6 septiembre, 2021
En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la criminalización del aborto en Coahuila, una resolución que tiene impacto nacional y el criterio será obligatorio para todos los jueces que tengan en sus manos casos que intentan llevar a la cárcel a una mujer que aborte
Texto: Marcos Vizcarra / Revista Espejo
Foto: Revista Espejo
Este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad de 10 votos que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. Por primera vez se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir.La Corte declaró inválido el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar con su consentimiento.
Si bien la Corte señaló que el producto de la gestación merece una protección a medida que avanza el embarazo, precisó que no se pueden desconocer los derechos de las mujeres. Por lo tanto, señaló que criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional.
Además, la Corte extendió su decisión al artículo 198, que impedía que la mujer fuera asistida por personal médico en un aborto voluntario. Asimismo, extendió la invalidez a porciones del artículo 199 que criminalizaban el aborto y limitaban a 12 semanas la posibilidad de abortar en caso de violación, inseminación o implantación artificial.
«A partir de ahora, al resolver casos futuros, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta, como lo son los tipos penales que no contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, o las normas que sólo prevean la posibilidad de abortar como excusas absolutorias, pues en esos supuestos la conducta se cataloga como un delito, aunque no se imponga una sanción», señaló la Corte en un comunicado.
Al finalizar la sesión, el Ministro Presidente Arturo Zaldívar destacó que se trata de una decisión histórica en la lucha por los derechos y libertades de las mujeres, particularmente de las más vulnerables.
El lunes pasado, ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se manifestaron en declarar inconstitucional la criminalización del aborto, lo cual se perfilaba como una decisión definitiva. La decisión de la Corte criticó las medidas impuestas en el Código Penal de Coahuila en 2017, que imponían prisión a las mujeres y personas gestantes por decidir abortar de manera voluntaria y decidir por su cuerpo.
La Suprema Corte analizó y discutió la inconstitucionalidad de normas contenidas en el Decreto 990 por el que se expidió el Código Penal de Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 27 de octubre de 2017.
Las normas impugnadas establecen que “comete el delito de aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo” (artículo 195, Aborto para efectos penales); y que “se impondrá de uno a tres años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquella” (Artículo 196, Aborto autoprocurado o consentido).
La Corte decidió que las imposiciones son inconstitucionales, pues priva a las mujeres y personas gestantes a decidir sobre sus cuerpos y acceder a los servicios públicos de salud.
El proyecto que se votó estuvo a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales, el cual es la continuación de 20 años de resoluciones que abordan al aborto en México y la primera discusión en torno al uso del derecho penal para sancionar la interrupción del embarazo, informó en un comunicado GIRE.
Cada una de las ministras y ministros señalaron que “el derecho a decidir funge como instrumento para ejercer el libre desarrollo de la personalidad, la autonomía personal y el derecho a la vida privada, de manera que le permite a la mujer, en relación con la posibilidad de ser madre, elegir quién quiere ser, pues no puede perderse de vista que, desde esta apreciación, se reconoce que en la maternidad subyace la noción de voluntad, de deseo de que la vida personal atraviese por tal faceta“.
Esta resolución tiene un impacto de orden nacional, pues se suma al debate sobre los códigos penales de los estados que criminalizan el aborto. Entre esas entidades está Sinaloa.
“En sus intervenciones, la totalidad de las y los ministros reafirmaron el derecho que tienen las mujeres y personas con capacidad de gestar a tomar decisiones sobre su vida reproductiva. Desde GIRE reconocemos los avances en la protección a los derechos humanos y celebramos esta discusión y las resoluciones del máximo tribunal del país sobre este tema. Confiamos en que las y los ministros continuarán ampliando el reconocimiento de los derechos de quienes deciden interrumpir su embarazo”.
Este domingo, la Iglesia Católica hizo un llamado a los ministros de la Suprema Corte para que llevaran a cabo un “análisis de calidad” en los proyectos en materia de aborto que se empezaron a discutir, correspondientes a Coahuila y Sinaloa.
En su editorial del semanario “Desde la fe”, la Arquidiócesis de México pidió a la Corte actuar “sin generar un retroceso mayúsculo por buscar dar gusto a las presiones de una ideología de moda. Esas ideologías ya existieron anteriormente e hicieron mucho daño a la humanidad, eliminando a diferentes ‘tipos de seres humanos’”.
La Arquidiócesis añadió que la Corte “debe garantizar la libre configuración” de los Estados de la República; “la única limitante existente es cuando una ley local va contra algún precepto constitucional o cuando sea violatoria de algún derecho humano”, y, en estos dos casos “los proyectos no pueden demostrar que se esté violando alguno de estos dos preceptos”.
Este trabajo fue realizado por REVISTA ESPEJO, que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes consultar el original.
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