucrado el Ejército. Las sentencias en contra del Estado mexicano es porque no ha actuado con apego a los derechos humanos. Sin embargo, estos son casos minúsculos, que se han resuelto, porque México tiene una lista pendientes en materia de reparación integral del daño a las víctimas, la justicia transicional y el derecho a la verdad histórica. 

A partir de estas sentencias, la CIDH ha recomendado al Estado mexicano a adecuar la legislación relativa a los delitos de desaparición forzada de personas, violencia y violación sexual, detención arbitraria y tortura de parte de las fuerzas armadas; así como la necesidad de enmarcar la actuación jurisdiccional de los militares para determinar los casos de violaciones graves de los derechos humanos contra civiles por parte de elementos castrenses. 

La demanda de las madres y padres de los 43 normalistas desaparecidos por el Estado mexicano de que los militares declaren ante un juez es una obligación que tiene México tras la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Ejército mexicano por los hechos ocurridos en Guerrero de 1974 a 1999.

Periodista ñuu savi originario de la Costa Chica de Guerrero. Fue reportero del periódico El Sur de Acapulco y La Jornada Guerrero, locutor de programa bilingüe Tatyi Savi (voz de la lluvia) en Radio y Televisión de Guerrero y Radio Universidad Autónoma de Guerrero XEUAG en lengua tu’un savi. Actualmente es reportero del semanario Trinchera.