29 junio, 2022
El 15 de abril la Okupa Cuba fue desalojada y las 3 mujeres que ahí permanecían fueron detenidas. El uso político de los delitos de drogas para legitimar las detenciones es una práctica sistemática de la estrategia despolitizadora del Estado en el marco de la guerra contra las drogas
Por Monserrat Angulo*, Montserrat Castillo** y Amaya Ordorika***
El pasado 15 de abril se llevó a cabo el desalojo de la Okupa Cuba. Si bien hay numerosos aspectos que pueden y requieren ser analizados de la experiencia de la Okupa, en este texto nos enfocaremos en el uso político dado a los delitos relacionados con drogas para poner fin a esta acción feminista.
A inicios de septiembre de 2020, una acción de protesta iniciada por Marcela Alemán, madre de una menor víctima de violación sexual, detonó la toma de las instalaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ubicadas en República de Cuba núm. 60 en el Centro Histórico de la Ciudad de México. En un par de días, en torno a la toma se unieron mujeres integrantes de colectivas y bloques negros feministas, familiares de mujeres desaparecidas, mujeres en búsqueda de sus seres queridos, mujeres desplazadas por violencia y familiares de víctimas de feminicidio de todo el país.
Durante más de un año de ocupación, la Okupa Cuba fue la sede de un refugio para mujeres y un estandarte de la lucha feminista en México. No obstante, desde sus inicios sufrió numerosas disputas internas y cambios de representación que resultaron en el alejamiento de muchos grupos que la sostuvieron. Las autoras de este artículo hemos tenido lecturas y análisis políticos en torno a la Okupa que difieren entre sí y que han cambiado con los cambios de la Okupa misma. No obstante, entre nosotras existe un consenso claro: la Okupa era un espacio simbólico de disputa política.
A pesar de los complejos sucesos de los meses posteriores a la toma y las numerosas disputas que se dieron al interior y exterior de los muros de la Okupa, la relevancia histórica de la acción es innegable. Así mismo, las profundas lecciones y reflexiones que nos deja al movimiento feminista también lo son. Una de ellas, la que buscamos abordar en este texto, viene de su final.
El pasado 13 de abril comenzó a circular una denuncia, acompañada de un video, que reavivó las conversaciones sobre la Okupa, sus integrantes actuales y el apoyo social que mantenía. En el video se observaban claramente cuatro mujeres encapuchadas, supuestamente pertenecientes a la Okupa, destruyendo un auto en el que viajaba sola una mujer de 72 años. La denuncia la realizó la hija de dicha señora y tuvo una rápida respuesta en redes sociales. La Okupa no negó su vínculo a la acción y señaló que fue en respuesta a supuestas acciones previas de la señora.
Más allá de lo reprobables que resultan y las diversas posturas en torno a ellos, estos hechos se dan en el contexto de desgaste de fuerzas propio de mantener un espacio tomado por más de un año, del debilitamiento generado por las disputas internas y de un movimiento feminista profundamente dividido. Todos estos factores representaron el clima perfecto para que la policía y la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México decidieran avanzar para recuperar el inmueble. No obstante, a pesar de estar debilitada la base social que respaldaba a la Okupa, ésta seguía existiendo. Además, la ciudadanía de izquierda de la Ciudad de México no iba a respaldar un acto deliberado de violencia política por parte de las autoridades contra una forma de protesta tan visible. Ante esto, encontraron y ejecutaron la fórmula perfecta.
El pasado 15 de abril, aproximadamente a las 20:00 horas, decenas de policías entraron por la fuerza a las instalaciones de la CNDH. Aproximadamente tres horas después comenzó a circular información en medios y en redes sociales de que las tres mujeres que se encontraban al interior del edificio habían sido detenidas. Posteriormente se hizo público que habían sido remitidas a la Fiscalía de Investigación de la Coordinación Territorial 1 Benito Juárez, acusadas de delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo sin intención de venta, coloquialmente conocido como “posesión simple”.
De acuerdo con las versiones presentadas en medios en ese momento, fue posible saber que dicha detención se sustentaba en el supuesto hallazgo de cannabis. El delito de narcomenudeo sin intención de venta se da cuando una persona porta más de la cantidad máxima determinada en la Tabla de Orientación de Dosis Máximas que se encuentra en el artículo 479 de la Ley General de Salud, pero menos que esa cantidad multiplicada por mil sin que se pueda determinar intención de comercializar. En el caso de la planta de cannabis, esa cantidad es de entre 5 gramos y 5 kilogramos.
Hoy sabemos que la policía ingresó al recinto con una orden de cateo que tenía como objetivo identificar elementos relacionados con el delito denunciado por la mujer cuyo automóvil fue atacado. No obstante, en ningún momento de la intervención informaron a las tres mujeres que se encontraban al interior de la Okupa de la orden de cateo y sus alcances ni les indicaron sus derechos.
Pese a que la policía llevaba una orden de cateo no tenían ningún elemento jurídico que legalizara la detención de las mujeres que encontraron al interior con relación al delito por el que se emitió la orden. No tenían orden de aprehensión en su contra y como nos comentó la abogada Karla Micheel Salas, “no fueron detenidas cometiendo un delito o bien porque la autoridad tuviera una investigación previa que determinara su participación, que las identificara con sus nombres y características físicas”. Tomando esto en cuenta, la detención de las tres mujeres que se encontraban dentro de la Okupa fue una detención arbitraria.
Para justificar la detención, la policía de la Ciudad de México señaló haber encontrado cannabis durante el cateo. No obstante, las versiones de las policías que realizaron la detención, las que realizaron la custodia y traslado de las mujeres detenidas y los policías de investigación que observaron lo que fue captado por las cámaras de vigilancia difieren en la cantidad, presentación y lugar en el que fue encontrada dicha planta ilegalizada. Así mismo, la abogada de las acusadas nos señaló que no existe la debida cadena de custodia del elemento probatorio e incluso no aparece mención al hallazgo de cannabis en algunos informes policiales en los que debía reportarse de haber sucedido las cosas como se presentaron posteriormente.
Mientras se encontraban aún detenidas en la Fiscalía por delitos contra la salud obligaron a las tres mujeres detenidas a participar en una ronda de reconocimiento en la cual la denunciante las identificó como tres de sus agresoras. Sin embargo, la abogada nos explicó que la ronda estuvo plagada de irregularidades. No le notificaron a la defensa privada con la que ya contaban y les dejaron la ropa negra que traían, únicamente colocando una playera blanca encima. Sumado a esto, los rostros y nombres completos de las mujeres ya habían sido difundidos en medios de comunicación y redes sociales, violando la presunción de inocencia. La tarde del 17 de abril, las tres mujeres detenidas fueron trasladadas al Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla en un operativo desmedido que involucró a decenas de policías e incluso una tanqueta de alta seguridad.
El 18 de abril se filtró un video tomado al interior de la Fiscalía en el que se puede escuchar una conversación entre el ministerio público y policías que pareciera versar sobre el número de paquetes de marihuana que iban a adjudicar a cada mujer detenida. Más tarde, el vocero de la FGJ de la Ciudad de México, Ulises Lara López, publicó un video en el cuál desmiente que se trate de “sembrado” de cannabis y que lo que se observa en el video inicial es la “individualización” de la evidencia. Adicionalmente, el vocero manifiesta que el objetivo del cateo fue la recuperación del inmueble, un acto que por sí mismo es claramente político.
Ese mismo día se realizó una audiencia en la cuál el juez validó la detención de las mujeres y las vinculó a proceso por delitos contra la salud en modalidad de narcomenudeo sin intención de venta. Dado que el delito por el que estaban siendo imputadas no es grave, las tres mujeres eran candidatas a una suspensión condicional del proceso[1] y a ser liberadas ese mismo día. No obstante, en un acto fuera de lo común, el juez no sólo negó la suspensión sino que aprobó la solicitud del ministerio público de prisión preventiva justificada[2]. Esta decisión del juez permitió a la FGJ mantener privadas de la libertad a las tres mujeres en lo que preparaban la orden de aprehensión por los delitos asociados al coche que fue golpeado afuera de la antigua Okupa.
El 20 de abril, 5 días después de haberlas detenido, la FGJ ejecutó una orden de aprehensión contra las tres mujeres detenidas por los delitos de robo agravado y daño a la propiedad. El 25 de abril, las tres fueron vinculadas a proceso por un juez por los delitos de robo agravado calificado y daño a la propiedad doloso, ambos en pandilla. En este proceso nuevamente les dictaron prisión preventiva.
Si bien la Okupa Cuba fue un espacio de disputa política y un símbolo de la lucha feminista mexicana. El desalojo y recuperación del inmueble por parte de la policía y FGJ de la Ciudad de México se escudó en motivos aparentemente despolitizados. Esta estrategia no es exclusiva de la FGJ de la Ciudad de México y tampoco es invento suyo, pero sí la utilizó para poner fin a la Okupa Cuba.
La autora Dawn Paley plantea que el conjunto de guerras contra las drogas o contra el crimen organizado en América Latina posteriores a 1966 (año en que se firman los Acuerdos de Paz en Guatemala) representan una continuación de la guerra fría con algunas adaptaciones estratégicas. En particular ella señala que a partir del cambio de siglo se sustituyeron los enemigos políticos (comunistas, guerrilleros, etc.) por enemigos difusos y despolitizados (narcotraficantes, delincuentes, etc.).
De acuerdo con la autora, esta confusión permite establecer una cortina de humo que invisibiliza a los actores estatales, paraestatales y privados que ejercen violencia política y con fines de despojo en México. Basta con que alguien señale que tienes alguna relación con una droga ilegal para que pases de ser víctima de violencia, o de violaciones a derechos humanos, a convertirte en alguien que merecía el ataque perpetrado en su contra. Esto mismo aplica para las mujeres víctimas de violencia de género. Cuando una mujer es víctima de violencia sexual, violencia doméstica o de feminicidio y, además, es usuaria o forma parte del mercado de drogas ilegales, rápidamente es cuestionado si no será ella la responsable de lo que le hicieron.
Es en este contexto que la FGJ de la Ciudad de México no sólo decidió utilizar el delito de narcomenudeo sin intención de venta para detener a las tres mujeres en cuestión mientras lograban imputarles los delitos de daño a la propiedad y robo, sino que lo utilizaron también con fines mediáticos. Las acciones tomadas por la FGJ sirvieron para equiparar en el imaginario público a las mujeres detenidas con el enemigo público número uno de los últimos sexenios: las personas que se relacionan con drogas.
Así mismo, se realizaron violaciones a los derechos humanos de las mujeres detenidas incluyendo tortura física y psicológica, uso escesivo de la fuerza y brutalidad policial, violación al debido proceso y a la seguridad jurídica, filtración de fotografías con sus rostros y malos tratos dentro del penal de Santa Martha Acatitla. Es posible encontrar más información al respecto en el comunicado emitido por la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos «Todos los Derechos para Todas y Todos» (Red TDT) titulado “FGJCDMX viola garantías de las tres mujeres detenidas en la Okupa Cuba”. Si bien este tipo de prácticas preceden al endurecimiento de la guerra contra las drogas, se volvieron generalizadas, y en algunos casos sistemáticas, en este contexto y justificadas públicamente en la narrativa bélica de eliminar a este supuesto enemigo nacional.
El despliegue de policía militarizada para el traslado de las mujeres al Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla fue excesivo pero concuerda con las imágenes de detención de personas por delitos relacionados con drogas que hemos visto desde que Felipe Calderón Hinojosa recrudeció la estrategia militarizada y de mano dura de las políticas de drogas mexicanas. El operativo envió un doble mensaje. El primero fue reforzar ante la opinión pública la supuesta peligrosidad de las mujeres detenidas y el segundo mensaje se dirigió a las mujeres movilizadas en torno a la Okupa: esa es la respuesta que pueden esperar.
A esto se suma la preocupante posibilidad de que la planta de cannabis supuestamente encontrada el día del desalojo hubiera sido sembrada para justificar legalmente la detención de las tres mujeres. Además de las inconsistencias en los reportes policiacos, no podemos obviar que ésta ha sido una práctica recurrente por fuerzas de seguridad de todos los niveles en todo el país.
En la investigación “Historias de detención por posesión simple”, publicada por Elementa DDHH y ReverdeSer Colectivo en el 2021, se puede observar que el 77% de las personas encuestadas reportaron haber sido liberadas sin haber sido presentadas ante el Ministerio Público. En la mayoría de los casos esto se debió a que pagaron algún tipo de extorsión. En los testimonios es posible identificar que la amenaza, explícita o no, de que les sembraran drogas fue un motivante para ceder a la extorsión policiaca. Así mismo, del 23% que sí fue presentado ante el Ministerio Público, el 42.4% reportó que les sembraron drogas ahí mismo o en el traslado. En la mayoría de los casos la sustancia ilegal sembrada fue cannabis.
A pesar de que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 plantea como uno de sus objetivos la reformulación de la actual política mexicana hacia las drogas, las estrategias de seguridad, salud y comunicación sobre drogas de la administración federal actual no han logrado romper con la inercia establecida durante los sexenios anteriores. Así mismo, el gobierno de la Ciudad de México ha manifestado su intención de generar un nuevo abordaje en relación al tema de las drogas. Para lograr esto es necesario mirar con atención eventos como el que se relata aquí para cuestionar qué prácticas del modelo heredado siguen replicándose y trazar rutas claras para dejarlas en el pasado.
La Okupa no debe ser vista como un fracaso del movimiento, sino una etapa de aprendizaje, con logros y errores, de la cual tomemos lecciones para el futuro que nos impulsen a fortalecer la acción política. En particular, las autoras de este texto queremos proponer tres reflexiones.
Somos malas, es cierto. Y podemos ser peores, también. Pero:
Necesitamos pensar formas creativas y pedagógicas de crecer el movimiento. Y eso incluye pensarnos hacia adentro, reconocer nuestras diferencias y ser capaces de dialogar sin dividirnos. Desarrollar colectivamente la capacidad de discusión y diálogo entre nosotras, y la capacidad de negociar y generar puntos de acuerdo internamente, nos hará fuertes frente a la histórica estrategia “divide y vencerás”.
El feminismo mexicano no puede entenderse a sí mismo aislado de la lucha por la transformación de estas políticas. Necesitamos cuestionarnos las prácticas impulsadas desde las narrativas que las sostienen que reproducimos al interior del movimiento. Así mismo es imperante reconocer que el sistema prohibicionista y el patriarcado se entrelazan y retroalimentan. No obstante, la caída de uno no garantizará la caída del otro si no cruzamos miradas y unificamos luchas. El feminismo antiprohibicionista es una salida emergente para comprender más a fondo su cruce e impacto en nuestras vidas.
[1] El artículo 195 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece una alternativa al encarcelamiento para que la persona enjuiciada imputada pueda terminar su proceso penal mediante un plan de reparación de daño. Una vez que la persona cumpla con las condiciones definidas por un juez para la suspensión se extingue la acción penal.
[2] La prisión preventiva es una figura legal que permite mantener encarceladas a las personas que se encuentren imputadas de un delito previo a que sean sentenciadas. Es una medida cautelar que debe ser aplicada de manera extraordinaria. Actualmente, la Constitución mexicana prevé dos tipos de prisión preventiva: la oficiosa (para ciertos delitos la prisión preventiva se aplica de oficio) y la justificada (que debe ser aprobada caso por caso por un juez).
*Coordinadora del área de comunicación en ReverdeSer Colectivo.
**Coordinadora del área de desarrollo institucional en ReverdeSer Colectivo.
***Coordinadora del área de incidencia política e investigación en ReverdeSer Colectivo.
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